Special Care Pharmacy Services LLC v. Alivia Infusion Services, LLC

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided June 26, 2025·No. KLRA202500173·Published

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VI

SPECIAL CARE PHARMACY REVISIÓN SERVICES, LLC; SPS ADMINISTRATIVA PHARMACY SERVICES, procedente del INC.; ADVANCED HOME Departamento de CARE SERVICES WEST, Salud, Oficina de INC.; VISION INFUSION Asesoramiento SERVICES, INC.; OPTIMA Legal, División de INFUSION PHARMACY, KLRA202500173 Vistas INC.; ELEVA RECOVERY, Administrativas LLC H/N/C NOVA INFUSION Querella número:

Q-24-04-010 (VLT)

Recurridos

Sobre:

v. Práctica no autorizada

ALIVIA INFUSION servicios infusión;

SERVICES, LLC Violaciones Ley METRO PAVIA AT HOME Núm. 2 de 1975, Reglamentos 9084

Recurrente y 9321

Panel integrado por su presidenta, la jueza Ortiz Flores, la juez Aldebol Mora y la jueza Boria Vizcarrondo.

Aldebol Mora, Juez Ponente SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de junio de 2025.

Comparece la parte recurrente, Alivia Infusion Services, LLC, mediante un recurso de revisión judicial, y nos solicita que revoquemos la determinación emitida por el Departamento de Salud el 14 de enero de 2025, notificada el 16 del mismo mes y año. Mediante el referido dictamen, la agencia, entre otras cosas, declaró Ha Lugar la Querella, en cuanto a lo relacionado con la prestación de servicios de infusión en el hogar, incoada por la parte recurrida, Special Care Pharmacy Services, LLC; SPS Specialty Pharmacy Services, Inc.; Advanced Home Care Services West, Inc.; Vision Infusion Services, Inc.; Óptima Infusion Pharmacy, Inc. y Eleva Recovery, LLC h/n/c/ Nova Infusion.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se confirma la determinación administrativa recurrida. Veamos.

Número Identificador SEN2025 _______________

I

El 16 de abril de 2024, Special Care Pharmacy Services, LLC;

SPS Specialty Pharmacy Services, Inc.; Advanced Home Care Services West, Inc.; Vision Infusion Services, Inc.; Óptima Infusion Pharmacy, Inc. y Eleva Recovery, LLC h/n/c/ Nova Infusion (recurridos) radicaron una Querella,1 posteriormente enmendada,2 ante la División de Vistas Administrativas del Departamento de Salud, en contra de Alivia Infusion Services, LLC (Alivia o recurrente) y Metro Pavia at Home (Pavia). En síntesis, alegaron que Alivia brindada servicios de infusión en el hogar en las seis (6) regiones de salud establecidas por el Departamento de Salud, aun cuando no contaba con la licencia correspondiente y los Certificados de Necesidad y Conveniencia (CNCs) requeridos de toda entidad que proponga ofrecer servicios de salud en el hogar. Especificaron que Alivia ofrecía servicios de salud en el hogar mediante promoción y mercadeo de las terapias de infusión sin contar con el aval del Departamento de Salud, en contravención a las disposiciones establecidas en la Ley de Certificados de Necesidad y Conveniencia, Ley Núm. 2 de 7 de noviembre de 1975, según enmendada, 24 LPRA sec. 334 et seq. (Ley Núm. 2-1975), el Reglamento de Procedimientos Adjudicativos y de Reglamentación en el Departamento de Salud, Reglamentos Núm. 9321 del 29 de octubre de 2021 (Reglamento Núm. 9321), y el Reglamento del Secretario de Salud para Regir el Otorgamiento de Certificados de Necesidad y Conveniencia, Reglamento Núm. 9084 del 17 de mayo de 2019 (Reglamento Núm. 9084).

