In re Collado Ruiz
Opinion
Los hechos acaecidos en este caso nos permi-ten reiterar a los miembros de la profesión jurídica que la práctica de la notaría requiere un alto grado de dedicación y esmero en su ejecución. Cuando no se ejerce la notaría [708] con el empeño requerido, se coloca en riesgo la fe pública, que es la piedra angular de nuestro derecho notarial. Vea-mos los antecedentes fácticos que originaron este procedi-miento disciplinario.
I
La Leda. Carmen del R. Collado Ruiz (licenciada o que-rellada) fue admitida al ejercicio de la abogacía el 6 de no-viembre de 1979 y al de la notaría el 30 de noviembre del mismo año.
El 26 de abril de 1989, la licenciada Collado Ruiz autorizó un contrato privado de compraventa de un solar que no estaba segregado ni inscrito en el Registro de la Propiedad.
Footnotes
195 P.R. Dec. 705 (In re Collado Ruiz) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.