Autoridad De Carreteras Y Transport De P v. Mapfre Praico Insurance Company

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedApril 28, 2023
DocketKLCE202300043
StatusPublished

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Autoridad De Carreteras Y Transport De P v. Mapfre Praico Insurance Company, (prapp 2023).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL III

AUTORIDAD DE Certiorari CARRETERAS Y procedente del TRANSPORTACIÓN DE Tribunal de PUERTO RICO Primera Instancia, Sala Superior de Peticionaria San Juan KLCE202300043 Caso Núm.: SJ2019CV09747 V. Sobre: MAPFRE PRAICO Acción Civil, INSURANCE COMPANY, et. Incumplimiento al. Contractual, Daños y Perjuicios Recurrido

Panel integrado por su presidente el Juez Figueroa Cabán, la Juez Brignoni Mártir y el Juez Ronda Del Toro

Ronda Del Toro, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de abril de 2023.

La Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico

(Autoridad de Carreteras o Apelada) presentó un recurso de

Certiorari en el que nos solicita que revisemos la Resolución que

emitió el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 9 de

noviembre de 2022, notificada al siguiente día. Mediante el

referido dictamen el tribunal primario declaró No Ha Lugar la

Moción fijando posición en cuanto a perito presentado en

contravención a lo ordenado, presentada por la Autoridad de

Carreteras. Consecuentemente, el foro primario le permitió a

Mapfre Praico Insurance Company a presentar a Bryan Tilden

como perito.

Por las razones que expondremos, expedimos el auto de

Certiorari a los fines de modificar la resolución recurrida.

Número Identificador SEN2023 ________ KLCE202300043 2

I.

El 28 de septiembre de 2016 Mapfre emitió la póliza de

seguros CBP-008665296 a favor de la Autoridad de Carreteras por

la cantidad de $47,934,332.00.

El 18 de septiembre de 2019, la Autoridad de Carreteras

demandó a Mapfre, y otros, por incumplimiento contractual y

daños y perjuicios. Entre sus alegaciones expuso que, por el paso

del huracán María por Puerto Rico el 20 de septiembre de 2017,

la Autoridad de Carreteras sufrió daños y pérdidas en sus

propiedades, que la llevaron a presentar una reclamación por los

daños preliminares ante Mapfre el 6 de octubre de 2017.

En la segunda causa, la Autoridad de Carreteras solicitó al

Tribunal que emitiera una sentencia declaratoria, a los fines de

determinar que los puentes, carreteras, aceras, patios,

marquesinas, toldos, la propiedad exterior y todas las propiedades

de la Autoridad de Carreteras dentro de la jurisdicción del

Gobierno de Puerto Rico, que sufrieron daños a causa del Huracán

María, estaban cubiertas bajo la Póliza emitida, según los términos

de ésta y el Special Conditions Endorsement; y que esta cubierta

no se limitaba a las 52 propiedades enumeradas en el Endoso A

de la Póliza en cuestión.

El 24 de octubre de 2019, Mapfre Contestó la Demanda.

Entre otras cosas, afirmó que la cubierta de la Póliza estaba

limitada a la lista de las 52 propiedades que contiene el Endoso A

y que el Special Conditions Endorsement (en adelante, SCE) no

aumentaba los límites de la Póliza, ni alteraba las propiedades

identificadas en el Endoso A.

Entre otras defensas afirmativas, Mapfre expuso que antes

de entablar la demanda, la Autoridad de Carreteras no presentó,

ante la Oficina del Comisionado de Seguros, el formulario de KLCE202300043 3

notificación que requiere el Artículo 27.164 del Código de Seguros

de Puerto Rico. Por ello, aseguró que la Autoridad de Carreteras

se encontraba impedida de presentar una causa de acción bajo el

referido artículo. También, sostuvo que la Autoridad de Carreteras

realizó una falsa representación al reportar valores irreales sobre

las propiedades aseguradas. Según alegó, esta actuación le daba

el derecho a anular la Póliza.

