El Pueblo De Puerto Rico v. Julio Valenzuela Morel

2003 TSPR 10
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedFebruary 10, 2003
DocketCC-2001-0455
StatusPublished

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El Pueblo De Puerto Rico v. Julio Valenzuela Morel, 2003 TSPR 10 (prsupreme 2003).

Opinion

CC-2001-455 1

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

El Pueblo de Puerto Rico

Recurrido Certiorari

v. 2003 TSPR 10

Julio Valenzuela Morel 158 DPR ____

Acusado-peticionario

Número del Caso: CC-2001-455

Fecha: 10 de febrero de 2003

Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional I

Juez Ponente: Hon. Gilberto Gierbolini

Oficina del Honorable Procurador General:

Hon. Roberto J. Sánchez Ramos Procurador General

Abogado de la Parte Peticionaria:

Lcda. Maribel Flores Fonseca

Materia: Artículo 401 Ley de Sustancias Controladas

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. CC-2001-455 2

Recurrido

vs. CC-2001-455 CERTIORARI

Julio Valenzuela Morel

Opinión del Tribunal emitida por el Juez Asociado SEÑOR REBOLLO LÓPEZ

San Juan, Puerto Rico, a 10 de febrero de 2003

Como resultado de unas investigaciones

realizadas por agentes del Negociado

Federal de Investigaciones del

Departamento de Justicia de los

Estados Unidos, conjuntamente con agentes

del orden público del estado de Nueva

York, del Servicio Postal de los Estados

Unidos y del Servicio de Aduana (U.S.

Customs), el 14 de octubre de 1999, un

magistrado de dicho Estado emitió varias

órdenes de arresto contra los hermanos

Wascar, Milton, Juan Carlos y Julio

Valenzuela Morel.1 A dichos individuos

se les vinculaba con la importación

1 Las órdenes de arresto fueron emitidas por infracciones a ciertas leyes del estado de Nueva York: P.L. 460.20 (1)(A) (Enterprise Corruption) y P.L. 170.10 (1) (Forgery). CC-2001-455 3

de motoras acuáticas, o “jet skis”, robadas así como con el

trasiego de drogas del mencionado Estado a Puerto Rico.

Algunos días más tarde, el 25 de octubre de 1999, se

llevó a cabo en nuestra Isla un operativo para diligenciar

las antedichas órdenes de arresto; operativo en el cual

participaron agentes de las referidas agencias,

presentándose éstos a la residencia de Julio Valenzuela

Morel, sita en la Urb. Caparra Terrace, Calle 10 SE 1267,

San Juan, Puerto Rico, donde no encontraron persona alguna,

procediendo a retirarse del lugar.

Habiéndose retirado los agentes de la mencionada

residencia, se recibió una confidencia en las oficinas del

FBI en San Juan en la cual se informó que un hombre hispano

acababa de llegar a la residencia de la Urb. Caparra

Terrace, perteneciente a Julio Valenzuela Morel. El

informante advirtió que dicho sujeto estaba removiendo de

esa residencia unos bolsos de viaje, los cuales luego

depositaba en el baúl de un vehículo marca Lincoln

Continental, el cual estaba estacionado en una residencia

aledaña, pintada de azul.2

Los agentes regresaron al lugar. Una vez allí, pudieron

percatarse de que, efectivamente, en la casa que había sido

descrita por el informante, estaba estacionado en la

marquesina, encendido, un vehículo marca Lincoln

Continental, en el cual había un sujeto que se disponía a

salir en el mismo. Al percatarse los agentes de que el

2 Esa residencia resultó ser, como veremos, propiedad de Juan Carlos Valenzuela. CC-2001-455 4

individuo estaba presto a marcharse, bloquearon la salida

de la residencia, estacionándose frente a la misma,

procediendo a identificarse y a solicitar del individuo que

se bajara del vehículo, se alejara del mismo y se

identificara. El individuo accedió a lo solicitado.

Al identificarse como Juan Carlos Valenzuela Morel,

los agentes lo arrestaron, pues contra éste pendía una

orden de arresto.3 Acto seguido, le preguntaron si había

alguien más en la residencia a lo cual éste respondió en la

negativa. Los agentes solicitaron de Juan Carlos Valenzuela

que les permitiera “verificar” si en su casa había alguien

más, a cuya petición éste, alegadamente, accedió.

Los agentes centraron, entonces, su atención en el

vehículo Lincoln Continental, el cual permanecía encendido

y estacionado en el mismo lugar, apagándolo y retirando la

llave de la ignición. Procedieron a abrir el baúl con el

alegado propósito de verificar si Julio Valenzuela se

encontraba escondido en el mismo. En el baúl encontraron

dos bultos; dentro de los mismos, había once (11) paquetes

de envoltura transparente envueltos con cinta adhesiva

color gris, los cuales, aparentemente, contenían marihuana.

Según los agentes, en ese momento, procedieron a

leerle las advertencias a Juan Carlos Valenzuela. Luego de

que éste, alegadamente, expresara que había entendido las

mismas, procedieron a preguntarle sobre el contenido y

3 Recuérdese que ésta fue una de las órdenes emitidas por un magistrado del estado de Nueva York que estaba pendiente de ser diligenciada. CC-2001-455 5

procedencia de los bolsos. Éste respondió que los había

extraído de la residencia de su hermano --Julio

Valenzuela-- a petición de éste y que desconocía qué

contenían los mismos.

Toda vez que los bolsos de viaje fueron supuestamente

extraídos de la residencia de Julio Valenzuela, los agentes

entendieron que podía haber más droga en la misma. En vista

de ello, acudieron ante un magistrado del Tribunal Federal

para el Distrito de Puerto Rico en solicitud de la

expedición de una orden de registro y allanamiento contra

la residencia de Julio Valenzuela Morel.4 A estos efectos,

el Sr. Alberto Cases, uno de los Agentes Especiales del

Negociado Federal de Investigaciones que estaba

participando en la investigación conjunta, y quien fue

informado por los agentes que habían acudido al referido

lugar de lo que había acontecido, prestó declaración jurada

ante la magistrado federal, Hon. Aida M. Delgado Colón. La

referida magistrado, luego de examinar la declaración de

dicho agente, encontró causa probable para la expedición de

una orden de registro y allanamiento contra la residencia

de Julio Valenzuela.5

4 Mientras esto sucedía, varios agentes establecieron una vigilancia alrededor de la residencia de Julio Valenzuela Morel en espera de que éste se personara a la misma. 5 A estos efectos, el Sr. Cases declaró, en lo pertinente, lo siguiente:

Upon the Agents’ departure from the residence of Julio Valenzuela Morel, […] an anonymous telephone call was received at the FBI office informing that a Hispanic male had just gone into CC-2001-455 6

Al diligenciar la referida orden, los agentes

federales incautaron en dicha residencia alrededor de

treinta (30) libras de marihuana las cuales estaban dentro

de un zafacón ubicado en una de las habitaciones de la

misma.

that same residence, previously visited by the FBI Agents, and had removed some traveling black bags and placed them in a dark color Lincoln Continental and parked inside a blue house located in the same street where the Agents had been previously. The investigation revealed that this second residence turned out to be at 10th Street SE, #1261 (Second Residence). I have also been advised by Agent Marchand that during the entry at the first residence for the purposes of arresting Julio Valenzuela Morel, he observed approximately four suitcases/traveling bags in the residence but they were not searched.

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