Osvaldo González Pérez Y Otros v. Luz Eneida Rivera Velázquez Y Otros

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedMarch 18, 2026
DocketTA2025CE00498
StatusPublished

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Osvaldo González Pérez Y Otros v. Luz Eneida Rivera Velázquez Y Otros, (prapp 2026).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VII

OSVALDO GONZÁLEZ PÉREZ CERTIORARI Y OTROS procedente del Tribunal DEMANDANTE(S)-PETICIONARIA(S) de Primera Instancia, Sala Superior de FAJARDO V. TA2025CE00498

Caso Núm. LUZ ENEIDA RIVERA FA2023CV00948 (301) VELÁZQUEZ Y OTROS DEMANDADA(S)-RECURRIDA(S)

Sobre: Impugnación o Nulidad de Testamento; Aceptación Renuncia, Remoción o Sustitución del Albacea, División o Liqui-dación de la Comunidad de Bienes Hereditarios

Panel integrado por su presidente, el Juez Rodríguez Casillas, la Juez Barresi Ramos y la Jueza Santiago Calderón.

Barresi Ramos, juez ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, hoy día 18 de marzo de 2026.

Comparecen ante este Tribunal de Apelaciones, los señores OSVALDO

GONZÁLEZ PÉREZ, WILFREDO GONZÁLEZ PÉREZ, VIVIANA GONZÁLEZ PÉREZ,

JANICE GONZÁLEZ GUADALUPE Y LEONOR GONZÁLEZ GUADALUPE (OSVALDO

GONZÁLEZ PÉREZ Y OTROS) mediante Certiorari incoado el 24 de septiembre

de 2025. En su recurso, nos solicitan que revisemos la Orden prescrita el 8 de

septiembre de 2025 por el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala Superior

de Fajardo.1 Mediante la referida decisión, se declaró no ha lugar la Moción

en Solicitud de Orden en Cuanto a Descubrimiento de Prueba presentada el 4

1 Dicho dictamen judicial fue notificado y archivado en autos el 8 de septiembre de 2025. Apéndice del Certiorari, entrada núm. 97 del expediente electrónico del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC-TA). TA2025CE00498 Página 2 de 13

de septiembre de 2025 por los señores ALEXANDER RODRÍGUEZ RIVERA y

JENNETTE MÉNDEZ RIVERA (señores RODRÍGUEZ-MÉNDEZ).

Exponemos el trasfondo fáctico y procesal que acompaña a la presente

controversia.

-I-

El 8 de noviembre de 2023, los señores GONZÁLEZ PÉREZ Y OTROS

entablaron una Demanda sobre nulidad de testamento; remoción de albacea;

impugnación de cesiones y donaciones en fraude de herederos; partición de

herencia; y división de la comunidad de la sucesión del señor OSVALDO

GONZÁLEZ DURIEUX contra la señora LUZ ENEIDA RIVERA VELÁZQUEZ (señora

RIVERA VELÁZQUEZ).2

Ulteriormente, el 5 de febrero de 2024, la señora RIVERA VELÁZQUEZ

presentó su Contestación a Demanda conteniendo sus defensas afirmativas.3

El 15 de febrero de 2024, los señores GONZÁLEZ PÉREZ Y OTROS cursaron un

Primer Pliego de Interrogatorio y Producción de Documentos iniciando así el

descubrimiento de prueba que incluyó interrogatorios, producción de

documentos y deposiciones.4 El 29 de febrero de 2024, se dictó Orden en la

cual se pautó Conferencia Inicial para el 13 de junio de 2024 y se requirió el

Informe de Manejo de Caso.5

El 20 de marzo de 2024, los señores GONZÁLEZ PÉREZ Y OTROS

presentaron Moción en Solicitud de Órdenes, requiriendo la expedición de

órdenes como parte del descubrimiento de prueba.6 El 6 de mayo de 2024, la

señora RIVERA VELÁZQUEZ notificó su Contestación al Primer Pliego de

2 Apéndice del Certiorari, entrada núm. 1 del expediente electrónico del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC-TA). 3 Apéndice del Certiorari, entrada núm. 16 del expediente electrónico del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC-TA). 4 Apéndice del Certiorari, entrada núm. 18 del expediente electrónico del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC-TA). 5 Apéndice del Certiorari, entrada núm. 23 del expediente electrónico del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC-TA). Posteriormente, la vista fue reseñalada para el 11 de junio de 2024. Apéndice del Certiorari, entrada núm. 30 del expediente electrónico del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC-TA). Apéndice del Certiorari, entrada núm. 31 del expediente electrónico del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC-TA). TA2025CE00498 Página 3 de 13

