Pueblo v. Henneman

69 P.R. Dec. 995, 1949 PR Sup. LEXIS 317
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedMay 17, 1949
DocketNúm. 11
StatusPublished
Cited by4 cases

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Pueblo v. Henneman, 69 P.R. Dec. 995, 1949 PR Sup. LEXIS 317 (prsupreme 1949).

Opinion

El Juez Asociado Señor SNYder

emitió la opinión del tribunal.

El Pueblo de Puerto Eico radicó ante este Tribunal una querella de quo warranto contra la Eastern Sugar Associates y varios arrendadores de terrenos a la Eastern. Alegaba la querella que la Eastern era dueña y controlaba más de 500 acres de tierra en violación de ciertas leyes insulares y federal. Los síndicos de la Eastern solicitaron de este Tribunal el traslado del pleito a la Corte de Distrito de los Estados Unidos para Puerto Eico. La Eastern se organizó de acuerdo con las leyes de Maryland, pero algunos de los arrendadores son ciudadanos de Puerto Eico. En su conse-cuencia, no existía la diversidad de ciudadanía, requisito nece-sario para conferir jurisdicción a la Corte Federal, a menos que la controversia entre El Pueblo y la Eastern fuera separable de la controversia existente entre El Pueblo y los arren-dadores.

Eesolvimos que la presente es una sola controversia inseparable, existente entre El Pueblo de un lado y la Eastern y los arrendadores del otro. Eesolvimos que los arrendado-res eran partes indispensables por dos motivos. En primer lugar, si prevalecía la contención de El Pueblo, los arrenda-mientos estarían sujetos a una opción de El Pueblo al precio Vrazonable” o “justo”, que podría ser diferente al canon fijado en los arrendamientqs. En segundo lugar, si se dic-taba sentencia contra los demandados, las opciones quizá se referirían únicamente a tenencias de tierra en exceso de 500 aeres; los arrendadores podrían tener interés en la deter-minación de la cuestión de si finalmente se permitiría la tenen-[997]*997cia en calidad de dueño o el arrendamiento de no más de 500 acres de terreno. Por lo tanto denegamos la petición de traslado. Pueblo v. Henneman, etc., 61 D.P.R. 189. Cf. Pueblo v. Henneman, 60 D.P.R. 59. Aréanse también, Bank of California, Nat. Ass’n v. Superior Court, 100 P.2d 1110 (Calif., 1940); 3 Moore’s Federal Practice, 2da. ed., págs. 2144-77, 2198-2209.

El 5 de noviembre de 1943 los síndicos radicaron una moción para que se desestimara la querella por el funda-mento de que más de 200 arrendadores de terrenos a la Eastern, cuyos nombres y direcciones se acompañaban en una lista, no habían sido incluidos como partes en el procedi-miento. El 9 de diciembre de 1943 declaramos sin lugar la moción de desestimación, pero ordenamos a El Pueblo que emplazara a todos los arrendadores como partes indispensables en el pleito, a tenor con el artículo 74 del Código de Enjuiciamiento Civil, ed. de 1933.

Luego de varios incidentes que es innecesario enumerar ahora, el 7 de diciembre de 1948 El Pueblo radicó una moción solicitando que este caso fuese tratado como un pleito de clase y que se considerase a los arrendadores que hubiesen radicado alegaciones, como representantes de todos los arren-dadores de terrenos a la Eastern. La moción informa que se ha ordenado el emplazamiento de 243 arrendadores, inclu-yendo a 70 de ellos por edictos; 29 han interpuesto excep-ciones previas; 3 han contestado; y se ha anotado la rebel-día a 206. Los síndicos y algunos arrendadores se han opuesto a la moción celebrándose la correspondiente vista, en la cual se adujo prueba.

La Eegla 81(a) de las de Enjuiciamiento Civil prescribe que “estas reglas serán aplicables a todas las acciones civiles ordinarias y a todos los casos de mandamus, injunction, interdictos para retener o recobrar la posesión, tercerías, reclamaciones del derecho de hogar seguro.”

