Del Valle Mujica, Francisca v. Ex Parte

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedMay 8, 2025
DocketKLCE202300133
StatusPublished

This text of Del Valle Mujica, Francisca v. Ex Parte (Del Valle Mujica, Francisca v. Ex Parte) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Del Valle Mujica, Francisca v. Ex Parte, (prapp 2025).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL

FRANCISCA DEL VALLE CERTIORARI MUJICA Y OTROS procedente del Tribunal PETICIONARIA(S)-PETICIONARIA(S) de Primera Instancia, Sala Superior de CAROLINA

EX PARTE KLCE202300133 Caso Núm. CN2021CV00245 (403) MINISTERIO PÚBLICO RECURRIDA(S)

Sobre: Expediente de Dominio

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, la Juez Barresi Ramos y Lebrón Nieves.1

Barresi Ramos, juez ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, hoy día 8 de mayo de 2025.

Comparecen ante este Tribunal de Apelaciones, la señora FRANCISCA

DEL VALLE MUJICA y OTROS (DEL VALLE MUJICA y OTROS) mediante Petición

de Certiorari incoada el 13 de febrero de 2023.2 En su escrito, nos solicitan que

revisemos la Resolución Final emitida el 12 de diciembre de 2022 por el

Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala Superior de Carolina.3 Mediante

dicha determinación judicial, se declaró no ha lugar la Petición sobre

1 En virtud de la Orden Administrativa OATA-2025-019 de 10 de febrero de 2025, la Juez Lebrón Nieves sustituyó a la Jueza Rivera Pérez quien cesó de ejercer funciones en el Tribunal de Apelaciones. 2 DEL VALLE MUJICA y OTROS son miembros de las sucesiones de Don Hipólito Del Valle Velázquez y su esposa, Doña Justina Mujica Santaella. La sucesión está compuesta por: Francisca, María Teresa, Nemesio, Ángel María, Rosa Elba, todos de apellidos Del Valle Mujica; Hilda Violeta Mujica Del Valle; Héctor William Mujica Del Valle; Luz Ahilda Del Valle Ramírez; Luz Aleyda Del Valle Ramírez; Erika Fernanda Del Valle Carrasquillo; José Efraín Del Valle Carrasquillo; Kiomarie Del Valle Mojica; Lisa Michelle Del Valle Mojica; Iris Delia Del Valle Velázquez; Luz Elba Del Valle Velázquez; Lydia Esther Del Valle Velázquez; José Antonio Rodríguez Del Valle; Luz Mercedes Rodríguez Del Valle y Nilda Luz Rodríguez Del Valle. Apéndice de la Petición de Certiorari, págs. 124– 129. 3 Este dictamen fue notificado y archivado en autos el 14 de diciembre de 2022. Apéndice de la Petición de Certiorari, págs. 176– 188.

Número Identificador: SEN2025___________ KLCE202300133 Página 2 de 19

expediente de dominio por falta de inmatriculación (Petición) presentada el

9 de agosto de 2021 por DEL VALLE MUJICA y OTROS.

Exponemos el trasfondo fáctico y procesal que acompaña a la presente

controversia.

-I-

El 9 de agosto de 2021, DEL VALLE MUJICA y OTROS entablaron una

Petición juramentada sobre expediente de dominio por falta de

inmatriculación.4 En su petitorio, DEL VALLE MUJICA y OTROS manifestaron

que, para el 10 de agosto de 1934, los señores HIPÓLITO DEL VALLE VELÁZQUEZ

y JUSTINA MUJICA SANTAELLA adquirieron mediante Escritura de Compra-venta

de Finca Rústica, suscrita ante el notario Eduardo H. F. Dottin, una parcela

de dos (2) cuerdas ubicada en el municipio de Loíza, Puerto Rico.5 DEL VALLE

MUJICA y OTROS alegaron que el inmueble tiene un valor de $20,000.00 y un

número de catastro en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales

(CRIM).6 Además, expusieron que los dueños anteriores eran los señores

Carmelo Mojica y Bárbara Velázquez, casados entre sí. Adujeron ser dueños

por herencia de los dos (2) predios, pues ambos forman parte de una finca

agrupada. Puntualizaron que existe un plano certificado por el agrimensor

Víctor Figueroa Flecha acreditando que las fincas en controversia están

agrupadas.

Así las cosas, el 17 de agosto de 2021, se dictó una Orden en la cual se

les concedió a DEL VALLE MUJICA y OTROS un término de treinta (30) días

para acreditar la notificación de la Petición y el plano de mensura a: (1) los

dueños anteriores; (2) los dueños de las fincas colindantes; (3) Fiscal de

Distrito; (4) Autoridad de Energía Eléctrica (AEE); (5) Autoridad de

Acueductos y Alcantarillados (AAA); (6) Autoridad de Tierras de Puerto Rico

(ATPR); (7) Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA); (8)

4 Apéndice de la Petición de Certiorari, págs. 1– 58. 5 Íd., 14- 23. 6 Según surge del expediente, el número de catastro es el 146-006-300-01. KLCE202300133 Página 3 de 19

municipio de Loíza; y (9) LUMA Energy (LUMA), so pena de desestimar la

reclamación.

