Rivera Sanfeliz Y Otros v. Junta De Directores De Firstbank Corporate

2015 TSPR 61
Supreme Court of Puerto Rico·Decided May 13, 2015·No. CC-2013-1052·Published

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Randolfo Rivera Sanfeliz y otros Recurridos Certiorari v. 2015 TSPR 61

Junta de Directores de Firstbank 193 DPR ____ Corporate por José Menéndez Cortada y otros

Peticionarios

Número del Caso: CC-2013-1052

Fecha: 13 de mayo de 2015

Tribunal de Apelaciones:

Región Judicial de San Juan

Abogado de la Parte Peticionaria:

Lcdo. Rubén Rivera-Rosa

Abogado de la Parte Recurrida:

Lcdo. Mario Prieto Batista

Materia: Corporaciones – Reclamación contra el Banco y sus directivos por despido en alegada violación de contrato; acción ex-contractu y ex-delicto; desestimación de demanda bajo la Regla 10.2 de Procedimiento Civil.

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

RANDOLFO RIVERA SANFELIZ Y OTROS Certiorari

Recurridos

v. Núm. CC-2013-1052

JUNTA DE DIRECTORES DE FIRSTBANK CORPORATE POR JOSÉ MENÉNDEZ CORTADA Y OTROS

Peticionarios

Opinión del Tribunal emitida por el Juez Asociado señor FELIBERTI CINTRÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 13 de mayo de 2015.

Mediante el presente recurso atendemos los méritos de las imputaciones de responsabilidad personal a los miembros de la junta de directores de una corporación, interpuestas por un ex empleado de la institución a causa de su despido, así como las reclamaciones de algunos de sus familiares por supuestos daños derivados de dicho suceso.

I

El 26 de mayo de 1998, el Sr. Randolfo Rivera Sanfeliz (señor Rivera) subscribió un contrato de empleo (Contrato) con FirstBank Puerto Rico (FirstBank o el Banco) para ocupar el puesto de Vicepresidente Ejecutivo.

CC-2013-1052 2

A cambio de sus servicios, FirstBank se comprometió con el señor Rivera a pagarle un salario base mínimo de $200,000 anuales y a concederle, entre otros beneficios, un bono de $50,000 por firmar su Contrato (signing bonus) y bonos de productividad de al menos $100,000 por los primeros dos años de empleo. Pactaron, además, un término inicial de cuatro años el cual se extendería automáticamente por términos de un año a menos que, 90 días antes de culminar el año en curso, alguna de las partes le notificara a la otra por escrito su deseo de terminar el acuerdo.

En lo pertinente a la controversia de autos, las partes acordaron que, tanto la Junta de Directores de FirstBank como el señor Rivera, podían dar por terminado el Contrato ―con causa‖ en cualquier momento o, ―sin causa‖, mediante notificación previa de 90 días por escrito.1 Respecto a lo anterior dispusieron que, del señor Rivera ser despedido ―sin causa‖, éste tendría derecho a una indemnización (severance payment) equivalente al pago de cuatro años de su salario base.2 Asimismo, convinieron que cualquier determinación que tomara el Banco concerniente al Contrato, ya fuese enmendarlo o despedir al señor Rivera, requeriría la aprobación de dos terceras partes de todos los miembros de

1 Contrato, cláusula 11(a) y (b). Cabe señalar, que el Contrato expresamente define lo que constituye ―causa‖ para ambas partes. Aps. 25-27.

2 Contrato, cláusula 11(a). Aps. 25-27.

la Junta de Directores.3 Por último estipularon que, de surgir cualquier controversia sobre la interpretación del Contrato, se sometería a un procedimiento de arbitraje.4 El Contrato fue objeto de dos enmiendas. La primera, fechada el 15 de enero de 2009, se circunscribió a limitar la indemnización (―severance‖) pagadera al señor Rivera en caso de que FirstBank diera por terminado el Contrato. Ello con el propósito de atemperar las cláusulas contractuales concernientes con las disposiciones del Emergency Economic Stabilization Act of 2008.

