Velazquez Flores, Selma v. Jta Dir Y Con De Tit Del Cond the Reside

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedFebruary 7, 2025
DocketKLRA202500002
StatusPublished

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Velazquez Flores, Selma v. Jta Dir Y Con De Tit Del Cond the Reside, (prapp 2025).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VII

SELMA I. VELÁZQUEZ REVISIÓN FLORES ADMINISTRATIVA procedente del Recurrente Departamento de Asuntos Del v. KLRA202500002 Consumidor (DACo)

JUNTA DIRECTORES Y Caso Núm.: CONSEJO TITULARES C-SAN-2023-0015391 COND. THE RESIDENCES AT PARQUE ESCORIAL; Sobre: JAIME RODRÍGUEZ, Ley de Condominios PRESIDENTE; SPORT PAINTING

Recurridos

Panel integrado por su presidenta, la Juez Domínguez Irizarry, el Juez Ronda Del Toro y el Juez Pérez Ocasio

Ronda Del Toro, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 7 de febrero de 2025.

Selma I. Velázquez Flores solicita que se revoque la

Resolución Parcial que emitió y notificó el Departamento de

Asuntos del Consumidor (DACo) el 12 de noviembre de 2024. En

esta, el DACo desestimó la querella que presentó Velázquez Flores

contra el coquerellado Sport Painting, Inc.

Evaluado el recurso, se Confirma la Resolución Parcial

recurrida.

I.

El 19 de mayo de 2023, Selma I. Velázquez Flores,

(recurrente o Velázquez Flores) presentó una querella en el DACo

en contra del Consejo de Titulares del Cond. The Residences at

Parque Escorial, el presidente de la Junta de Directores, Jaime

Rodríguez y contra Sport Painting, Inc., representado por Esteban

Rodríguez. En síntesis, alegó que es la titular de un apartamento

en el Condominio The Residences at Parque Escorial. Que el

Número Identificador SEN2025 ________ KLRA202500002 2

presidente de la Junta de Directores firmó un contrato de obras

de pintura y reemplazo de tejas para el referido condominio con

Sport Painting, Inc. (Sport Painting). En la querella, aludió a

varias partes del contrato, entre ellas, en el inciso catorce (14) de

la querella informó lo siguiente:

Cláusula decima quinta (15) indica que, “[e]l Contratista será responsable por cualquier daño y perjuicio ocasionado a tercero por cualquier acción negligente u omisión de sus empleados, supervisores, personal subcontratado, etc., y expresamente releva al Condominio de cualquier reclamación de esta naturaleza. El Contratista será responsable de remover diariamente de su área de trabajo todos los equipos utilizados, así como cualquier escombro o basura generada. El Contratista no será responsable del daño a propiedad de residentes, objetos y/o pertenencias en sus terrazas, balcones, escaleras, pasillos, etc., a sabiendas de que se está limpiando y sellando los techos, y debían remover las mismas.1”

