Muñiz Burgos, Inc. v. Municipio de Yauco
Opinions
emitió la opinión del Tribunal.
La Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre Aso-ciado de Puerto Rico de 1991 (Ley de Municipios Autóno-mos) y la Ley de Patentes Municipales establecen términos prescriptivos para solicitar el reembolso del pago en exceso de un arbitrio de construcción o de una patente. Nos co-rresponde determinar el punto de partida de estos térmi-nos en aquellos casos en que, habiéndose pagado los arbi-trios de construcción y patentes municipales según computados originalmente, el dueño de la obra aprueba un cambio de orden que reduce la partida original.
[670] I
Muñiz Burgos, Inc. (Muñiz Burgos) y la Autoridad de Edificios Públicos perfeccionaron un contrato para cons-truir una escuela a un costo de $17,299,000. Acto seguido, el 9 de octubre de 2000, Muñiz Burgos pagó $85,252.15 en patentes municipales y $278,741.48 en concepto de arbi-trios de construcción. No hay controversia en cuanto a que estas cantidades corresponden al cómputo correcto aplica-ble en ese momento a ambos cargos.
Más de siete años después del pago de los arbitrios de construcción y de las patentes municipales, el 18 de diciembre de 2007, la Autoridad de Edificios Públicos aprobó la Orden de Cambio Núm. 2
Footnotes
187 P.R. 665 (Muñiz Burgos, Inc. v. Municipio de Yauco) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.