Regency Park Associates, Se v. the Encanto Giving Tree, LLC.

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedDecember 18, 2025
DocketKLAN202500086
StatusPublished

This text of Regency Park Associates, Se v. the Encanto Giving Tree, LLC. (Regency Park Associates, Se v. the Encanto Giving Tree, LLC.) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Regency Park Associates, Se v. the Encanto Giving Tree, LLC., (prapp 2025).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VII

Apelación REGENCY PARK procedente del ASSOCIATES, SE Tribunal de Primera Instancia, Sala Apelantes KLAN202500086 Superior de Manatí

v. Sobre: Cobro de Dinero Ordinario y THE ENCANTO GIVING otros TREE, LLC h/n/c ENCANTO Caso Núm. MT2021CV00254 Apelados Panel integrado por su presidenta, la Juez Domínguez Irizarry, el Juez Ronda del Toro y el Juez Pérez Ocasio

Domínguez Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de diciembre de 2025.

La parte apelante, Regency Park Associates, S.E. (Regency),

comparece ante nos para que revoquemos la Sentencia Enmendada

emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de

Manatí, el 17 de diciembre de 2024, notificada el 8 de enero de 2025.

Mediante la misma, el Foro primario declaró No Ha Lugar una

demanda sobre desahucio y cobro de dinero promovida por la parte

apelante en contra de la parte apelada, The Encanto Giving Tree,

LLC. (Encanto). A su vez, el tribunal declaró Ha Lugar la

Reconvención incoada por la parte apelada.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se

confirma la sentencia apelada.

I

El 27 de abril de 2021, la parte apelante presentó la Demanda

de epígrafe en contra de la parte apelada. En síntesis, alegó que la

parte apelada le arrendó un espacio comercial ubicado en Plaza

Atenas, localizado en el Municipio de Manatí, con el propósito de

operar en el mismo un negocio de cannabis medicinal. Adujo que la

Número Identificador SEN2025 ________________ KLAN202500086 2

parte apelada estaba en posesión de dicho local en virtud de un

contrato de arrendamiento suscrito entre las partes. A tenor con el

referido contrato, arguyó que la parte apelada venía obligada a pagar

mensualmente un canon de arrendamiento que ascendía a la suma

de $6,387.75. En el pliego, la parte apelante sostuvo que la parte

apelada había incumplido con la obligación de pagar los cánones de

arrendamiento, adeudando, hasta la fecha de la presentación de la

Demanda, la cantidad de $38,326.50, por este concepto.

Luego de varias incidencias procesales innecesarias de

pormenorizar, el 28 de septiembre de 2021, la parte apelada

presentó su Contestación a Demanda y Reconvención. Mediante la

Contestación a Demanda negó las alegaciones formuladas en su

contra y alegó que nunca pudo operar su negocio en el local

comercial arrendado ya que la parte apelante, no habilitó la

propiedad con conexión eléctrica, obligación que, según planteó, el

contrato le imponía. Sobre esa premisa, sostuvo que había efectuado

pagos de cánones de arrendamiento en exceso de lo estipulado.

Específicamente, afirmó haber pagado aproximadamente

$150,000.00 de más. A su vez, expuso que incurrió en alrededor de

$50,000.00 en gastos de mejoras al sistema eléctrico y de sellado de

techo, trabajos que, según indicó, correspondían contractualmente

a la parte apelante. Por igual, la parte apelada afirmó que el

incumplimiento contractual por parte de Regency le ocasionó

pérdidas ascendentes a $250,000.00, al no poder operar el negocio

para el cual arrendó la propiedad. Finalmente, planteó que el pleito

debía ventilarse por la vía ordinaria, al existir controversia sobre la

cuantía adeudada, los créditos por mejoras realizadas que alegó no

habían sido satisfechos por Regency y la cuantía de los daños

económicos que imputó a la parte apelante por incumplimiento

contractual. KLAN202500086 3

En la Reconvención, Encanto explicó que el contrato en

cuestión había sido suscrito el 16 de agosto de 2016 para alquilar

un local destinado a la operación de un dispensario de cannabis

medicinal, con una vigencia de diez (10) años. Expuso que, conforme

a sus términos, la parte apelante asumió la responsabilidad

contractual del mantenimiento de las áreas comunes, la cual incluía

la impermeabilización del techo del centro comercial donde ubicaba

la propiedad objeto del arrendamiento y proveer la iluminación del

área de estacionamiento de la propiedad arrendada. Asimismo,

reiteró que la parte apelante tenía la obligación de garantizar una

capacidad eléctrica adecuada hasta la entrada del contador del local

arrendado.