Examinada la Petición, el 18 de agosto de 2021, se dictaminó Orden de

Citación Personal y por Edicto.7 En dicha Orden, se requirió la citación

personal de la señora Carmen Iris Mujica, persona que residía en la finca

objeto del procedimiento, y a quien se le reconoció un derecho real en

representación del fallecido señor Juan Mujica. Asimismo, se impuso la

citación por edictos de los dueños anteriores de la finca en cuestión: los

señores Carmelo Mojica y Bárbara Velázquez; los señores Fernando Mojica y

Bárbara Rivera; y los señores Ceferino Castro y Locadia Carrasquillo. Se

precisó que el edicto debía contener la descripción original de la finca y de la

finca nueva; así como, la publicación del edicto debía ser en un rotativo de

circulación general tres (3) veces y durante un término de veinte (20) días.

Algunas semanas después, el 2 de septiembre de 2021, el MINISTERIO

PÚBLICO presentó su Dictamen Fiscal.8 En síntesis, pormenorizó que DEL

VALLE MUJICA y OTROS contaban con méritos suficientes para un dictamen

favorable. Sin embargo, debían cumplir con todos los requisitos de ley,

particularmente y aun desconociendo su paradero actual, notificar debida y

oportunamente, a la última dirección conocida, a todos los colindantes y a

todas las partes que pudieran tener algún interés en el procedimiento. De

igual manera, afirmó que no se oponía a la Petición.

El 15 de septiembre de 2021, DEL VALLE MUJICA y OTROS presentaron

una Moción en Cumplimiento de Orden.9 En esencia, informaron haber

cumplido con las notificaciones requeridas y acompañaron copia de todos los

recibos de correo certificado (Certified Mail Receipt).

7 Apéndice de la Petición de Certiorari, págs. 59- 61. 8 Íd., págs. 62– 65. 9 Íd., págs. 64– 72. La notificación incluyó a los colindantes; las agencias y dependencias del Gobierno de Puerto Rico; y municipios. Cabe destacar, que en cuanto a la notificación de los dueños anteriores, el 18 de agosto de 2021, mediante Orden se les relevó de citar personalmente a los dueños o sus herederos y permitió dirigir copia de la petición por correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. KLCE202300133 Página 4 de 19

El 20 de septiembre de 2021, la AAA presentó Moción Expresando

Posición y Solicitud para que se Exima a la Autoridad de Futuras

Comparecencias.10 Expresó no tener objeción a que se continuara con el

procedimiento, toda vez que, la finca no colinda con propiedad perteneciente

a la AAA; en el predio no existen estructuras o discurren infraestructuras

pertenecientes a la AAA; y pidió se le eximiera de futuras comparecencias.

Como resultado, el 20 de septiembre de 2021, se dispuso Orden en la cual se

excusó a la AAA del procedimiento y el cese de notificación.11

Más adelante, el 15 de octubre de 2021, DEL VALLE MUJICA y OTROS

presentaron una Moción Informativa y en Cumplimiento de Orden.12 En esta,

revelaron que el 30 de septiembre de 2021, la señora Carmen Iris Mujica

Jiménez, quien ocupa la finca en cuestión, fue debidamente citada y

notificada mediante diligenciamiento personal.

El 20 de octubre de 2021, LUMA presentó una Moción Informativa en

Oposición al Dominio en la cual consignó que después de realizar una

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

Buscaglia v. Tribunal de Contribuciones
70 P.R. Dec. 72 (Supreme Court of Puerto Rico, 1949)
Ex parte Rosario Andino
75 P.R. Dec. 698 (Supreme Court of Puerto Rico, 1953)
Rodríguez Figueroa v. El Registrador de la Propiedad de Guayama
75 P.R. Dec. 712 (Supreme Court of Puerto Rico, 1953)
Professional Realty Corp. v. Tesorero de Puerto Rico
78 P.R. Dec. 17 (Supreme Court of Puerto Rico, 1955)
García Commercial, Inc. v. Secretario de Hacienda
80 P.R. Dec. 765 (Supreme Court of Puerto Rico, 1958)
Lluch v. España Service Station
117 P.R. Dec. 729 (Supreme Court of Puerto Rico, 1986)
Ex parte Nieves Osorio
127 P.R. Dec. 907 (Supreme Court of Puerto Rico, 1991)
Feliberty Padró v. Pizarro Rohena
147 P.R. Dec. 834 (Supreme Court of Puerto Rico, 1999)
García Morales v. Padró Hernández
165 P.R. Dec. 324 (Supreme Court of Puerto Rico, 2005)
Medina Nazario v. McNeil Healthcare LLC
194 P.R. Dec. 723 (Supreme Court of Puerto Rico, 2016)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
Del Valle Mujica, Francisca v. Ex Parte, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/del-valle-mujica-francisca-v-ex-parte-prapp-2025.