Socorro Alberty Marrero v. Lcdo. Marcos Rodriguez Emma

99 TSPR 166
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedNovember 1, 1999
DocketRE-1995-58
StatusPublished

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Socorro Alberty Marrero v. Lcdo. Marcos Rodriguez Emma, 99 TSPR 166 (prsupreme 1999).

Opinion

RE-95-58 1

En el Tribunal Supremo de Puerto Rico

Socorro Alberty Marrero Recurrente Solicitud de V. Revisión

Lcdo. Marcos Rodríguez Emma, en su 99 TSPR 166 capacidad personal y como Presidente del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico y otros Recurridos

Número del Caso: RE-1995-58

Abogado de la Parte Recurrente: Lcdo. Guillermo Mojica Maldonado

Abogado de la Parte Recurrida: Lcdo. Rafael J. Vázquez González

Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan

Juez del Tribunal de Primera Instancia: Hon. Gilberto Gierbolini

Fecha: 11/1/1999

Materia: Daños y Perjuicios

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. RE-95-58 2

Socorro Alberty Marrero

Demandante-recurrente

v. RE-95-58

Lcdo. Marcos Rodríguez Emma, en su capacidad personal y como Presidente del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico y otros

Demandados-recurridos

OPINIÓN DEL TRIBUNAL EMITIDA POR EL JUEZ ASOCIADO SEÑOR REBOLLO LÓPEZ

San Juan, Puerto Rico, a 1ro. de noviembre de 1999

El presente recurso fue resuelto a nivel de instancia

a través de una solicitud de “desestimación y/o sentencia

sumaria”. Acorde con nuestro acervo jurídico, en casos

dilucidados por la vía desestimatoria, tomamos como

ciertas las alegaciones de la demandante y, asimismo,

hacemos todas las inferencias permisibles que sean

favorables a ésta. C.f. Ramos v. Marrero, 116 D.P.R. 357,

369 (1985); Unisys v. Ramallo, 128 D.P.R. 842 (1991);

Romero v. E.L.A., 127 D.P.R. 724 (1991). Obviamente, al

así proceder no prejuzgamos los hechos ante nos. RE-95-58 3

I

Socorro Alberty Marrero se desempeñaba como Secretaria III,

en un puesto de carrera, en el Departamento de la Vivienda

(“Vivienda”). El 16 de febrero de 1985, pasó mediante “traslado”

al Banco Gubernamental para el Fomento de Puerto Rico

(“Fomento”). Según alega Alberty Marrero, su traslado fue

solicitado por quien en ese entonces fungía como presidente de

Fomento, el Dr. José R. Oyola, y autorizado por el Sr. Irving

Jiménez Narváez, Director de Personal de Vivienda. Al

“trasladarse” a Fomento, Alberty Marrero aceptó un puesto de

confianza.

Casi ocho años más tarde, durante el mes de enero de 19931,

se requirió la renuncia a Alberty Marrero. Ésta, por ocupar un

puesto de confianza, puso el mismo a disposición del nuevo

presidente de Fomento, Lcdo. Marcos Rodríguez Emma.

Posteriormente, Alberty Marrero recibió una carta de despido

firmada por el Lcdo. Rodríguez Emma, en la que, alegadamente, no

se le reconoció derecho a reinstalación en su antiguo puesto de

carrera.

El día posterior a su despido, Alberty Marrero alegadamente

recibió varias llamadas de la co-demandada, Sra. Zayda De

Chouden’s y del Sr. Chaves, empleados de la oficina de recursos

humanos de Fomento, indicándole que pasara por esa oficina el

próximo lunes pues su despido, alegadamente, había sido un

error. Así lo hizo Alberty Marrero. Mientras esperaba en Fomento

por la Directora de Personal, Sra. Mercedes Gauthier, el Lcdo.

Rodríguez Emma supuestamente le indicó “que perdonara lo de su

carta de despido, que había sido un error”.

