Scotiabank De Puerto Rico v. ZAF Corporations.

2019 TSPR 90
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedMay 9, 2019
DocketCC-2016-299
StatusPublished

This text of 2019 TSPR 90 (Scotiabank De Puerto Rico v. ZAF Corporations.) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Scotiabank De Puerto Rico v. ZAF Corporations., 2019 TSPR 90 (prsupreme 2019).

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Scotiabank de Puerto Rico

Peticionario Certiorari v. 2019 TSPR 90 ZAF Corporation, Granite Stone Design, Inc., Fidel Castillo Ortiz, Zulma 202 DPR ____ Castillo Ortiz y Angelina Ortiz Cintrón

Recurridos

Número del Caso: CC-2016-299

Fecha: 9 de mayo de 2019

Tribunal de Apelaciones:

Región Judicial de Bayamón, Panel V

Abogada de la parte peticionaria:

Lcda. Lynnette Berríos Mercado

Abogada de la parte recurrida:

Lcda. Grace Monge Lafosse

Materia: Derecho Procesal – Criterio para determinar si una solicitud de orden constituye un asunto de descubrimiento de prueba o un remedio provisional en aseguramiento de Sentencia.

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Peticionario

v.

ZAF Corporation, Granite CC-2016-299 Certiorari Stone Design, Inc., Fidel Castillo Ortiz, Zulma Castillo Ortiz y Angelina Ortiz Cintrón

Opinión del Tribunal emitida por el Juez Asociado señor Kolthoff Caraballo

En San Juan, Puerto Rico, a 9 de mayo de 2019.

En esta ocasión nos corresponde determinar si una

Solicitud de orden urgente para que se depositen unos

pagarés en la bóveda del Tribunal de Primera Instancia

constituye un asunto de descubrimiento de prueba o si se

trata de un remedio provisional en aseguramiento de

sentencia.

Por considerar que la Solicitud de orden urgente iba

estrictamente dirigida a probar las alegaciones del caso y

que, además, en nada asegura la efectividad de la

sentencia que en su día emita el Tribunal de Primera

Instancia, CC-2016-299 2

concluimos que estamos ante un asunto de descubrimiento de

prueba y no ante un remedio provisional en aseguramiento

de sentencia. En consecuencia, el Tribunal de Apelaciones

carecía de jurisdicción para revisar el recurso de

certiorari y revocar al Tribunal de Primera Instancia.

I

El caso ante nuestra consideración se originó

mediante la presentación de una demanda por parte de

Scotiabank de Puerto Rico (peticionario) sobre cobro de

dinero y ejecución de hipoteca en contra de ZAF

Corporation, Granite Stone Design, Inc., el Sr. Fidel

Castillo Ortiz, la Sra. Zulma Castillo Ortiz y la

Sra. Angelina Ortiz Cintrón (en conjunto, recurridos). En

resumen, el peticionario alegó que adquirió ciertos

activos de RG Premier Bank (RG) a través del Federal

Deposit Insurance Corporation (FDIC), entre los que se

encontraban 3 préstamos otorgados a los recurridos. Arguyó

que los pagarés adquiridos fueron endosados a su favor y,

además, se catalogó como tenedor de buena fe. Adujo que

los recurridos incumplieron con los términos de los

préstamos al no efectuar los pagos correspondientes. Así,

solicitó que se declarase “ha lugar” la demanda y se

condenara a los recurridos al pago de las sumas adeudadas.

Por su parte, los recurridos enviaron al

peticionario un Primer pliego de interrogatorios,

producción de documentos y requerimiento de admisiones.

Mediante éste, los recurridos solicitaron al peticionario CC-2016-299 3

inspeccionar los pagarés originales y sus correspondientes

anejos para endosos (“allonges”). En respuesta, el

peticionario contestó ese primer pliego y en lo pertinente

indicó que estaba disponible para la inspección de los

pagarés originales y los “allonges” en sus oficinas

principales.1 Tiempo después, las partes se reunieron para

propósitos de realizar la referida inspección.