Los recurridos arguyeron que Alivia había afirmado que, desde el año 2017, contaba con un contrato de servicios de enfermería con Pavia; entidad que estaba debidamente autorizada

1 Apéndice del recurso, págs. 3-15. 2 Íd., págs. 189-194.

para operar como agencia de salud en el hogar y que contaba con los CNCs correspondientes para ofrecer los servicios de infusión en el hogar en todas las regiones de salud. Según adujeron, a través de la alegada relación contractual entre Pavia y Alivia, esta última ofreció todos los servicios de infusión por conducto del personal adiestrado de Pavia, promovido como propios en distintas plataformas digitales. Alegaron que, a pesar de no contar con los CNCs, ni con las licencias operacionales correspondientes para proveer servicios de infusión en el hogar, Alivia mantenía contratos con diversas aseguradoras médicas, tanto para el despacho de medicamentos intravenosos, como para proveer los servicios de infusión en el hogar. Señalaron que Alivia, por conducto de su presidente, había admitido que ofrecieron servicios de infusión sin contar con el aval del Departamentos de Salud y los CNCs correspondientes que se les exigía obtener y mantener a todas las entidades que se propusieran a ofrecer servicios de infusión en el hogar. No obstante, plantearon que Alivia promocionaba, mercadeaba, firmaba contratos y brindaba servicios de infusión a través de su propio personal y de terceros por espacio de ocho (8) años sin contar con la autorización de la referida agencia estatal.

En cuanto a Pavia, los recurridos alegaron que esta había contratado indebidamente con Alivia para que esta última se valiera de su CNC y licencia operacional para brindar los servicios en cuestión, los cuales Alivia no estaba autorizada a ofrecer. Según indicaron, Pavia actuaba como agente, mandatario o representante de Alivia, quien ofrecía servicios de infusión en el hogar sin autorización para ello. En virtud de lo anterior, los recurridos solicitaron, en lo pertinente, el cese y desista de la práctica y representación ilegal de Alivia de ofrecer servicios de infusión en el hogar. A su vez, solicitaron la paralización de la consideración de las propuestas de CNC presentadas por Alivia ante la División de Vistas

Administrativas de la Secretaría Auxiliar para la Reglamentación y Acreditación de Facilidades de Salud (SARAFS) y la imposición de multas administrativas.

Por su parte, el 8 de mayo de 2024, Alivia instó una Moción de Desestimación de [la] Querella,3 posteriormente enmendada.4 En esencia, alegó que procedía la desestimación de la acción de epígrafe, toda vez que era improcedente como cuestión de derecho y no se justificaba la concesión de ninguno de los remedios solicitados por los recurridos. Negó proveer servicios de administración de medicamentos de infusión en el hogar sin CNCs expedidos por el Departamento de Salud. Sostuvo que trabajaba un modelo de servicios de salud junto a Pavia mediante el cual cada entidad llevaba a cabo las gestiones para las cuales estaba autorizada. Especificó que suplía y despachaba medicamentos, incluyendo intravenosos, según estaba autorizada a hacer, mientras que Pavia administraba los medicamentos de infusión en el hogar. Arguyó que la forma en la que gestionaba los servicios de salud con Pavia no estaba vedada por la Ley Núm. 2-1975, supra, ni por el Reglamento Núm. 9084, supra. Indicó que la legalidad de su modelo de servicios con Pavia había sido examinado por el Departamento de Salud en el año 2023 sin señalamiento alguno.

Por otro lado, Alivia argumentó en su petitorio que la acción de epígrafe era improcedente por constituir una interferencia indebida con el proceso de evaluación de sus CNCs, los cuales fueron iniciados con anterioridad al presente pleito, y se encontraban en curso. Según adujo, los recurridos habían expuesto los mismos argumentos y habían solicitado los mismos remedios previamente. Planteó que lo anterior constituía un abuso del derecho que denotaba una actuación forum shopping repudiada en

3 Apéndice del recurso, págs. 83-97. 4 Íd., págs. 471-487.

nuestra jurisdicción. Sostuvo que darle curso a la Querella radicada por los recurridos representaría una desviación crasa del proceso promulgado por el propio Departamento de Salud para la evaluación y concesión de CNCs, lo cual resultaría en una actuación ultra vires por parte del Departamento de Salud.

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Special Care Pharmacy Services LLC v. Alivia Infusion Services, LLC, (prapp 2025).

Special Care Pharmacy Services LLC v. Alivia Infusion Services, LLC (Special Care Pharmacy Services LLC v. Alivia Infusion Services, LLC) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.

Related

Torres Rivera v. Policía de Puerto Rico
196 P.R. Dec. 606 (Supreme Court of Puerto Rico, 2016)
Katiria's Café, Inc. v. Municipio Autónomo de San Juan
2025 TSPR 33 (Supreme Court of Puerto Rico, 2025)