In re Montañez Miranda
Opinion
RESOLUCIÓN
Habiendo expirado el término de seis meses de suspen-sión del abogado de epígrafe el 29 de enero de 2003, se declara con lugar su Moción Solicitando Reinstalación a la Abogacía y se autoriza al Ledo. Félix J. Montañez Miranda a ejercer la abogacía únicamente.
A los fines de considerar su solicitud de reinstalación al ejercicio de la notaría, se le ordena a la Leda. Carmen H. Carlos, directora de la Oficina de Inspección de Notarías, a que dentro de los treinta días siguientes a la notificación de esta Resolución, presente su Informe sobre el estado de la obra notarial incautada al mencionado abogado.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.
(Fdo.) Patricia Otón Olivieri
Secretaria del Tribunal Supremo
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158 P.R. Dec. 738 (In re Montañez Miranda) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.