Tropical Fruit, S.E. v. Torres & Torres Certified Public Accountants & Business Consultants, P.S.C.; Roberto Torres Torres Y Wanda Quiñones Nieves

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedOctober 31, 2025
DocketTA2025CE00290
StatusPublished

This text of Tropical Fruit, S.E. v. Torres & Torres Certified Public Accountants & Business Consultants, P.S.C.; Roberto Torres Torres Y Wanda Quiñones Nieves (Tropical Fruit, S.E. v. Torres & Torres Certified Public Accountants & Business Consultants, P.S.C.; Roberto Torres Torres Y Wanda Quiñones Nieves) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

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Tropical Fruit, S.E. v. Torres & Torres Certified Public Accountants & Business Consultants, P.S.C.; Roberto Torres Torres Y Wanda Quiñones Nieves, (prapp 2025).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL

Tropical Fruit, S.E. APELACIÓN procedente del Apelado Tribunal de Primera Instancia, Sala vs. Superior de Ponce TA2025AP00084 Torres & Torres Civil Núm.: Certified Public cons. con J AC2012-0572 Accountants & Business Consultants, TA2025CE002901 Sobre: P.S.C.; Roberto Torres Incumplimiento de Torres y Wanda Contrato, Mala Fe Quiñones Nieves Contractual, Cobro de lo Indebido Apelantes

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Colón, la Juez Lebrón Nieves y el Juez Rodríguez Flores.

Rivera Colón, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de octubre de 2025

Comparecen Torres & Torres Certified Public Accountants &

Business Consultants, PSC y el Sr. Roberto Torres Torres

(conjuntamente, parte apelante), a los fines de solicitar la

revocación de la Sentencia emitida el 30 de mayo de 20252, y la

revisión de la Resolución dictada el 25 de junio de igual año3, por

el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce (TPI o

foro primario). Mediante el primer dictamen, el foro primario

declaró Con Lugar la Demanda sobre cobro de lo indebido, instada

por Tropical Fruit, S.E. (Tropical Fruit o parte apelada). En el

segundo, declaró Ha Lugar el Memorando de Costas presentado

por la parte apelada.

1 El 27 de agosto de 2025, este Tribunal emitió una Resolución en la cual ordenamos la

consolidación del escrito de apelación con la petición de Certiorari de conformidad con la Regla 44.1 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, R. 44.1. 2 Notificada el 5 de junio de 2025. 3 Notificada el 15 de julio de 2025. TA2025AP00084 cons. TA2025CE00290 2

Examinada la totalidad del expediente, a la luz del derecho

vigente, confirmamos la Sentencia apelada. No obstante,

modificamos la Resolución recurrida, y así modificada,

confirmamos, por los fundamentos que expondremos a

continuación.

I.

El 17 de octubre de 2012, Tropical Fruit instó una Demanda

de cobro de lo indebido en contra de Torres & Torres y su

presidente, el Sr. Torres Torres. En síntesis, alegó que, durante el

periodo del 2010 al 2011, el Sr. Torres Torres, contable de la

compañía apelada, sobrefacturó la cantidad de $124,321.00, en

incumplimiento contractual.

En vista de ello, el 6 de diciembre de 2012, la parte apelante

presentó su Contestación a la Demanda4, en la cual negó la

mayoría de las alegaciones levantadas en su contra. En esencia,

arguyó que, la parte apelada emitió todos los pagos

fundamentados en justa causa.

Luego de múltiples acontecimientos procesales5, el foro

primario celebró el juicio. Evaluada la prueba testimonial, pericial

y documental desfilada en dicho proceso, el 30 de mayo de 2025, el

TPI emitió la Sentencia, notificada el 5 de junio de 2025, en la cual

declaró Con Lugar la Demanda instada en cobro de lo indebido.

