Tcg Investments LLC; Christopher Foster; Ramón Ortiz; Chester Kwong v. Remedy Ventures II, LLC

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided September 9, 2025·No. TA2025AP00209·Published

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VIII

TCG INVESTMENTS LLC; Apelación procedente del CHRISTOPHER FOSTER; Tribunal de Primera RAMÓN ORTIZ; CHESTER Instancia, Sala Superior KWONG de San Juan TA2025AP00209

APELANTES Caso Núm.

v SJ2025CV006506

REMEDY VENTURES II, Sobre: Sentencia LLC Declaratoria; Injunction Preliminar y Permanente

APELADO

TCG INVESTMENTS LLC; Apelación procedente del CHRISTOPHER FOSTER; Tribunal de Primera RAMÓN ORTIZ; CHESTER Instancia, Sala Superior KWONG de San Juan TA2025AP00320

APELANTES Caso Núm.

V SJ2025CV006506

REMEDY VENTURES II, Sobre: Sentencia LLC Declaratoria; Injunction Preliminar y Permanente

APELADO

Panel integrado por su presidenta, la Juez Lebrón Nieves, el Juez Pagán Ocasio, y la Jueza Álvarez Esnard.

Pagán Ocasio, juez ponente S EN T EN C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 9 de septiembre de 2025.

I.

El 6 de agosto de 2025, Christopher Foster (Foster), el señor Ramón Ortiz (Ortiz) y el señor Chester Kwong (Kwong) (conjuntamente, parte apelante) comparecieron ante nos y presentaron una Apelación en la que solicitaron que revoquemos la Sentencia Parcial emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI o foro primario) el 18 de julio de 2025,

notificada y archivada digitalmente en autos el mismo día. 1 Mediante dicho dictamen, el TPI desestimó la solicitud del remedio extraordinario de injunction preliminar y permanente tras concluir que la parte apelante cuenta con un remedio adecuado en ley. En consecuencia, ordenó la reasignación del pleito a una sala de trámite civil ordinario.

El 19 de agosto de 2025, emitimos una Resolución en la que concedimos a la parte apelada Remedy Ventures II, LLC (Remedy o parte apelada) hasta el 5 de septiembre de 2025 para presentar su alegato en oposición.

El 28 de agosto de 2025, la parte apelante presentó una Moción de orden provisional en auxilio de jurisdicción en la que solicitó que ordenemos la paralización de los procedimientos de arbitraje ante la American Arbitration Association (AAA) relacionados al caso de marras hasta tanto se resuelva este recurso.

El 26 de agosto de 2025, emitimos una Resolución en la que concedimos a la parte apelada hasta el 29 de agosto de 2025 para exponer su posición con relación a la solicitud de orden en auxilio de jurisdicción.

Por su parte, el 29 de agosto de 2025, la parte apelada presentó una Moción de desestimación alegando falta de jurisdicción sobre la persona porque no había sido debidamente emplazada.

Posteriormente, el 2 de septiembre de 2025, la parte apelada presentó una Moción suplementando moción de desestimación en la que discutió tanto la solicitud de desestimación como el recurso mismo.

Ese mismo día, emitimos una Resolución en la que concedimos a la parte apelante hasta el 5 de septiembre de 2025 para exponer su posición a la solicitud de desestimación.

1 Véase la Entrada Núm. 4 del expediente digital del caso en el Sistema Unificado de Manejo y Administración de Caso del TPI (SUMAC-TPI).

El 4 de septiembre de 2025, la parte apelante presentó una Oposición a “moción de desestimación” en la que solicitó que se deniegue la moción de desestimación, se expida la solicitud de orden en auxilio de jurisdicción paralizando los procedimientos de arbitraje y se revoquen los dictámenes emitidos por el TPI.

El 5 de septiembre de 2025, Remedy presentó un Alegato de la parte apelada en el que solicitó que se desestime la Apelación.

Por otro lado, el 8 de septiembre de 2025, la parte apelante de epígrafe presentó otra Apelación en la que solicitó la revocación de la Sentencia emitida por el TPI el 15 de agosto de 2025, notificada y archivada digitalmente en autos en la misma fecha. A ese recurso se le asignó el alfanumérico TA2025AP00320. Junto a ese recurso, presentó una Moción de orden provisional en auxilio de jurisdicción, en la que también solicitó que se ordene la paralización de los procedimientos de arbitraje ante la AAA relacionados a este caso.

