Reyes Vda. de Morales v. Policía de Puerto Rico

142 P.R. Dec. 180, 1996 PR Sup. LEXIS 36
Supreme Court of Puerto Rico·Decided December 23, 1996·No. Número: AA-95-54·Published·Cited by 4 cases

Opinion

per curiam:

Carlos Morales Merced se desempeñó como policía durante diecisiete (17) años. En sus últimos años de servicio trabajó como investigador de la División de Vehí-culos Hurtados. El 9 de noviembre de 1989, en horas de la mañana, fue asignado a investigar el hurto de un vehículo junto al Agente Ángel Feliciano Torres. En virtud de una [182] comunicación sobre su localización, encontraron el vehí-culo en un área de difícil acceso, por lo que decidieron em-pujarlo para sacarlo a la carretera. Empezaron a empujar, pero Morales Merced le indicó a su compañero que no po-día continuar porque se sentía mal. Solicitaron la ayuda de una grúa y, luego de llegar ésta, ambos agentes regresaron a su oficina, entre las 12:00 y las 12:15 p.m.

A la 1:00 p.m. Morales Merced salió de su oficina acom-pañado del Agente Ramón Rodríguez León. Mientras se encontraban en la calle, recibieron una llamada relacio-nada con otro vehículo hurtado que estaba quemándose. Ya en el lugar, Morales Merced ayudó al gruero a cargar unas cadenas. Rodríguez León notó que Morales Merced sudaba mucho. Luego de que el vehículo fuera enganchado a la grúa, ambos agentes se dirigieron a la residencia del dueño del automóvil. En el trayecto, Morales Merced le manifestó a su compañero que se sentía agitado, con el pecho apre-tado y que la cabeza le quería estallar. Le dijo, además, que se había sentido mal durante el día y quería regresar a la oficina para ver si su supervisor le permitía irse a su casa.

Una vez en la oficina, Morales Merced le indicó a su supervisor, Félix Ríos González, que le dolía el pecho y te-nía una mano adormecida. Le solicitó y obtuvo el permiso para marcharse. Al llegar a su casa, Morales Merced le comunicó a su esposa, Victoria Reyes, que se había sentido mal mientras estaba recuperando unos autos robados que había en un barranco y que iría al Fondo del Seguro del Estado (en adelante el Fondo) al otro día. Luego comió y se recostó a ver televisión; aún así, le decía a su esposa que se sentía mal.

Al día siguiente, como a las 5:00 a.m., mientras Morales Merced se preparaba para ir al Fondo, su esposa notó que su boca estaba virada. Lo llevó al Hospital San Cristóbal de Ponce, donde permaneció de dos (2) a tres (3) horas en la Sala de Emergencia. Un médico le dijo que la presión de su esposo estaba muy alta y debía ser transferido al Hospital [183] Dr. Pila. Una vez en ese hospital, la señora Reyes se per-cató de que su esposo había perdido el conocimiento y san-graba por la boca, la nariz y los oídos. Morales permaneció en dicho hospital hasta que falleció el 12 de noviembre de 1989. De acuerdo con su certificado de defunción, la causa fue una hemorragia cerebro-vascular. Expediente adminis-trativo, pág. 56. No se efectuó autopsia.

El 11 de noviembre de 1989 se sometió ante el Fondo el informe de accidente de trabajo. El 29 de enero de 1990 el A ti ministrad or del Fondo ordenó el cierre y archivo del caso fundamentado en el informe médico del doctor Rivera Olivieri. Este concluyó que la muerte del Agente Morales Merced no fue como consecuencia del trabajo, ya que no había historial de trauma físico ni psíquico, ni esfuerzo ex-traordinario alguno.

Oportunamente, la señora Reyes Vda. de Morales apeló a la Comisión Industrial (en adelante la Comisión). El 3 de abril de 1992 se celebró la correspondiente vista pública, la cual finalizó el 28 de octubre de 1994. El Oficial Examina-dor recomendó confirmar. El 13 de marzo de 1995 la Comi-sión adoptó totalmente el informe y ordenó el cierre y ar-chivo del caso. Inconforme, acudió ante nos la señora Reyes Vda. de Mor ales.

Footnotes

Reyes Vda. de Morales v. Policía de Puerto Rico, 142 P.R. Dec. 180, 1996 PR Sup. LEXIS 36 (prsupreme 1996).

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