1 Siendo éste un caso en que se alega discrimen político, es propio reseñar que el 3 de noviembre de 1992, se celebraron en Puerto Rico las elecciones generales. En éstas, hubo un cambio de administración y, eventualmente, hubo un cambio de mando en Fomento. RE-95-58 4

Luego de que Alberty Marrero estuviera acudiendo a sus

labores en Fomento por dos semanas, la Sra. Gauthier le informó

que la iban a reponer en su empleo, con la condición de que se

sometiera a un examen de ingreso. Posteriormente, Alberty

Marrero fue “reinstalada” en la Corporación para el Cómputo de

Arbitraje ocupando el puesto de Secretaria del Director

Ejecutivo. Esto, sin que se le hubiese requerido tomar examen de

ingreso.

Durante los meses de junio y julio de 1993, Fomento otorgó

aumento de sueldo a sus empleados gerenciales, pero no lo hizo

para con Alberty Marrero. En agosto de 1993, Alberty Marrero fue

trasladada a prestar servicios en la Oficina del Fondo para el

Desarrollo, laborando para los señores Dominick Torres, Juan

Robles y Luis Cora.

Durante septiembre de 1993, Alberty Marrero recibió una

llamada de la Sra. De Chouden’s, quien le solicitó que se

sometiera a un examen para el puesto de Oficinista Dactilógrafo

y que, de aprobarlo, se le crearía un puesto en Fomento. Alberty

Marrero tomó el examen y lo aprobó2. Aproximadamente siete meses

más tarde, en abril de 1994, Alberty Marrero recibió una llamada

de la Sra. Esther Martínez, empleada de la oficina de Recursos

Humanos de Fomento. Ésta indicó a Alberty Marrero que debía

aceptar un puesto de recepcionista en la “Puerto Rico

Housing” -–subsidiria de Fomento—- y renunciar al puesto que

ocupaba. En ese mismo mes, Alberty Marrero cursó una misiva al

Presidente de Fomento, Lcdo. Rodríguez Emma, describiendo los

problemas que confrontaba con su puesto.

A fines del mes de junio de 1994, De Chouden’s alegadamente

le expresó a Alberty Marrero que “para arreglar su problema”

tenía que aceptar un puesto de Oficinista Dactilógrafo en el

2 Alegación número 19 de la demanda. RE-95-58 5

Archivo Inactivo de Fomento3, lo cual conllevaría una reducción

en su salario. Alberty Marrero solicitó a De Chouden’s que

hiciera una notificación por escrito del ofrecimiento. Esto,

alegadamente, nunca ocurrió.

El 30 de junio de 1994, en horas de la tarde, De Chouden’s,

junto al Sr. Chaves —-empleado de la oficina de Recursos

Humanos-— entregaron a Alberty Marrero una carta de despido

firmada por el Lcdo. Rodríguez Emma. La carta de despido aduce

como fundamento que el “traslado” de Alberty Marrero, de

Vivienda a Fomento, había sido “nulo” y que ésta se había

desvinculado de forma permanente de su puesto de carrera el día

en que se “trasladó”.4

Así las cosas, el 29 de septiembre de 1994, Alberty Marrero

presentó demanda contra el Lcdo. Rodríguez Emma, De Chouden’s, y

Fomento. Planteó que su remoción fue ilegal, pues los demandados

habían conspirado entre sí para despedir a la demandante por el

solo hecho de su afiliación política; que aquéllos se habían

negado a reconocer el derecho de Alberty Marrero a ser

reinstalada en un puesto igual o similar al último que ocupó

antes de ingresar al puesto de confianza. Asimismo, levantó

violaciones al debido proceso de ley y sus derechos

constitucionales.

Luego de la radicación de una denominada solicitud de

“desestimación y/o sentencia sumaria”, el extinto Tribunal

Superior, Sala de San Juan, dictó sentencia desestimatoria, el

30 de diciembre de 1994.5

3 Localizado en el antiguo edificio de la Cervecería Corona en Santurce. 4 Según indica Alberty Marrero, varios días antes de su “segundo” despido, participó, fuera de horas laborables, en una reunión de empleados públicos efectuada en el Comité Central del Partido Popular Democrático. 5 La sentencia fue notificada a las partes el 10 de enero de 1995. Ese mismo día fue archivada en autos copia de la notificación de la sentencia. RE-95-58 6

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