Ildefonso Torres Rodríguez, Nydia I. Santana Segarra v. Yesenia Torres Figueroa, Alex Delgado, Por Sí Y en Representación De La Sociedad Legal De Bienes Gananciales, Julissa De La Cruz Cabrera, Por Sí Y en Representación De La Sociedad Legal De Bienes Gananciales Y Otros

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided February 12, 2026·No. TA2025CE00958·Published

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VIII

ILDEFONSO TORRES Certiorari RODRÍGUEZ, NYDIA I. procedente del SANTANA SEGARRA Tribunal de Primera Instancia, Sala

Recurridos Superior de Ponce

V. Caso Núm.:

TA2025CE00958 PO2019CV03619 YESENIA TORRES FIGUEROA, ALEX Sobre: DELGADO, POR SÍ Y EN Líbelo, Calumnia o REPRESENTACIÓN DE LA Difamación SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES, JULISSA DE LA CRUZ CABRERA, POR SÍ Y EN REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES Y OTROS

Peticionarios

Panel integrado por su presidenta; la Juez Lebrón Nieves, el Juez Pagán Ocasio y la Jueza Álvarez Esnard

Lebrón Nieves, Juez Ponente RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de febrero de 2026.

El 17 de septiembre de 2025, comparecieron ante este Tribunal de Apelaciones mediante recurso de Certiorari, la señora Julissa de la Cruz Cabrera, la extinta Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por esta y el señor Alex A. Delgado Rosado, y en sustitución de este último, sus herederos, a saber, la señora Julissa de la Cruz Cabrera y el señor Julián y la señora Isabella, ambos de apellido Delgado De la Cruz, (en adelante y en conjunto, la parte peticionaria). Mediante este, nos solicitan la revisión de dos (2) Resoluciones emitidas el 25 de noviembre de 2025, y el 10 de diciembre de 2025, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce. En virtud de la primera, el foro recurrido declaró No Ha Lugar un escrito intitulado Solicitud [para] que se proceda de

Conformidad, presentada por el señor Alex A. Delgado Rosado, la señora Julissa de la Cruz Cabrera y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos (en adelante, matrimonio Delgado-De la Cruz). Mediante la segunda, el tribunal primario declaró No Ha Lugar la Solicitud de Reconsideración a Determinación de 25 de noviembre y Solicitud de Sentencia Sumaria, instada también por el matrimonio Delgado-De la Cruz.

Por los fundamentos que adelante se exponen, se deniega la expedición del recurso de Certiorari.

I

La controversia de epígrafe tiene su génesis en una Demanda1 sobre difamación y daños y perjuicios incoada el 16 de octubre de 2019, por el señor Idelfonso Torres Rodríguez y la señora Nydia I. Santana Segarra (en adelante y en conjunto, la parte recurrida), contra el señor Alex A. Delgado Rosado (señor Delgado Rosado), la señora Yesenia Torres Figueroa (señora Torres Figueroa), el señor Javier Maynulet Montilla (señor Maynulet Montilla) y Televicentro of Puerto Rico, LLC h/n/c WAPA TV (Televicentro o WAPA TV). A grandes rasgos, la parte recurrida adujo que, una serie de reportajes televisivos publicados por WAPA TV ⎯relacionados a una investigación periodística sobre un documento del que se desprendía que, presuntamente, el señor Torres Rodríguez le había pagado a empleados de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico para la conexión del servicio de electricidad luego del paso del Huracán María por la Isla, entre otras alegaciones⎯ eran falsos y difamatorios, realizados con malicia real, con la intención de impactar la opinión pública contra él, y con el propósito de lacerar su reputación.

1 Véase, expediente electrónico del caso PO2019CV03619 en el Sistema Unificado

de Manejo y Administración de Casos del Tribunal de Primera Instancia (SUMAC- TPI), entrada #1.

En lo pertinente al asunto ante nuestra consideración, el 7 de junio de 2021, el señor Delgado Rosado y WAPA TV presentaron una Solicitud de Orden Protectora.2 Mediante esta, esgrimieron que, la información que dio paso a la serie de reportajes surgió de una carta que le fue entregada al señor Delgado Rosado, mientras se desempeñaba como jefe de noticias de Noti-Centro 4, programa transmitido por WAPA TV. Indicaron que, la persona que facilitó la carta exigió un acuerdo de confidencialidad, y el señor Delgado Rosado se comprometió a no divulgar su identidad.

