Administración de Servicios Generales v. Municipio de San Juan
Opinion
emitió la opinión del Tribunal.
El caso del epígrafe nos permite aclarar el alcance de la jurisdicción de la Comisión para Resolver Controversias sobre Pagos y Deudas entre Agencias Gubernamentales (Comisión). Esto, en consideración al argumento del Municipio de San Juan (Municipio) de que la Comisión no tiene autoridad para dilucidar la existencia de una deuda que, según aduce la Administración de Servicios Generales, posee el referido Municipio con dicha agencia gubernamental. Veamos.
[341] I
En febrero de 2003, la Administración de Servicios Generales (Administración) presentó ante la Comisión una querella contra el Municipio. Adujo que el Municipio le adeudaba $311,766.57 por servicios de transporte y mantenimiento de vehículos, almacén, imprenta y otros servicios administrativos provistos por la Administración entre 1999 y 2002. Igualmente, sostuvo que había facturado mensualmente por estos servicios y que había realizado varias gestiones de cobro, pero que el Municipio no respondió. Alegó, además, que esta falta de pago lesionaba su solvencia económica y, por lo tanto, sus operaciones, ya que tenía que generar sus propios fondos para mantenerse laborando.
Luego de ciertos trámites, el Municipio, sin someterse a la jurisdicción de la Comisión, presentó una moción en la cual solicitó la paralización de los procesos. Informó que había impugnado ante el tribunal de instancia la constitucionalidad de la ley habilitadora de la Comisión
Footnotes
168 P.R. 337 (Administración de Servicios Generales v. Municipio de San Juan) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.