Pueblo v. Cruz Rivera
Opinion
El apelante Natividad Cruz Rivera señala la comisión de dos errores en el recurso de apelación que ha interpuesto contra la sentencia de 10 días de cárcel que le fuera impuesta por una infracción a la Sec. 5-801 de la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, 9 L.P.R.A. see. 1041.
1 — El primer apuntamiento impugna la negativa del tribunal a quo a ordenar el archivo y sobreseimiento del proceso por no habérsele sometido a juicio dentro del término de 120 días prescrito por el Art. 448 del Código de Enjuiciamiento Criminal, 34 L.P.R.A. see. 1631. Esta causa comenzó con la radicación de la acusación en 3 de noviembre de 1960. La vista fue señalada en varias ocasiones y suspendida unas veces a petición de la defensa y otras a instancias del ministerio público,
Footnotes
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88 P.R. Dec. 332 (Pueblo v. Cruz Rivera) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.