Morales Morales v. Estado Libre Asociado

126 P.R. Dec. 92, 1990 PR Sup. LEXIS 187
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedApril 23, 1990
DocketNúmero: CE-87-42
StatusPublished
Cited by8 cases

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Morales Morales v. Estado Libre Asociado, 126 P.R. Dec. 92, 1990 PR Sup. LEXIS 187 (prsupreme 1990).

Opinions

El Juez Asociado Señor Hernández Denton

emitió la opinión del Tribunal.

Este recurso nos permite evaluar la constitucionalidad de la See. 308 del Reglamento Núm. 2882 del Programa de Asistencia Nutricional del Departamento de Servicios Sociales de 28 de junio de 1982 (en adelante Reglamento del EA.N.) promulgado por dicho departamento para cumplir con la ley federal del Programa de Cupones de Alimentos. Al amparo de la legislación federal, se [100]*100requiere que en las determinaciones de elegibilidad financiera de familias con obreros en huelga se consideren los ingresos que recibían antes del paro laboral. Examinada esta restricción a la luz de la doctrina de las condiciones inconstitucionales, confirma-mos la decisión del foro de instancia mediante la cual se deniega la revisión solicitada.

1 — 1

En vista de la merma en su ingreso como consecuencia de su participación en una huelga decretada contra su patrono, el Sr. Wilfredo Morales Morales solicitó los beneficios del EA.N., admi-nistrado por el Departamento de Servicios Sociales. Evaluada su solicitud, Servicios Sociales lo declaró inelegible porque los ingre-sos brutos mensuales de la unidad familiar excedían las cuantías permitidas por el programa. Al amparo de la Sec. 308 del Reglamento del P.A.N., supra, el citado departamento computó los ingresos que percibía el peticionario antes de la huelga y determinó que no era elegible.

For su parte, la Junta de Apelaciones del Departamento de Servicios Sociales confirmó la acción tomada porque “[l]a Oficina de Servicios Sociales actuó correctamente al rechazar la solicitud por exceso de ingreso bruto, toda vez que los ingresos recibidos por miembros de la unidad familiar participantes por huelga antes de decretarse ésta se consideraron para determinar elegibilidad en el Frograma de Asistencia Nutricional (en adelante EA.N.). En el caso del apelante, su ingreso bruto mensual devengado antes de la huelga junto con el de su esposa asciende a $1,248, lo cual sobrepasa la cantidad máxima establecida por el programa de $775 para unidades familiares compuestas por cinco (5) miem-bros”. Resolución de la Junta de Apelaciones de la Oficina de Servicios Sociales en el caso número 86-PAN-2571, Exhibit 3, pág. 2.

Incoado el recurso de revisión ante el Tribunal Superior, éste denegó la petición al sostener que “[e]l recurrente tendrá un derecho constitucional a la huelga, pero no tiene un derecho [101]*101constitucional a que el gobierno lo mantenga con un subsidio mientras él decide permanecer en estado de huelga”. Exhibit 2.

Ante nos, el señor Morales afirma que la See. 308 del Reglamento del RAN., supra, es inconstitucional porque infringe las Secs. 17 y 18 del Art. II de la Constitución del Estado Libre Asociado, L.ER.A, Tomo 1, que garantizan el derecho a huelga de los obreros. Su reclamo requiere que evaluemos si las condiciones de elegibilidad impuestas por el Departamento de Servicios Sociales en la citada See. 308 de este reglamento son inconstitu-cionales.

h — I

La doctrina de las condiciones inconstitucionales se origina en Estados Unidos hace alrededor de setenta (70) años, pero se desarrolla con particular intensidad en la década de los sesenta (60) para proscribir que el Estado moderno deniegue servicios o beneficios públicos a una persona por ejercer un derecho constitucional. La norma se invoca con más frecuencia en el ocaso de la dicotomía clásica entre derecho y privilegio, favorecida por la jurisprudencia al comienzo del siglo, y se desarrolla paralelamente a la doctrina del debido proceso en su aspecto procesal. Véanse: McAuliffe v. Mayor, Etc., of City of New Bedford, 29 N.E. 517, 518 (1892); W.W. Van Alstyne, The Demise of the Rights-Privilege Distinction in Constitutional Law, 81 (Núm. 7) Harv. L. Rev. 1439 (1968). Su evolución ha sido una consecuencia natural del extraordinario crecimiento del Estado moderno y de los programas de bienestar público. C. Reich, The New Property, 73 Yale L.J. 733 (1964).

Aunque el Tribunal Supremo federal, desde Lochner v. New York, 198 U.S. 45 (1905), ha aplicado el escrutinio racional al considerar la legislación socioeconómica, en general ha rechazado la teoría de que el Estado puede imponer cualquier condición a beneficios públicos. Véanse: Goldberg v. Kelly, 397 U.S. 254 (1970); Sherbert v. Verner, 374 U.S. 398 (1963); Speiser v. Randall, [102]*102357 U.S. 513 (1958); L. H. Tribe, American Constitutional Law, 2da ed., Nueva York, Ed. Foundation Press, 1988, Sec. 11-5, pkg. 781. Partiendo de esta premisa, el Tribunal Supremo federal ha examinado los estatutos que condicionan un beneficio a que una persona elegible se abstenga de ejercer sus prerrogativas cons-titucionales utilizando distintos tipos de escrutinio judicial depen-diendo de la naturaleza del programa gubernamental y de los derechos afectados. Véanse: K. Sullivan, Unconstitutional Conditions, 102 (Núm. 7) Harv. L. Rev. 1415 (1989); L. Alexander, Understanding Constitutional Rights in a World of Optional Baselines, 26 (Núm. 2) San Diego L. Rev. 175 (1989); R. Epstein, Foreword Unconstitutional Conditions, State Power, and the Limits of Consent, 102 (Núm. 1) Harv. L. Rev. 5 (1988); Nota, Unconstitutional Conditions, 73 Harv. L. Rev. 1595 (1960).

La doctrina se ha invocado para prohibir que el gobierno: (1) imponga condiciones a exenciones contributivas o a empleos públicos que requieran el silencio o la lealtad política (Branti v. Finkel, 445 U.S. 507 (1980); Elrod v. Burns, 427 U.S. 347 (1976); Pickering v. Board of Education, 391 U.S. 563 (1968); Speiser v. Randall, supra); (2) exija que estén dispuestos a trabajar los sábados como condición de ser acreedor al fondo de desempleo (Hobbie v. Unemployment Appeals Comm’n of Fla., 480 U.S. 136 (1987)), o (3) requiera que una emisora radial se abstenga de difundir editoriales a cambio de subsidio gubernamental (F.C.C. v. League of Women Voters of California, 468 U.S. 364 (1984)).

Por otro lado, también se ha utilizado esta norma para refrendar requisitos que inciden sobre derechos constitucionales. Por ejemplo, ha permitido que los estados no asignen fondos públicos para sufragar abortos a la misma vez que tienen programas prenatales. Harris v. McRae, 448 U.S. 297 (1980); Maher v. Roe, 432 U.S. 464 (1977). El Tribunal Supremo federal también ha aprobado que se le requiera a las corporaciones sin fines pecuniarios con exención contributiva que suspendan sus programas de cabildeo legislativo (Regan v. Taxation with Representation of Wash.,

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