Señaló que la remoción de tejas y, demás material del techo

de su apartamento le causó que filtrara agua por varias lámparas

del interior de su apartamento. Sostuvo la recurrente que le

comunicó a varias personas que corrigieran las filtraciones y no

recibió respuesta. Señaló que la Junta de Directores ha sido

negligente en reclamar el cumplimiento al contratista, así como,

al supervisar las labores de este. Agregó que Sport Painting

incumplió el contrato con el Condominio The Residences en

perjuicio de la querellante al causarle filtraciones a su

apartamento, causar hongo en el techo de su apartamento,

romper un “codo”, dejar áreas sin pintar, no sellar adecuadamente

el área de los chaise en la azotea, entre otras. En consecuencia,

le solicitó al DACo que le ordenara a las querelladas a cumplir con

el contrato y reparar las filtraciones causadas, que limpien las

áreas que mancharon de pintura, remuevan el cemento de

losetas, y azotea sin dañar o romper el tratamiento de piso de la

azotea, sustituyan el codo que rompieron, sellen adecuadamente

1 Apéndice, págs. 2 y 3, inciso 14. KLRA202500002 3

el área del chaise de la azotea, limpien y pinten el área con

hongos. Asimismo, solicitó la indemnización de los daños, que la

demora de los querellados en cumplir con sus obligaciones le

causó a la querellante Velázquez Flores.2

En respuesta, el 8 de septiembre de 2023, Sport Painting

presentó una Moción Solicitando Desestimación. Adujo que la

querellante no formó parte del contrato que suscribió Sport

Painting con la Junta de Directores del Condominio. Señaló que,

de existir alguna controversia relacionada al contrato, le compete

únicamente al coquerellado Consejo de Titulares, reclamarle a

Sport Painting. Sostuvo que la querellante no tenía interés

legítimo para con Sport Painting para reclamar dentro de la

jurisdicción del DACo.

El 17 de octubre de 2024, la querellante presentó un escrito

intitulado Oposición a Moción de Desestimación de Sport Painting.

Trabada la controversia y luego de otros trámites, el DACo

emitió una Resolución Parcial, mediante la cual desestimó la

querella respecto a Sport Painting y ordenó la continuación de los

procedimientos respecto a los restantes querellados. En la

referida resolución el DACo emitió las siguientes determinaciones

de hechos:

1. La parte querellante, Selma I. Velázquez Flores es titular del apartamento 1831 del Condominio The Residences at Parque Escorial localizado en Carolina, Puerto Rico. Adquirió dicha propiedad mediante la escritura número 78, otorgada el 13 de mayo de 2002 ante el notario José W. Cartagena.

2. El Condominio The Residences at Parque Escorial está sometido al régimen de Propiedad Horizontal.

3. El 19 de mayo de 2023, la parte querellante presentó la querella de epígrafe contra la Junta de Directores y/o Consejo de Titulares del Condominio The Residences at Parque Escorial y Sport Painting, Inc. En la misma alega en síntesis que en el año 2022 el condominio firmó un contrato con Sport Painting,

2 Apéndice, págs. 3-4. KLRA202500002 4

Inc., intitulado Contrato de obras de pintura y reemplazo de tejas para el condominio The Residences at Parque Escorial. Se alega que los trabajos de dicho contrato se sufragan con dineros provenientes de la compensación provista por una aseguradora; que el Consejo de Titulares ha solicitado dinero de la cuenta de reserva para la obra; que la remoción de las tejas y demás material del techo del apartamento le ha causado daños a dicho inmueble; y que la coquerellada Sport Painting, Inc. ha incumplido con el contrato en perjuicio de la parte querellante. La parte querellante solicita que se cumpla y haga cumplir el contrato, se lleven a cabo las reparaciones y se le compensen daños.

4. El pasado 4 de abril de 2022 la parte coquerellada, Consejo de Titulares del Condominio The Residences at Parque Escorial, representada por su presidente Jaime Rodríguez, y la coquerellada Sport Painting, Inc. suscribieron un contrato intitulado Contrato de obras de pintura y reemplazo de tejas para el condominio The Residences at Parque Escorial. La parte querellante, Selma I. Velázquez no formó parte de dicho contrato ni participó en el mismo.

5. Entre las labores a realizarse en dicho contrato además de la pintura se encontraba la pintura exterior de los edificios y áreas comunes, así como el reemplazo de tejas, incluyendo su sellado. El contrato estableció que los trabajos tendrían una garantía de 5 años y un año en las tejas. La parte querellante no participó en este contrato.

6. No se presentó evidencia alguna que estableciera que Sport Painting, Inc. hubiese tenido algún vínculo contractual con la parte querellante para las obras de pintura y reparación de tejas en el condominio.

El DACo evaluó las disposiciones aplicables a la Ley de

Condominios de Puerto Rico. Entendió el referido foro que la

querellante alegó ciertos defectos en áreas comunes que le

afectan en su apartamento. Enunció que la parte querellante no

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Ex parte: Aprobación de Cambio de Estatus Inactivo de octubre de 2024
2024 TSPR 124 (Supreme Court of Puerto Rico, 2024)

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