La segunda enmienda, suscrita el 27 de octubre de 2009, surgió como consecuencia de la participación de FirstBank en el Troubled Asset Relief Program y el Capital Purchase Program del gobierno federal. Se impusieron unas restricciones temporeras a la compensación, beneficios e indemnización que el señor Rivera tendría derecho a recibir bajo el Contrato, a los efectos de que dichas concesiones se hicieran conforme a las exigencias del Emergency Economic Stabilization Act of 2008 y el American Recovery and Reinvestment Act of 2009.

El 28 de junio de 2010, el señor Rivera fue despedido.5 Éste reaccionó presentando una Querella ante el Tribunal de Primera Instancia el 23 de agosto de 2010 en

3 Contrato, cláusula 18. Ap. 33. 4 Contrato, cláusula 22. Ap. 34.

5 A la fecha del despido, el señor Rivera devengaba un salario base de $550,000.

contra de FirstBank al amparo del procedimiento especial de carácter sumario establecido en la Ley Núm. 2 de 17 de octubre de 1961, según enmendada, 32 LPRA sec. 3118 et seq. (2004) (Civil Núm. KPE-2010-3164). Reclamó los daños económicos y emocionales alegadamente sufridos a consecuencia del cese de su empleo. Sostuvo que su despido fue injustificado en violación a la Ley Núm. 80 de 30 de mayo de 1976, según enmendada, 29 LPRA sec. 185 et seq. (2009), y que el Banco actuó en contravención al Contrato suscrito entre ellos.

Luego de varios trámites procesales, FirstBank presentó una moción para detener los procedimientos judiciales y compeler a arbitraje todas las causas de acción esgrimidas en la Querella, apoyándose en la cláusula de arbitraje del Contrato. A pesar de la oposición del señor Rivera, mediante Sentencia de 17 de julio de 2012, el foro primario declaró Ha Lugar la solicitud de FirstBank, declarándose sin jurisdicción y ordenando al señor Rivera someter su reclamo a arbitraje.

El 16 de junio de 2011, previo a que se dictara la Sentencia antes mencionada en el caso Civil Núm. KPE-2010- 3164, el señor Rivera presentó ante el Tribunal de Primera Instancia —junto a su compañera, Zahira Serrano Díaz, sus hijos, Omar E. Rivera Rivera, Mariela Rivera Rivera y Sebastián Rivera Norcisa, y sus hermanos, Luz y Gerant Rivera Sanfeliz (los recurridos)— la reclamación que dio génesis al recurso ante nuestra consideración (Civil Núm.

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KAC-2011-0675). La Demanda fue incoada en contra de los miembros de la Junta de Directores de FirstBank, sus respectivos cónyuges y las correspondientes Sociedades Legales de Gananciales (conjuntamente, los peticionarios).6 La primera causa de acción comprende las alegaciones pertinentes al señor Rivera, quien reclamó los daños y perjuicios causados por la alegada negligencia de los peticionarios en el descargo de sus funciones como directores y oficiales de FirstBank. Igualmente, consignó que fue despedido sin que se cumpliera con los requisitos de notificación previa y del voto afirmativo de dos terceras partes de los miembros de la Junta de Directores establecidos en su Contrato, por lo que el despido resultó nulo o, en la alternativa, injustificado. Asimismo, precisó que las dos enmiendas al Contrato eran nulas por haberse adoptado sin el consentimiento de dos terceras partes de la Junta de Directores. Planteó, además, que posterior a su despido, les advirtió por escrito en dos ocasiones a los miembros de la Junta de Directores del incumplimiento con su Contrato.

La segunda causa de acción de la Demanda contiene las reclamaciones del resto de los recurridos, es decir, los hermanos, hijos y la novia del señor Rivera. Éstos alegaron haber padecido daños y angustias mentales al

6 Para ese entonces la Junta de Directores estaba compuesta por la señora Sharee Ann Umpierre Catinchi y los señores José Menéndez Cortada, Aurelio Alemán Bermúdez, Frank Kolodziej Castro, José Rodríguez Perelló, Héctor Nevares La Costa, Fernando Rodríguez Amaro, Jorge L. Díaz Irizarry, José Luis Ferrer Canals y Lawrence Odell.

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Rivera Sanfeliz Y Otros v. Junta De Directores De Firstbank Corporate, 2015 TSPR 61 (prsupreme 2015).

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