Interrogatorio y Producción de Documentos.7 Acto seguido, el 21 de mayo de

2024, la señora RIVERA VELÁZQUEZ presentó Moción Anejando Resolución de

Cartas Testamentaria.8

A la conferencia inicial, celebrada el 11 de junio de 2024,

comparecieron las partes y se calendarizaron las fechas de las deposiciones;

se anunció que, para el 31 de octubre de 2024, se debía finalizar el

descubrimiento de prueba; y se pautó la Conferencia con Antelación al Juicio

para el 11 de diciembre de 2024.9

Entonces, el 10 de diciembre de 2024, los señores GONZÁLEZ PÉREZ Y

OTROS presentaron Solicitud de Transferencia de Vista explicando que el

descubrimiento de prueba de ambas partes aún estaba pendiente. 10 Ese

mismo día, se decidió Orden reseñalando la Conferencia con Antelación al

Juicio para el 9 de mayo de 2025; se apercibió que no concederían más

prórrogas; así como se impondrían sanciones a la parte que no estuviese

preparada y se requirió el Informe para en o antes de 2 de mayo de 2025.11

Tiempo después, el 5 de febrero de 2025, los señores GONZÁLEZ PÉREZ

Y OTROS presentaron Moción en Solicitud de Órdenes dirigidas a varias

entidades. 12 Ese mismo día, el foro de instancia despachó las órdenes

dirigidas al HOSPITAL HIMA SAN PABLO FAJARDO; REYDER MEMORIAL

HOSPITAL, INC.; HOSPITAL MENONITA HUMACAO, INC.; FAJARDO INTEGRATED

MEDICAL CENTER LLC; y HOSPITAL AUXILIO MUTUO SAN PABLO.13 El 2 de mayo

7 Apéndice del Certiorari, entrada núm. 38 del expediente electrónico del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC-TA). 8 Apéndice del Certiorari, entrada núm. 40 del expediente electrónico del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC-TA). 9 Apéndice del Certiorari, entrada núm. 47 del expediente electrónico del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC-TA). 10 Apéndice del Certiorari, entrada núm. 54 del expediente electrónico del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC-TA). 11 Apéndice del Certiorari, entrada núm. 55 del expediente electrónico del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC-TA). Apéndice del Certiorari, entrada núm. 57 del expediente electrónico del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC-TA). 13 Apéndice del Certiorari, entradas núm. 58-59 del expediente electrónico del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC-TA). TA2025CE00498 Página 4 de 13

de 2025, la señora RIVERA VELÁZQUEZ presentó Moción Solicitando Relevo de

Representación Legal.14

Luego de varias incidencias procesales, innecesarias pormenorizar, el

4 de junio de 2025, los señores GONZÁLEZ PÉREZ Y OTROS presentaron una

Moción Solicitando Permiso para Enmendar la Demanda y en Solicitud para

Emplazar por Edicto.15 En esencia, adujeron que durante el descubrimiento

de prueba se identificaron transacciones de dinero concernientes al caudal

privativo del señor OSVALDO GONZÁLEZ DURIEUX (causante). Manifestaron

que dichas transacciones involucraban a la señora RIVERA VELÁZQUEZ y al

menos dos (2) de sus hijos, el señor ALEXANDER RODRÍGUEZ RIVERA (señor

RODRÍGUEZ RIVERA) y la señora JENNETTE MÉNDEZ RIVERA (señora MÉNDEZ

RIVERA). Ante este cuadro, los señores GONZÁLEZ PÉREZ Y OTROS pidieron

autorización para enmendar la Demanda. Argumentaron, además, que

ambos hijos residían fuera de la jurisdicción de Puerto Rico, por lo que,

suplicaron que se autorizara el emplazamiento por edicto. Al día siguiente,

los señores GONZÁLEZ PÉREZ Y OTROS presentaron Moción Solicitando Orden

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