In re Picó

150 P.R. Dec. 1
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedJanuary 3, 2000
DocketNúmeros: TS-9797; TS-8437
StatusPublished
Cited by8 cases

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In re Picó, 150 P.R. Dec. 1 (prsupreme 2000).

Opinion

per curiam:

El drama disciplinario que hoy nos ocupa entraña una situación cuyos personajes principales son dos (2) abogadas: una, actuando en calidad de notaría, y la otra, como compareciente ante la primera. Evaluamos los hechos a la luz de la investigación y los informes corres-pondientes del Procurador General de Puerto Rico y de las comparecencias de las referidas abogadas.

[3]*3I

Con fecha de 9 de diciembre de 1997, la licenciada Vargas Hernández presentó a la Oficina de Inspección de No-tarías un índice enmendado correspondiente al mes de oc-tubre de 1997. Alegó, en dicha ocasión, que el jueves 30 de octubre de 1997 había autorizado las escrituras número 14(a) y 15 sobre Protocolización de Poderes y que, por una inadvertencia, las mismas no habían sido incluidas en el índice notarial correspondiente al mes de octubre de 1997. Explicó, además,. la licenciada Vargas Hernández en su comparecencia ante la mencionada oficina que, luego de que otorgara las mencionadas escrituras, uno de sus otor-gantes —la licenciada Bryan Picó— acudió a su oficina y sustrajo los poderes que habían sido protocolizados. Final-mente, informó que el lunes siguiente al otorgamiento de las escrituras, y sin tener conocimiento de la sustracción de los poderes, ella había presentado las correspondientes no-tificaciones al Registro de Poderes y Testamentos.

Enterado de lo anteriormente expresado, la Oficina de Inspección de Notarías requirió de la licenciada Bryan Picó una explicación. Ésta, inicialmente, indicó que había con-tratado a la licenciada Vargas Hernández para que proto-colizara dos (2) poderes enviados por sus hermanas desde fuera de Puerto Rico. Especificó que en varias ocasiones había visitado a la notaría Vargas Hernández en vista de que entendía que el trámite se estaba postergando demasiado. En torno a la alegada sustracción de los pode-res, sostuvo que, ante la inacción de la licenciada Vargas Hernández, acudió a la oficina de ésta y pidió a su secreta-ria que le entregase los poderes de sus hermanas para con-tratar a otro abogado. Según alegó la licenciada Bryan Picó, en su primera comparecencia ante la mencionada ofi-cina, la secretaría de la licenciada Vargas Hernández le entregó los poderes. Resulta imperioso señalar que, en esta [4]*4ocasión, la licenciada Bryan Picó afirmó que ni ella ni su hermano llegaron a firmar documento alguno.

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