Explicaron que, como parte del descubrimiento de prueba en el caso, la parte recurrida había exigido conocer la identidad de quien entregó la carta. Adujeron que, a pesar de haberse negado, esta insistía en que divulgara la identidad del informante. A esos efectos, invocó el privilegio de informe justo y verdadero, bajo el fundamento de que, la carta en cuestión constituía un documento público.

El 28 de junio de 2021, la parte recurrida se opuso mediante Oposición a: Solicitud de Orden Protectora.3 Adujo que, el documento en cuestión constituía un memorando de inhibición que formaba parte de un expediente investigativo, y la acción de obtener, sacar, enviar o entregar copia a un tercero constituía un delito grave. En ese sentido, sostuvo que, el señor Delgado Rosado y WAPA TV habían omitido esbozar que, con su petitorio, protegían la identidad de una persona que había incurrido en conducta delictiva. Añadió que, en Puerto Rico no se había reconocido ningún privilegio de reportero-informante, y la prensa no tenía inmunidad para encubrir la comisión de un delito.

2 Íd., entrada #135. 3 Íd., entrada #142.

Tras una réplica4 presentada el 27 de julio de 2021, por el señor Delgado Rosado y Televicentro, y una dúplica5 instada el 8 de agosto de 2021, por la parte recurrida, el foro a quo emitió una Resolución el 11 de agosto de 2021, mediante la cual, declaró No Ha Lugar la solicitud en cuestión.6 A grandes rasgos, el tribunal primario razonó que, la carta en controversia constituía un documento confidencial que formaba parte del sumario fiscal, y el privilegio de reporte justo y verdadero no se extendía a ese tipo de documentos.

Inconforme, el 26 de agosto de 2021, el señor Delgado Rosado y Televicentro presentaron una Solicitud de Reconsideración7. No obstante, esta fue declarada No Ha Lugar por el foro recurrido, mediante Resolución emitida y notificada el 27 de agosto de 2021.8 Ante ello, el señor Delgado Rosado, la señora Torres Figueroa, el señor Maynulet Montilla y WAPA TV acudieron ante este Curia mediante el recurso con identificación alfanumérica KLCE202101170. En dicha ocasión, un panel hermano expidió el auto de certiorari y confirmó la Resolución recurrida.9 En desacuerdo aún, estos recurrieron al Tribunal Supremo de Puerto Rico mediante recurso de Certiorari. El 31 de octubre de 2022, notificada el 16 de noviembre de 2022, el Alto Foro emitió Sentencia, a través de la cual revocó el dictamen emitido por el Tribunal de Apelaciones.10 En esencia, el Tribunal Supremo razonó que, le correspondía al foro primario determinar si, en efecto, la identidad de la fuente que entregó la carta era pertinente para evaluar si la información divulgada relacionada al señor Torres Rodríguez era difamatoria.

4 Íd., entrada #156. 5 Íd., entrada #161. 6 Íd., entrada #163. 7 Íd., entrada #169. 8 Íd., entrada #170. 9 Íd., entrada #181. 10 Íd., entrada #214.

Tras un sinnúmero de incidencias procesales innecesarias pormenorizar para atender el asunto que nos ocupa, el 10 de enero de 2025, el Tribunal de Primera Instancia emitió una Resolución.11 En virtud de esta, resolvió que la identidad de la persona que había entregado la carta resultaba pertinente. El foro a quo razonó que, “en un balance de intereses[,] la defensa del reporte justo y verdadero cede ante el alto interés público de proteger la confidencialidad del sumario fiscal.”12 Así, concluyó que, era necesario que el señor Delgado Rosado divulgara la identidad del informante.

Insatisfecho, el 27 de enero de 2025, el matrimonio Delgado-

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Ildefonso Torres Rodríguez, Nydia I. Santana Segarra v. Yesenia Torres Figueroa, Alex Delgado, Por Sí Y en Representación De La Sociedad Legal De Bienes Gananciales, Julissa De La Cruz Cabrera, Por Sí Y en Representación De La Sociedad Legal De Bienes Gananciales Y Otros, (prapp 2026).

Ildefonso Torres Rodríguez, Nydia I. Santana Segarra v. Yesenia Torres Figueroa, Alex Delgado, Por Sí Y en Representación De La Sociedad Legal De Bienes Gananciales, Julissa De La Cruz Cabrera, Por Sí Y en Representación De La Sociedad Legal De Bienes Gananciales Y Otros (Ildefonso Torres Rodríguez, Nydia I. Santana Segarra v. Yesenia Torres Figueroa, Alex Delgado, Por Sí Y en Representación De La Sociedad Legal De Bienes Gananciales, Julissa De La Cruz Cabrera, Por Sí Y en Representación De La Sociedad Legal De Bienes Gananciales Y Otros) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.

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