Tras varios asuntos procesales, el 11 de junio de 2021, la

Autoridad de Carreteras presentó una Moción para que se le

Ordene a la Demandada el Pago Inmediato de las Sumas sobre

las cuales No Existe Controversia. Aseguró que la Autoridad de

Carreteras aceptó como pago parcial de sus daños la oferta que

hizo Mapfre el 27 de agosto de 2019, por la cantidad de

$3,307,259.17, como compensación por los daños sufridos en las

propiedades de la Autoridad de Carreteras, pero Mapfre se negó a

pagar.

El 21 de junio de 2021, Mapfre se opuso a la solicitud de la

Autoridad de Carreteras. Adujo que, para emitir el pago parcial,

ambas partes debían estar de acuerdo sobre el monto a pagarse,

según los términos y condiciones de la Póliza. También,

argumentó que en el caso existe un posible fraude o falsa

representación sobre el reclamo de la Autoridad de Carreteras

referente a los puentes que ésta entiende están cubiertos por la

Póliza en controversia. Ante ello, expuso, que procede se culmine

con el descubrimiento de prueba, pues si se demuestra que la

Autoridad de Carreteras cometió fraude o hizo una falsa

representación conllevaría la denegación total de la reclamación.

Entretanto, el 30 de junio de 2021, un hermano panel de

este foro, en la causa KLCE202100414, dictó una Sentencia en la

cual decretó que el efecto del Endoso de Condiciones Especiales KLCE202300043 4

o Special Conditions Endorsement, (SCE) era el de reemplazar los

términos y condiciones contradictorios a los contenidos en

la póliza. Acto seguido, determinó que las propiedades a la cuales

la póliza extiende su cubierta no se limitan a las cincuenta y

cuatro (54) contenidas en el Schedule A. Por lo cual, según

planteado por la Autoridad de Carreteras en

la Demanda, dictó Sentencia Declaratoria a favor de la Autoridad

de Carreteras.1

El 20 de abril de 2022 las partes presentaron una Moción

Conjunta sobre extensión del término para culminar el

descubrimiento de prueba y transferencia de vista de conferencia

con antelación al juicio. En esta le solicitaron al foro primario

extender el descubrimiento hasta el 31 de julio de 2022.2 El 21

de abril de 2022 el TPI accedió al pedido de las partes y transfirió

la conferencia con antelación al juicio para el 9 de septiembre de

2022.3

En cuanto a la controversia sobre el pago parcial de la

reclamación, el 27 de abril de 2022 el TPI dictó Sentencia Parcial

en la cual le ordenó a Mapfre emitir el pago parcial por

$3,307,259.17 a favor de la Autoridad de Carreteras. Luego de

solicitar reconsideración el 17 de mayo de 2017, y esta ser

denegada el 9 de junio de 2022, Mapfre presentó un recurso de

apelación a nuestro foro, asignado al alfanumérico

KLAN202200549.

A su vez, el 17 de mayo de 2022, Mapfre había incoado una

Solicitud de Autorización para Enmendar la Contestación a

Demanda y Presentar Reconvención por Falsas Representaciones.

1 Tomamos conocimiento judicial de la causa KLCE202100414. 2 Recurso de MAPFRE, Apéndice pág. 39. 3 Recurso de MAPFRE, Apéndice pág. 45. KLCE202300043 5

El 7 de junio de 2022, la Autoridad de Carreteras se opuso. El 3

de agosto de 2022, el TPI declaró No Ha Lugar la Solicitud de

Autorización para Enmendar la Contestación a Demanda y

Presentar Reconvención por Falsas Representaciones que sometió

Mapfre. Insatisfecho, el 19 de agosto de 2022, Mapfre presentó

una Petición de Certiorari asignada al KLCE202200917. Las

causas KLAN202200549 y KLCE202200917 fueron consolidadas.

Mientras el caso seguía su curso, el 16 de junio de 2022

Mapfre le envió una carta a los abogados de la Autoridad de

Carreteras en la que informó que el Sr. Bryan Tilden sería el perito

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