Santiago Texidor v. Maisonet Correa
Opinions
emitió la opinión del Tribunal.
El peticionario Carlos Maisonet Correa (señor Maisonet o padre no custodio), quien aceptó su capacidad económica [556] para pagar la pensión de sus hijos, nos solicita que determi-nemos la forma correcta de adjudicar la aportación económica que le correspondería asumir a la persona custo-dia en estos casos. El recurso que hoy atendemos nos brinda la oportunidad de aclarar ciertos vacíos normativos que sur-gieron a raíz de la norma jurisprudencial que postula que los alimentantes que aceptan tener capacidad económica no están obligados a descubrir su información económica. Así también, nos expresamos en tomo a la jurisdicción del Tribunal de Primera Instancia para imponer una pensión en casos en que, al momento de la celebración de la vista evi-denciaría para ello, el menor ya ha alcanzado la mayoridad, pero continúa cursando estudios universitarios y no ha pre-sentado una petición de alimentos a nombre propio.
I
Los hechos de este caso son sencillos y sobre éstos no existe controversia.
La Sra. Marisol Santiago Texidor (madre custodia o se-ñora Santiago) y el señor Maisonet —divorciados en el 1994— procrearon dos hijos, quienes al momento de los hechos que originaron este pleito vivían bajo la custodia de la señora Santiago. Como parte de su obligación alimenta-ria, el señor Maisonet estuvo pagando una pensión de $1,200 mensuales a favor de los menores.
Footnotes
187 P.R. 550 (Santiago Texidor v. Maisonet Correa) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.