Caribbean Communications Solutions Y Otros v. Policía De Puerto Rico Y Otros

2009 TSPR 147
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedSeptember 24, 2009
DocketCC-2007-1061 cons. CC-2007-1065
StatusPublished

This text of 2009 TSPR 147 (Caribbean Communications Solutions Y Otros v. Policía De Puerto Rico Y Otros) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

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Caribbean Communications Solutions Y Otros v. Policía De Puerto Rico Y Otros, 2009 TSPR 147 (prsupreme 2009).

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Caribbean Communications Solutions y otros Certiorari Recurridas 2009 TSPR 147 v. 176 DPR ____ Policía de Puerto Rico, Junta de Subastas de la Policía de Puerto Rico; Junta de Reconsideración de la Administración de Servicios Generales

Peticionarias

Número del Caso: CC-2007-1061 cons. CC-2007-1065

Fecha: 24 de septiembre de 2009

Tribunal de Apelaciones:

Región Judicial de San Juan-Panel IV

Juez Ponente: Hon. Lourdes Velásquez Cajigas

Oficina del Procurador General:

Lcdo. Luis José Torres Asencio Procurador General Auxiliar

Lcdo. Pedro J. Cabán Vales Procurador General Auxiliar

Abogado de Telefónica Larga Distancia de P.R., Inc.

Lcdo. Miguel E. Bonilla Sierra

Abogados de la Parte Recurrida:

Lcdo. Miguel J. Rodríguez Marxuach Lcda. Brenda L. Cordero Acaba Lcda. Maribel G. Rubio Bello

Materia: Impugnación de Subasta

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correccione s del proceso de compilación y publicación oficial de las decisio nes del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Caribbean Communications Solutions y otros

Recurridas

v. CC-2007-1061 Certiorari Policía de Puerto Rico; Junta de Subastas de la Cons.CC-2007-1065 Policía de Puerto Rico; Junta de Reconsideración de la Adm. de Servicios Generales

Opinión del Tribunal emitida por el Juez Presidente SEÑOR HERNÁNDEZ DENTON

San Juan, Puerto Rico, a 24 de septiembre de 2009.

En esta ocasión, debemos resolver si es válido

un procedimiento de subasta gubernamental híbrido

mediante el cual se cumplen todos los requisitos de

una subasta formal establecidos en el reglamento

aplicable, pero se incorporan mecanismos de

aclaración y participación propios de una subasta

informal. Por entender que el procedimiento en

controversia no es contrario al interés público y

fomenta la transparencia y libre competencia en los

procedimientos de subastas gubernamentales,

contestamos dicha interrogante en la afirmativa.

Asimismo, resolvemos que la adjudicación de la buena

pro de la subasta en el caso de autos respondió a un

ejercicio razonable de discreción por parte de la CC-2007-1061/ CC-2007-1065 2

agencia. Por lo tanto, revocamos la sentencia del Tribunal de

Apelaciones que determinó lo contrario.

I

Los hechos de este caso no están en controversia. Con el

propósito de suscribir un contrato para la implantación de un

sistema de vigilancia inteligente en Puerto Rico, la División

de Compras de la Policía de Puerto Rico emitió en agosto de

2006 la Invitación a Subasta Formal Núm. 2006-035-026-R-1.

La Policía interesaba obtener un sistema de la más alta

calidad y tecnología como herramienta para expandir su

vigilancia en las áreas de mayor incidencia criminal del

País. El sistema consistiría en la colocación de cámaras de

vídeo en dichas zonas, las cuales la Policía monitorearía

electrónicamente desde centros de mando regionales que se

ubicarían en cualquiera de sus trece comandancias de área. A

su vez, el centro de mando principal se establecería en el

Cuartel General de la Policía ubicado en el Municipio de San

Juan. El sistema incluiría la transferencia y el

almacenamiento de las imágenes obtenidas mediante las

cámaras, así como mecanismos de seguridad para prevenir

intrusiones en la red.

La referida invitación fue acompañada por un documento

preparado por el Negociado de Tecnología y Comunicaciones de

la Policía, titulado “Request for Proposal” (RFP), en el cual

se detallaron las condiciones y especificaciones requeridas a

los participantes de la subasta. Según el RFP, las ofertas

debían incluir la provisión e instalación de equipo CC-2007-1061/ CC-2007-1065 3

(“hardware”), programación (“software”) y servicios de líneas

de comunicación. El propósito era obtener un sistema de

vigilancia digital listo para ser utilizado por la Policía.

Cabe señalar que el RFP es un documento extenso que incluyó

aproximadamente 296 especificaciones particulares sobre el

equipo y 284 sobre la programación.

En lo concerniente al caso de autos, el RFP estableció

como único criterio de evaluación de propuestas el

cumplimiento del proponente con todas las especificaciones

contenidas en el documento. Como requisito obligatorio, el

RFP incluyó la provisión de los documentos técnicos o

literatura de los productos que formaran parte de cada

propuesta pues, de lo contrario, no se evaluaría la misma.

Además, se estableció como una de las condiciones especiales

que el Negociado de Tecnología podía solicitar discusiones

verbales con los proponentes si dicho organismo lo estimaba

necesario. Sin embargo, se hizo constar que las propuestas

se considerarían finales y no podrían ser alteradas luego de

ser recibidas.1

Conforme a las Secciones 3 y 15 del RFP, éste incorporó

una tabla de precios que incluyó las cantidades de equipo

necesario para la configuración de un sistema típico de

vigilancia inteligente de 200 cámaras de montura fija y 50

1 A tales efectos, la Sección 1.8 del RFP lee:

The Customer, if necessary, can request from the Proposers oral discussions, system presentations, and demonstrations of existing operational systems of solution. The pricing proposal, however, will be considered final and cannot be altered after received. CC-2007-1061/ CC-2007-1065 4

cámaras ajustables por control remoto (denominadas

Pan/Tilt/Zoom o PTZ). De igual forma, incluyó cantidades

determinadas de otros equipos, programas y líneas de

comunicación necesarias para la transmisión de información -

incluyendo la instalación y configuración de todo lo

anterior-, así como los cargos recurrentes mensuales por la

renta de dichas líneas. Es importante destacar que las

cantidades incluidas en dicha tabla correspondieron a una

configuración típica de un sistema de vigilancia inteligente.

En este sentido, como parte de la descripción incluida en la

invitación a la subasta, se hizo constar que las cantidades

podrían variar conforme a las necesidades de la agencia.

El RFP estableció como requisito compulsorio que se

cumplimentara la referida tabla de precios utilizando el

precio unitario y extendido de cada artículo. En cuanto a

este último aspecto, la Policía emitió un aviso de enmienda

en el cual aclaró que en las partidas de cargos recurrentes

de la renta de las líneas de transmisión de datos el precio

unitario sería el cargo de un mes de renta y el precio

extendido sería la cantidad de líneas multiplicada por el

precio unitario.

La Policía concedió un término a los posibles licitadores

para que sometieran sus dudas sobre las condiciones y

especificaciones de la subasta. De conformidad con lo

anterior, varias compañías –entre ellas Caribbean

Communications Solutions, Inc. (Caribbean Communications);

Guardian Electronic Security Services, Inc. (Guardian); y

Telefónica Larga Distancia de Puerto Rico, Inc. h/n/c CC-2007-1061/ CC-2007-1065 5

Telefónica Empresas (Telefónica)- sometieron una serie de

preguntas sobre los requisitos del RFP. En respuesta a sus

inquietudes, la Policía emitió un aviso titulado “Respuestas

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