En lo pertinente, formuló las siguientes determinaciones de

hechos:

1. Tropical Fruit, S.E., es una sociedad especial organizada de conformidad con las Leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

4 El 16 de mayo de 2013, Tropical Fruit radicó una Demanda Enmendada, a los únicos

efectos de incluir a Universal Insurance Company como parte demandada. 5 El 29 de diciembre de 2020, el Sr. Torres Torres presentó una Moción de Sentencia

Sumaria a los fines de que se desestimara la reclamación instada en su contra. Señaló que, no se constituyeron los elementos de la doctrina de cobro de lo indebido, y agregó que no procede el descorrimiento del velo corporativo. Presentada la oposición de Tropical Fruits, el 7 de octubre de 2021, el TPI emitió una Resolución en la que declaró No Ha Lugar la petición de sentencia sumaria. En esencia, formuló una serie de determinaciones de hechos controvertidos e incontrovertidos. Estos últimos hechos quedaron recogidos en la Sentencia apelada. TA2025AP00084 cons. TA2025CE00290 3

2. Torres & Torres Certified Public Accounts and Business Consultants, P.S.C., es una entidad organizada de conformidad con las Leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. 3. El Sr. Torres es presidente y, consecuentemente, empleado de Torres & Torres Certified Public Accountants and Business Consultants. 4. El Sr. Torres, en representación de Torres & Torres Certified Public Accountants and Business Consultants, C.S.P. suscribió un acuerdo con Tropical Fruit, S.E., el 8 de enero de 2008 para ofrecer servicios de contabilidad y contributivos a dicha sociedad especial. 5. Toda la facturación realizada a Tropical Fruits, S.E. en relación a los servicios pactados fue realizada por Torres & Torres. De igual modo, todos los pagos emitidos por Tropical Fruit, S.E. en relación a los servicios contratados con Torres & Torres fueron realizados a Torres & Torres CPA, PSC. 6. El 10 de enero de 2008, Tropical Fruit, SE por conducto de su socio administrador Avshalom Lubin contrató los servicios de Torres & Torres Certified Public Accountants & Business Consultants, P.S.C. ("Torres & Torres) presidida por el codemandado Roberto Torres Torres (en adelante Torres). Entre otras tareas, Torres & Torres estaba encargada de llevar, mantener y manejar los libros y récords de contabilidad de Tropical Fruit. Con el pasar de los meses, Tropical Fruit contrató a Torres & Torres para la prestación de otros servicios. Según los términos y condiciones pactados, los servicios de contabilidad serían pagados a base de una tarifa fija mensual (iguala) de $1,500.00 mensuales para un total de $18,000.00 anuales.[…] 7. El contrato entre Torres & Torres no provee para el pago de servicios profesionales a una tarifa por hora. Según el contrato, la única excepción es "si se nos requiere hacer gestiones en las agencias pertinentes estas se cobrarán por separado a nuestras tarifas por hora". 8. El contrato de servicios profesionales no identificó las tarifas por hora a las que tendría derecho Torres & Torres "si se nos requiere hacer gestiones en las agencias pertinentes". 9. Torres & Torres no notificó por escrito las tarifas por horas a Tropical Fruit. 10. El contrato de servicios fue redactado por el Sr. Torres. Del testimonio del Sr. Torres se desprende, además, que era quien estuvo activo en conversaciones con Tropical Fruit. 11. El contrato de servicios firmado el 10 de enero de 2008 es el único contrato para proveer servicios profesionales de contabilidad suscrito entre Tropical Fruit & [sic] Torres & Torres. Eso abarca los servicios allí descritos y los de teneduría de libros (“bookkeeping”). Los otros dos [sic] contratos suscritos entre Tropical Fruit y Torres & Torres atendían otras tareas y servicios. TA2025AP00084 cons. TA2025CE00290 4

12. Las facturas de Torres y Torres no desglosan las horas trabajadas por el "staff', ni por el propio Sr. Torres. 13. El Sr. Torres es el único accionista de Torres & Torres. 14. Los servicios de Torres & Torres se prestaban físicamente en la oficina de Tropical Fruit porque allí estaba la computadora donde se mantenía el sistema computarizado de contabilidad. Tropical Fruit le dio al Sr. Roberto Torres y a Torres & Torres acceso a la computadora de Tropical Fruit donde se mantenía el sistema computarizado de contabilidad. 15. El acceso a la información almacenada en la computadora y al sistema computarizado de contabilidad estaba controlado con una clave de acceso o contraseña de la cual el Sr. Roberto Torres y Torres & Torres tenían conocimiento. 16. El Sr. Torres era el que preparaba las facturas de Torres & Torres. 17. En adición al contrato de servicios profesionales del 10 de enero de 2008, Torres & Torres presentó otras tres propuestas de servicios que fueron aceptadas por Tropical Fruit: a.

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