In re Marrero Luna

166 P.R. Dec. 578
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedDecember 20, 2005
DocketNúmeros: AB-1995-47; CP-2004-1
StatusPublished
Cited by4 cases

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In re Marrero Luna, 166 P.R. Dec. 578 (prsupreme 2005).

Opinion

per curiam:

El abogado José G. Marrero Luna se encuen-tra suspendido de la profesión según sentencia dictada el 8 de septiembre de 2005. Lo suspendimos por el término de un (1) mes por violar el Canon 38 del Código de Ética Pro-fesional, 4 L.P.R.A. Ap. IX, que le impone a todo abogado el deber de preservar el honor y la dignidad de la profesión. In re De la Texera Barnes, 165 D.P.R. 526 (2005). En virtud de nuestro poder inherente para reglamentar la profesión de la abogacía en Puerto Rico, procedemos a extender la suspensión del señor Marrero Luna por un término indefi-nido debido a su incumplimiento injustificado con las órde-nes de este Tribunal. In re Añeses, 117 D.P.R. 134 (1986).

I

A raíz de una auditoría realizada a la extinta Corpora-ción Azucarera de Puerto Rico, el 4 de mayo de 1995, el contralor interino Luis M. Malpica Rodríguez presentó una queja ante este Tribunal contra el abogado José G. Marrero Luna.

El 13 de septiembre de 1995 le ordenamos al Procurador General investigar la queja presentada. El Procurador Ge[581]*581neral enfrentó una serie de obstáculos durante el trámite de la investigación y no fue hasta el 2004 que se encontró en posición de investigar la queja contra el señor Marrero Luna. El 24 de junio de 2004 dictamos resolución conce-diendo un término de noventa días al Procurador General para que sometiera el informe correspondiente. Como parte de la investigación, el 3 de agosto de 2004, el Procu-rador General le envió una copia de la queja al señor Ma-rrero Luna mediante una carta certificada con acuse de recibo, en la que le solicitó que presentara su posición al efecto en un término de diez días. Además, le requirió que entregara copia de los documentos que tuviera en su poder con relación a la queja presentada. Dicha carta fue enviada a la dirección que consta en la Secretaría del Tribunal Supremo, así como a la dirección que surge del directorio del Colegio de Abogados del 2004. Además, se le envió una carta al abogado José A. De la Texera Barnes, represen-tante legal del señor Marrero Luna.

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