Jovan, Inc v. Municipio De Aguadilla

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedMarch 31, 2025
DocketKLAN202500096
StatusPublished

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Jovan, Inc v. Municipio De Aguadilla, (prapp 2025).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XII (DJ 2024-062B)1

JOVAN, INC. Apelación procedente del Tribunal de Demandante Apelada Primera Instancia, Sala Superior de KLAN202500096 Aguadilla v. Núm. Caso TIP: AG2022CV00812 MUNICIPIO AUTÓNOMO DE AGUADILLA Sobre: Incumplimiento de Demandada Apelante Contrato

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Grana Martínez, el Juez Candelaria Rosa y la Jueza Díaz Rivera.

Candelaria Rosa, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de marzo de 2025.

Comparece el Municipio Autónomo de Aguadilla (Municipio o

apelante) vía recurso de apelación y solicita que revoquemos la

Sentencia del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de

Aguadilla, emitida el 16 de diciembre de 2024. En dicho dictamen, se

ordenó al apelante a pagar a la apelada la cantidad total de cuatrocientos

setenta y un mil ciento tres dólares con veinte centavos ($471,103.20).

Por los fundamentos que expondremos, confirmamos en parte y

revocamos en parte la Sentencia recurrida.

En síntesis, el caso de epígrafe trata de una demanda por

incumplimiento contractual. Según el expediente, el 25 de enero de

2013, el Municipio y Jovan, Inc. (Jovan o apelada) suscribieron el

Contrato de Construcción del Proyecto Archivo Histórico y Museo

1 Debido a que la Hon. Camille Rivera Pérez cesó sus funciones como Jueza del Tribunal de Apelaciones efectivo el 6 de febrero de 2025, se redujo la configuración del Panel XII a tres jueces.

Número Identificador

SEN2025 _______________ KLAN202500096 2

Aguadillano Núm. 2013-001154 (Contrato Original), que dividió el

proyecto en dos fases: la de permisos y la de construcción. En lo

pertinente a la presente controversia, y en cuanto a la fase de permisos,

el Contrato Original dispuso que (1) Jovan será responsable por la

obtención del permiso de construcción enmendado y el de uso para el

proyecto; (2) la apelada solicitaría, gestionaría y obtendría los permisos

que apliquen de una variedad de agencias gubernamentales; (3) de

existir o de esperarse algún atraso en la obtención de los permisos,

Jovan notificaría a la Junta de Subasta en o antes de los últimos siete

(7) días calendarios del término de la fase de permisos; y (4) la apelada

formalizaría las enmiendas que sean requeridas para extender el tiempo

de vigencia del contrato hasta que haya obtenido el permiso de uso para

el proyecto.

En cuanto a la fase de construcción, el Contrato Original dispuso

que (1) Jovan sería responsable de someter para evaluación de

coordinadores del proyecto y aprobación de la Junta de Subasta del

Municipio toda orden de cambio o solicitud de extensión de tiempo por

días de lluvia y, en efecto, el Municipio no sería responsable por

trabajos adicionales realizados por la apelada que no estuvieran

aprobados por la Junta en la manera antes indicada; (2) la aceptación

de un cambio de orden por la apelada relevaría al Municipio de

cualquier reclamación relacionada con ese cambio de orden; (3) en el

caso de la ejecución de un trabajo adicional por la apelada, como un

cambio de orden, la cantidad pagada incluiría el costo de labores,

equipo, materiales y seguros, entre otros, y un quince (15%) por ciento

para cubrir su overhead y profit; y (4) de ser necesario un cambio de

orden, el total del mismo no excederá del treinta (30%) por ciento del KLAN202500096 3 costo original del proyecto. Más adelante, el Contrato Original clarificó

que el mismo constituye el pacto total y completo habido entre las

partes.

