Rubén Díaz Rodríguez v. Servimetal, LLC Y Otros

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided October 31, 2025·No. TA2025AP00316·Published

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL IX

RUBÉN DÍAZ RODRÍGUEZ APELACIÓN procedente del

Apelante Tribunal de Primera Instancia, Sala

Superior de Caguas

v. TA2025AP00316 Caso número:

CG2018CV02952

SERVIMETAL, LLC Y Sobre:

OTROS Discrimen, Daños y Perjuicios

Apelados Contractuales y otros

Panel integrado por su presidenta, la juez Brignoni Mártir, el juez Salgado Schwarz y la juez Aldebol Mora.

Aldebol Mora, Juez Ponente SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de octubre de 2025.

Comparece la parte apelante, Rubén Díaz Rodríguez, y nos solicita que revoquemos la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas, el 6 de agosto de 2025, notificada el día 9 del mismo mes y año. Mediante dicho dictamen, el foro primario declaró Ha Lugar la moción de sentencia sumaria promovida por la parte apelada, Servimetal, LLC. En su consecuencia, desestimó con perjuicio la acción presentada por el apelante.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, se confirma el dictamen apelado. Veamos.

I

El 20 de noviembre de 2018, Rubén Díaz Rodríguez (Díaz Rodríguez o apelante) radicó una Querella, posteriormente enmendada,1 sobre despido injustificado y discrimen por edad en

1 Entrada Núm. 15 del Caso Núm. CG2018CV02952 en el Sistema Unificado de

Manejo y Administración de Casos (SUMAC). Cabe destacar que la acción de epígrafe fue enmendada a los únicos efectos de añadir a Chubb Insurance Company of P.R. como parte coquerellada.

contra de Servimetal, LLC. (Servimetal) y Chubb Insurance Company of P.R. (Chubb) (apelados).2 La referida causa de acción fue instada al amparo del procedimiento sumario de la Ley de Procedimiento Sumario de Reclamaciones Laborales, Ley Núm. 2 de 17 de octubre de 1961, según enmendada, 32 LPRA sec. 3118 et seq. (Ley Núm. 2-1961).3 Díaz Rodríguez alegó que, en julio de 2005, luego de que Servimetal adquiriera a Perry Products, Inc., lo cambiaron de puesto, de empleado de mostrador a representante de ventas (outside salesman). Sostuvo que este último se realizaba fuera de los predios de la compañía y requería bachillerato, hablar de forma fluida el inglés y tener adiestramiento en programas de computadoras. Arguyó que había cuestionado las razones del cambio porque Servimetal contaba con personal mejor cualificado para la mencionada posición. Alegó que la respuesta del jefe de operaciones de Servimetal fue advertirle que si no aceptaba el traslado sería despedido. Según adujo, debido a tal advertencia, no tuvo otra alternativa que aceptar el cambio de puesto.

Díaz Rodríguez argumentó en la acción de epígrafe que, al momento del cambio de puesto, tenía cincuenta y un (51) años y que la persona que le sustituyó en el mostrador, Alfred López (López), era un empleado de aproximadamente treinta seis (36) años y tenía menos antigüedad que él en la compañía. Alegó, además, que dicho empleado estaba mejor cualificado para el puesto de representante de ventas y tenía experiencia previa como tal.

Por otro lado, Díaz Rodríguez alegó en la Querella que era el único representante de ventas al que se le pagaba una asignación de trescientos dólares ($300.00) mensuales por el uso de su vehículo personal, mientras que a los demás representantes se le pagaba

2 Entrada Núm. 1 del Caso Núm. CG2018CV02952 en el SUMAC. 3 El 7 de junio de 2019, notificada el 10 del mismo mes y año, el foro de origen

emitió una Orden mediante la cual convirtió motu proprio el procedimiento a uno ordinario. Véase, Entradas Núm. 28 y 29 del Caso Núm. CG2018CV02952 en el SUMAC.

seiscientos dólares ($600.00) mensuales. Igualmente, alegó que Servimetal le impuso una meta de $960,000.00 en ventas para el año 2016, que le resultó imposible de cumplir. Además, sostuvo que Servimetal no honró todas las ventas que realizó en su ruta y que esta les pagaba a sus vendedores comisiones equivalentes al diez por ciento (10%), independientemente de si la orden de compra fue hecha por los vendedores o si el cliente realizó su compra directamente a la compañía, mientras que a él no se le pagaron dichas comisiones. Por esto, estimó que Servimetal le adeudaba no menos de $100,000.00 por concepto de comisiones no pagadas.