[998]*998Discutimos la naturaleza del procedimiento de quo warranto cuando resolvimos que tal procedimiento era tras-ladable a la Corte Federal. Pueblo v. Henneman, 60 D.P.R. 59, 63-64. Y véase, Note, Quo Warranto Against Private Corporations, 41 Harv.L.Rev. 244. No importa lo que se diga sobre este procedimiento, no es posible decir que el quo warranto es una “acción civil ordinaria”. Y en la Begla 81(a) no aparece enumerado entre los otros procedimientos a los cuales son aplicables las reglas. Por consiguiente resol-vemos que las Beglas no son de aplicación a este procedi-miento. En verdad, así lo hemos ya resuelto implícitamente en nuestra resolución de diciembre 9, 1943, ordenándole al gobierno que emplazara a todos los arrendadores por ser par-tes indispensables de conformidad con el artículo 74 del Có-digo de Enjuiciamiento Civil.

Aquí es de aplicación el artículo 66 del Código de Enjuiciamiento Civil. Dicho artículo prescribe que “Los partícipes en una acción que estuvieren unidos por interés común deberán asociarse como demandantes o demandados; pero si no pudiera obtenerse el consentimiento de alguno que debió haberse asociado como demandante, podrá éste ser demandado, consignándose el motivo en la demanda; y cuando la cuestión sea de interés común o general de muchas personas, o las partes sean numerosas, y no fuese posible hacerles comparecer a todas ante la corte, una o más podrán entablar la demanda o llevar la defensa en representación de todas.”

Es cierto que el artículo 66, al leerse literalmente, dice que procederá el pleito de clase cuando la cuestión envuelta sea de interés común o las partes fueren numerosas. Pero segui-remos el peso de las autoridades bajo disposiciones similares al artículo 66 al efecto de que deben existir el interés común y cantidad numerosa de personas. 3 Moore, supra, pág. 3416; Comment, 35 Calif.L.Rev. 443; Note, 30 Calif.L.Rev. 350, 351; Lesar, Class Suits and the Federal Buies, 22 Minn.L. [999]*999Rev. 34, condensado en 1 F.R.S. 782, 783; Wheaton, Representative Suits Involving Numerous Litigants, 19 Cornell L.Q. 399, 434-35; G-ordon, The Common Question Class Suit Under the Federal Rules and in Illinois, 421 Ill. L.Rev. 518, escolio 8.

Toda vez que las Reglas no son aplicables a un reeurso de quo warranto, este caso está gobernado por el artículo 66 y no por la Regla 23(a). Empero, el artículo 66 y la Regla 23(a), que es copia de la Regla 23(a) Federal, no son, a nuestros fines, materialmente diferentes. State v. Board of County Com’rs of Creek County, 107 P.2d 542, 552-54 (Okla., 1940); Weaver v. Pasadena Tournament of Roses Ass’n, 190 P.2d 626 (Calif., 1948); Tunstall v. Brotherhood of Locomotive F. and E., 148 F.2d 403 (C.C.A. 4, 1945); Lesar, supra, págs. 783-84; Gordon, supra, pág. 523, escolio 37. Véase Rivera v. Tugwell, Gobernador, 59 D.P.R. 841, 848. Cf. Partido Popular v. Junta Insular de Elecciones, 63 D.P.R. 296, 313, con 63 D.P.R. a las págs. 319, 339. En su consecuencia no fiemos vacilado en citar aquí casos recientemente resuel-tos por las cortes federales, bajo'la Regla 23(a), aun cuando técnicamente estamos aplicando a este recurso el artículo 66 y no la Regla 23(a).

Existen tres grupos de pleitos de clase. En el primero, la naturaleza del derecho u obligación solicitada a favor o en contra de la clase es conjunta, común o subsidiaria. En el segundo, el derecho u obligación es separado, con el requisito adicional de que el objeto del pleito sea la adjudicación de reclamaciones que afecten o pudieran afectar una propiedad específica. En el tercero, el derecho u obligación es separado y debe existir una cuestión común de hecho o de derecho.

Este caso no cae ni bajo el segundo ni bajo el tercer grupo.

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