Según se detalló, la parte apelada, el 18 de diciembre de 2019,

se comunicó con la parte apelante para precisar los trabajos que, a

su entender, correspondía a Regency realizar para que Encanto

pudiera operar en la propiedad arrendada. Señaló que las tareas

consistían en proveer electricidad al edificio, corregir filtraciones en

el techo, pintar el exterior del edificio y reparar las aceras y el área

de estacionamiento de la propiedad. En cuanto a los trabajos, la

parte apelada indicó que Regency, solicitó y autorizó que Encanto

ejecutara las mejoras que le correspondían a la parte apelante, con

el compromiso de reembolsar los gastos al finalizar los mismos. En

vista de lo anterior, sostuvo que contrató a Reyes Contractor Group,

Inc. para realizar los mismos, los cuales se completaron y se

facturaron entre los meses de enero y febrero de 2020. Ahora bien,

según se expuso, la parte apelada notificó a la parte apelante un

informe final de los trabajos realizados, el cual incluía las facturas

y las fotografías correspondientes, y que la parte apelante reconoció

haber recibido dicha documentación e indicó que la evaluaría. No

obstante, sostuvo que nunca recibió el reembolso por los trabajos

efectuados. KLAN202500086 4

Del mismo modo, la parte apelada arguyó que, desde enero de

2017, pagó a la parte apelante la suma de $281,414.37, en concepto

de cánones de arrendamiento, por un local que nunca pudo utilizar

porque, según insistió, Regency no le proveyó la electricidad

necesaria para operar el negocio. Fundamentándose en lo anterior,

reclamó la devolución de todos los cánones de arrendamiento

pagados y no aprovechados, debido al alegado incumplimiento

contractual de Regency. Además, solicitó el reembolso de los

$50,000.00 que afirmó haber invertido en trabajos eléctricos y de

impermeabilización del techo de la propiedad. Finalmente, peticionó

el pago de una suma no menor de $1,000,000.00 por las pérdidas

en ganancias, dado a la imposibilidad de operar el local arrendado.

Tras ciertos trámites procesales innecesarios de

pormenorizar, durante los días 22 de agosto y 26 de septiembre de

2023 se celebró el juicio en su fondo. Luego de evaluada la prueba

presentada, el 8 de enero de 2025, el Tribunal de Primera Instancia

notificó la Sentencia Enmendada aquí apelada. Conforme surge de

la misma, durante la vista en su fondo, la parte apelante presentó a

favor de sus argumentos los testimonios del señor Jorge Pérez

Chacón y el señor José O. Padilla Flores. Por su parte, a fin de

sustentar su postura, la parte apelada presentó en evidencia el

testimonio del ingeniero Abelardo Hernández, el señor Víctor García

Porrata, el señor Francisco Vergne Morell y el contratista de la

compañía Reyes Contractor Group, el señor Félix J. Rosario Flores.

Conforme a la prueba evaluada, el Tribunal de Primera

Instancia hizo las siguientes determinaciones de hechos:

1. La parte demandada, The Encanto Giving Tree, LLC, firmó un contrato de arrendamiento de un local comercial localizado en Plaza Atenas, Manatí, Puerto Rico.

2.

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Campos del Toro v. Tribunal Superior de Puerto Rico
75 P.R. Dec. 370 (Supreme Court of Puerto Rico, 1953)
Ortiz Rodríguez v. Autoridad de las Fuentes Fluviales de Puerto Rico
94 P.R. Dec. 546 (Supreme Court of Puerto Rico, 1967)
Fernández Mariño v. San Juan Cement Co.
118 P.R. Dec. 713 (Supreme Court of Puerto Rico, 1987)
Santiago Otero v. Méndez
135 P.R. Dec. 540 (Supreme Court of Puerto Rico, 1994)
Torres Ortiz v. Estado Libre Asociado
136 P.R. Dec. 556 (Supreme Court of Puerto Rico, 1994)
Méndez de Rodríguez v. Morales Molina
142 P.R. Dec. 26 (Supreme Court of Puerto Rico, 1996)
Mercado Rivera v. Universidad Católica de Puerto Rico
143 P.R. Dec. 610 (Supreme Court of Puerto Rico, 1997)
Blás Toledo v. Hospital Nuestra Señora de la Guadalupe
146 P.R. Dec. 267 (Supreme Court of Puerto Rico, 1998)
Rolón García v. Charlie Car Rental, Inc.
148 P.R. Dec. 420 (Supreme Court of Puerto Rico, 1999)
Municipio de Loíza v. Sucesiones de Suárez
154 P.R. Dec. 333 (Supreme Court of Puerto Rico, 2001)
Argüello López v. Argüello García
155 P.R. Dec. 62 (Supreme Court of Puerto Rico, 2001)
Rodríguez Báez v. Nationwide Insurance
156 P.R. Dec. 614 (Supreme Court of Puerto Rico, 2002)
López Delgado v. Dr. Cañizares
163 P.R. Dec. 119 (Supreme Court of Puerto Rico, 2004)
Estado Libre Asociado de Puerto Rico v. P.M.C. Marketing Corp.
163 P.R. Dec. 478 (Supreme Court of Puerto Rico, 2004)
Álvarez de Choudens v. Rivera Vázquez
165 P.R. Dec. 1 (Supreme Court of Puerto Rico, 2005)
Andamios de Puerto Rico, Inc. v. JPH Contractors Corp.
179 P.R. Dec. 503 (Supreme Court of Puerto Rico, 2010)
Torres Montalvo v. García Padilla
194 P.R. Dec. 760 (Supreme Court of Puerto Rico, 2016)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
Regency Park Associates, Se v. the Encanto Giving Tree, LLC., Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/regency-park-associates-se-v-the-encanto-giving-tree-llc-prapp-2025.