Ahora bien, el Contrato Original sufrió sesenta y nueve (69)

enmiendas entre el 2013 y el 2021. En resumidas cuentas, las

Enmiendas A a la G concernían a la etapa de permisos y demuestran

que Jovan solicitó más tiempo para adquirir los permisos necesarios

para la construcción de la obra. Las Enmiendas H a la I, de su parte,

modificaron la fecha del comienzo de la fase de construcción. A partir

de la Enmienda J comienza una serie de órdenes de cambio a razón de

añadir o modificar algún aspecto del diseño del museo, con algunas

excepciones.

En lo pertinente para la presente controversia, el 1 de julio de

2016 Jovan le envió al Municipio una primera carta en la cual expresó

“una vez más” su preocupación por los continuos atrasos en la

aprobación de órdenes de cambio, sin los cuales no es posible trabajar

a una total capacidad en el proyecto. Según dicha carta, Jovan estuvo

solicitando una variedad de órdenes de cambio desde el 10 de marzo de

2016, que incluyeron: (1) Orden de Cambio Núm. 18; (2) cambio de

estampado de calle; (3) cambio de trabajos eléctricos; (4) cambios

adicionales de oficina; (5) cambio del piso de vinil; (6) instalación de

railings; (7) cambio de rampa de acceso; y (8) cambios en la tubería de

agua. Jovan también incluyó en su carta que las tardanzas han

aumentado el extended overhead a la cantidad de ciento treinta y siete

mil cuatrocientos ochenta dólares con noventa centavos ($137,480.90).

La Enmienda V del 19 de agosto de 2016 aprobó la instalación de los

railings, cuarenta y nueve (49) días después de la primera carta de KLAN202500096 4

Jovan y ciento sesenta y dos (162) días después de la alegada primera

solicitud de orden de cambio del 10 de marzo de 2016.

El 10 de agosto de 2016, Jovan envió una segunda carta al

Municipio, nuevamente expresando su preocupación por la aprobación

tardía de las órdenes de cambio y aludiendo a una carta que envió el 1

de agosto de 2016 sobre el mismo tema. Más adelante, el 12 de

septiembre de 2016, Jovan le envió al Municipio una tercera carta, en

la cual explicó la pendiente aprobación de (1) la Orden de Cambio

Núm. 18; (2) el cambio de los trabajos eléctricos; (3) el cambio

adicional de la oficina; y (4) los cambios en la tubería de agua. Dicha

carta igualmente dispuso que, por la paralización de las aprobaciones

requeridas, el extended overhead aumentó a doscientos veinticinco mil

ciento veinte cuatro dólares con ochenta y un centavos ($225,124.81).

Los cambios eléctricos fueron aprobados en la Enmienda W del 19 de

septiembre de 2016, ochenta (80) días después de la primera carta de

Jovan y ciento noventa y tres (193) días después de la alegada primera

Finalmente, el 29 de noviembre de 2016 Jovan envió una cuarta

carta al Municipio, insistiendo en su preocupación por los atrasos en la

aprobación del (1) Cambio de Orden Núm. 18; (2) cambio en la tubería

de agua; y (3) cambio de la planta eléctrica. Más aun, Jovan explicó que

el extended overhead aumentó a trescientos diecisiete mil novecientos

veinticuatro dólares con treinta y cinco centavos ($317,924.35). Dichos

cambios se aprobaron en la Enmienda Y de 23 de diciembre de 2016—

ciento setenta y cinco (175) días después de la primera carta de Jovan

y doscientos ochenta y ocho (288) días después de la alegada primera

solicitud de orden de cambio de 10 de marzo de 2016—y en la KLAN202500096 5 Enmienda AA del 31 de enero de 2017, en la cual se aprobó el cambio

de planta eléctrica sesenta y tres (63) días después de la cuarta carta de

Jovan. Todas las enmiendas relacionadas a lo solicitado en las cartas de

Jovan conciernen las Órdenes de Cambio Núm. 18, 19, 20, 22, 25 y 26.

Además, durante el transcurso de la construcción, el Municipio nunca

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