En virtud de lo anterior, Díaz Rodríguez alegó que Servimetal lo reclasificó a una posición para la cual no estaba cualificado con la intención de forzarlo a renunciar. Arguyó que fue sometido a condiciones onerosas de trabajo y humillaciones desde su cambio a representante de ventas y que esto lo obligó a renunciar a su empleo, luego de veinticuatro (24) años de trabajar para Servimetal. Sostuvo que, como consecuencia, sufrió daños emocionales y angustias mentales, como ansiedad, incertidumbre, desasosiego, temor por su futuro laboral y estabilidad económica, trastorno de sueño y percepción de menosprecio. Además, alegó que también sufrió la pérdida de su ingreso y los beneficios que disfrutaba en su empleo. Según adujo, como consecuencia de lo anterior, en febrero de 2017, presentó una querella ante la Unidad Anti-Discrimen del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (Unidad Anti- Discrimen). Sin embargo, indicó que, en octubre de 2018, sometió una solicitud para litigar el caso frente al foro judicial porque los esfuerzos de mediación realizados por la Unidad Anti-Discrimen resultaron infructuosos.

Por su parte, el 10 de diciembre de 2018, Servimetal presentó su Contestación a Querella,4 posteriormente enmendada,5 mediante la cual negó las alegaciones esbozadas en su contra y planteó varias defensas afirmativas.6 Entre otras cosas, alegó que Díaz Rodríguez fue su empleado desde el 1 de octubre de 2005 hasta el 15 de abril de 2016, fecha en que renunció. Sostuvo que dicha renuncia fue libre y voluntaria y objetó que se tratara de un despido constructivo. Arguyó que ninguno de sus administradores, supervisores, gerentes ni otro empleado suyo creó un ambiente hostil, ni condiciones de trabajo intolerables.

Luego de varios trámites procesales, el 23 de junio de 2020, Servimetal instó una Solicitud de Sentencia Sumaria.7 En síntesis, expuso que, conforme al Manual de Empleados, Díaz Rodríguez incumplió con el procedimiento interno de solución de disputas de la compañía y que, al no agotar dicho mecanismo, estaba impedido de incoar la presente reclamación. Sostuvo, además, que Díaz Rodríguez no contaba con prueba que estableciera discriminación

4 Es preciso señalar que Chubb presentó su alegación responsiva el 30 de abril de

2019. Véase, Entrada Núm. 25 del Caso Núm. CG2018CV02952 en el SUMAC. 5 Entrada Núm. 19 del Caso Núm. CG2018CV02952 en el SUMAC. 6 Entradas Núm. 8 y 9 del Caso Núm. CG2018CV02952 en el SUMAC. 7 Entrada Núm. 49 del Caso Núm. CG2018CV02952 en el SUMAC. Junto a su

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Rubén Díaz Rodríguez v. Servimetal, LLC Y Otros, (prapp 2025).

Rubén Díaz Rodríguez v. Servimetal, LLC Y Otros (Rubén Díaz Rodríguez v. Servimetal, LLC Y Otros) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.

Related

McDonnell Douglas Corp. v. Green
411 U.S. 792 (Supreme Court, 1973)
Vélez de Reilova v. Ramírez Palmer Bros.
94 P.R. Dec. 175 (Supreme Court of Puerto Rico, 1967)
Quirós v. I. T. T. Western Hemisphere Directories, Inc.
108 P.R. Dec. 536 (Supreme Court of Puerto Rico, 1979)
Torres Solano v. Puerto Rico Telephone Co.
127 P.R. Dec. 499 (Supreme Court of Puerto Rico, 1990)
Delgado Zayas v. Hospital Interamericano de Medicina Avanzada
137 P.R. Dec. 643 (Supreme Court of Puerto Rico, 1994)
Hernández v. Trans Oceanic Life Insurance
151 P.R. Dec. 754 (Supreme Court of Puerto Rico, 2000)
Jusino Figueroa v. Walgreens of San Patricio Inc.
155 P.R. Dec. 560 (Supreme Court of Puerto Rico, 2001)
Meléndez Rivera v. Asociación Hospital del Maestro
156 P.R. Dec. 828 (Supreme Court of Puerto Rico, 2002)
Rivera Torres v. Pan Pepín, Inc.
161 P.R. Dec. 681 (Supreme Court of Puerto Rico, 2004)
Estado Libre Asociado v. Cole Vázquez
164 P.R. Dec. 608 (Supreme Court of Puerto Rico, 2005)
Lugo Montalvo v. Sol Meliá Vacation Club
194 P.R. Dec. 209 (Supreme Court of Puerto Rico, 2015)
González Méndez v. Acción Social de Puerto Rico
196 P.R. Dec. 213 (Supreme Court of Puerto Rico, 2016)
Banco Popular de Puerto Rico v. Zorrilla Posada y otro
2024 TSPR 62 (Supreme Court of Puerto Rico, 2024)
Banco Popular de Puerto Rico v. Cable Media of Puerto Rico, Inc. y otro
2025 TSPR 1 (Supreme Court of Puerto Rico, 2025)