Rivera Prudencio v. Municipio de San Juan
Opinion
emitió la opinión del Tribunal.
La controversia medular que tenemos que atender en el presente caso gira en torno al alcance de la Ley Núm. 115 de 20 de diciembre de 1991, según enmendada, 29 L.RR.A. see. 194 et seq., comúnmente conocida como Ley de Represalias. Específicamente, debemos resolver si dicha ley protege a empleados municipales y al testimonio que presten ante un foro administrativo municipal.
I
El Sr. Felipe Rivera Prudencio (Rivera Prudencio o recurrido) comenzó a trabajar el 18 de enero de 1994 en el Departamento de Vivienda y Desarrollo Comunal del Municipio de San Juan (Municipio), como Funcionario Ejecutivo III.
Footnotes
170 P.R. 149 (Rivera Prudencio v. Municipio de San Juan) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.