Posteriormente, los recurridos contestaron la

demanda y presentaron una reconvención. En síntesis, los

recurridos negaron las alegaciones de la demanda y

arguyeron que en las reuniones celebradas entre éstos y el

peticionario éste último se negó a mostrarle un alegado

pagaré suscrito por $2.4 millones. En cuanto a los pagarés

suscritos por $1,528,000 y $872 millones, los recurridos

adujeron que el peticionario no era dueño ni tenedor de

éstos debido a que RG los había vendido en el mercado

secundario de hipotecas y que, consecuentemente, dichos

pagarés fueron convertidos en un valor antes de que el

FDIC interviniese con RG. Conforme a ello, arguyeron que,

al momento de la alegada venta, RG cobró su acreencia y

derivó una ganancia a través de un inversionista que

participó en el mercado secundario. Por ello, los

recurridos adujeron que los pagarés no fueron parte del

listado de activos que adquirió el peticionario mediante

el “Purchase and Assumption Agreement” otorgado entre éste

1 Véase Contestación a primer pliego de interrogatorios, producción de documentos y requerimiento de admisiones, Apéndice de la Petición de certiorari, pág. 753. CC-2016-299 4

y el FDIC. Para sustentar su alegación, los recurridos

anejaron un estudio titulado “Certified Securitization

Analysis”. En consecuencia, alegaron que el peticionario

carecía de legitimación para cobrar la alegada deuda.

Acorde a lo anterior, los recurridos reconvinieron y

presentaron 20 causas de acción, entre ellas: inexistencia

y extinción de los pagarés.

Además, por entender que existía una controversia

en torno a la titularidad y autenticidad de los pagarés,

los recurridos presentaron una Solicitud de orden urgente

para que el peticionario depositara los pagarés en la caja

fuerte de la bóveda del Tribunal de Primera Instancia.2

Ello con el propósito de que un perito realizara una

inspección forense de los pagarés; que se preservara

evidencia para el juicio de epígrafe y tras alegar que

dichos pagarés constituían evidencia potencial de delito,

la cual debía preservarse “para que se ejecut[ara] el

Subpoena Duces Tecum del Gran Jurado que tramitará el

F.B.I tras los resultados de la inspección forense del

pagaré”.3 Nótese que la teoría de los recurridos se basa

en que los pagarés en posesión del peticionario son falsos

porque éstos fueron vendidos en el mercado secundario de

hipotecas y, consecuentemente, tienen que estar en manos

de un custodio designado o, en la alternativa, si los

pagarés son auténticos, entonces el peticionario violentó

2 Véase Solicitud de orden urgente, Apéndice de la Petición de certiorari, págs. 651-656.

3 Íd., págs. 653-654. CC-2016-299 5

varias leyes federales por extraerlos del custodio

designado.

Así, los recurridos solicitaron al foro de

instancia que ordenara el depósito de los pagarés en la

correspondiente bóveda para que “se preserve la evidencia

para el trámite judicial civil estatal y para el

enjuiciamiento criminal que proceda tras el resultado de

la inspección forense de los susodichos pagarés”.4

Posteriormente, el peticionario presentó una

Réplica a la reconvención. En síntesis, negó la mayoría de

las alegaciones y reiteró que no era sucesor de RG, sino

que adquirió los pagarés a través del FDIC por endoso a su

favor, lo que le cataloga como un tenedor de buena fe.

Añadió que los recurridos ratificaron sus obligaciones y

aceptaron al peticionario como acreedor y tenedor mediante

las posteriores modificaciones de los préstamos plasmadas

en el “First Admentment to Loan Agreement”.

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

León Jiménez v. Corte de Distrito de San Juan
52 P.R. Dec. 892 (Supreme Court of Puerto Rico, 1938)
Freeman v. Tribunal Superior
92 P.R. Dec. 1 (Supreme Court of Puerto Rico, 1965)
Stump Corp. v. Tribunal Superior de Puerto Rico
99 P.R. Dec. 179 (Supreme Court of Puerto Rico, 1970)
Rivera Alejandro v. Algarín López
112 P.R. Dec. 830 (Supreme Court of Puerto Rico, 1982)
Rivera Durán v. Banco Popular de Puerto Rico
152 P.R. Dec. 140 (Supreme Court of Puerto Rico, 2000)
Román Fonseca v. Ruiz Gutiérrez
160 P.R. Dec. 116 (Supreme Court of Puerto Rico, 2003)
Estado Libre Asociado v. Casta Developers, S.E.
162 P.R. Dec. 1 (Supreme Court of Puerto Rico, 2004)
Medina Nazario v. McNeil Healthcare LLC
194 P.R. Dec. 723 (Supreme Court of Puerto Rico, 2016)
Cacho Pérez v. Hatton Gotay
195 P.R. Dec. 1 (Supreme Court of Puerto Rico, 2016)
Acevedo Feliciano v. Iglesia Católica Apostólica
2018 TSPR 106 (Supreme Court of Puerto Rico, 2018)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
2019 TSPR 90, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/scotiabank-de-puerto-rico-v-zaf-corporations-prsupreme-2019.