Ese mismo día, la parte apelante presentó una Solicitud de consolidación en la que solicitó que se consolidara el caso TA2025AP00320 con este caso.

Al día siguiente, emitimos una Resolución en la que ordenamos la consolidación de ambos casos por tratarse de una misma controversia.

Con el beneficio de la comparecencia de las partes pormenorizamos los hechos procesales atinentes a ambos recursos de Apelación.

II.

El 17 de julio de 2025, TCG Investments, LLC (TCG) y los señores Foster, Ortiz y Kwong presentaron una Demanda en solicitud de injunction preliminar y permanente y sentencia declaratoria en contra de Remedy.2 Indicaron que TCG y Remedy

2 Véase Entrada Núm. 1 del expediente del caso en SUMAC-TPI.

suscribieron un contrato titulado “Credit Agreement” (Contrato), como “Borrower” y “Lender” respectivamente. Según alegaron, dicho Contrato no incluye a sus miembros en su capacidad personal. Los señores Foster, Ortiz y Kwong adujeron que firmaron el Contrato como miembros de TCG en carácter exclusivamente corporativo. Asimismo, mencionaron que el Contrato incluye una cláusula de arbitraje pero que, en virtud del mismo contrato, la cláusula no puede extenderse a personas naturales, como ellos, que no hayan suscrito el acuerdo en su capacidad personal ni asumido obligación como garantes.

Así las cosas, señalaron que Remedy presentó ante la AAA una demanda de arbitraje en contra de TCG y la parte apelante alegando que tanto TCG como los señores Foster, Ortiz y Kwong responden solidariamente por la deuda reclamada. No obstante, estos arguyeron que ninguno de ellos suscribió el Contrato en su carácter personal, no consintieron a someterse a arbitraje en su capacidad individual, ni firmaron garantía personal que tuviera cláusula arbitral, sino que fue suscrito exclusivamente por TCG.

Por tales hechos, solicitaron al TPI la expedición de un injunction preliminar y permanente que paralizara el procedimiento arbitral instado por Remedy en contra de los señores Foster, Ortiz y Kwong en su carácter personal y, que se declarase que no se les puede obligar a someterse a arbitraje.

Al día siguiente, el TPI emitió una Sentencia Parcial mediante la cual desestimó el recurso de injunction preliminar y permanente y, como consecuencia, ordenó la reasignación del caso al trámite civil ordinario.3 El foro primario determinó que el reclamo no reunió los elementos necesarios para la expedición del recurso extraordinario de injunction solicitado. Concluyó que de las

3 Véase Entrada Núm. 4 del expediente del caso en SUMAC-TPI.

alegaciones surge la existencia de una controversia sobre quiénes son las partes llamadas a responder en virtud del Contrato entre TCG y Remedy. Por ello, resolvió que la parte apelante contaba con remedios adecuados en ley. Incluso, el TPI expresó que la parte apelante reconoció implícitamente la disponibilidad de un remedio adecuado en ley en la causa de acción de sentencia declaratoria. Así, determinó que la sentencia declaratoria sería el vehículo procesal apropiado para dilucidar dicha controversia sobre la existencia, alcance y naturaleza de los derechos de las partes en el Contrato.

El 5 de agosto de 2025, la parte apelante presentó una Moción informativa mediante la cual comunicó que, al igual que TCG, presentaron la contestación a la demanda y mociones dispositivas ante la AAA cuestionando la jurisdicción de dicho foro, pero que aún están en consideración y que, a pesar de ello, la vista preliminar en el proceso arbitral se pautó para el 12 de septiembre de 2025.4 Esta adujo que la celebración de tal vista tendría el efecto de compelerlos a participar de un proceso de arbitraje al que no han consentido y que, precisamente, ese era el perjuicio inminente que pretendía mitigar el injunction solicitado.

Entretanto, inconforme con la determinación del TPI, el 6 de agosto de 2025, la parte apelante presentó ante nos el recurso de Apelación de epígrafe en el que formuló el siguiente señalamiento de error:

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Tcg Investments LLC; Christopher Foster; Ramón Ortiz; Chester Kwong v. Remedy Ventures II, LLC, (prapp 2025).

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