Pr Asset Portfolio 2013-1 International v. One Alliance Insurance Corporation

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedApril 30, 2024
DocketKLAN202300636
StatusPublished

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Pr Asset Portfolio 2013-1 International v. One Alliance Insurance Corporation, (prapp 2024).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL II

PR ASSET PORTFOLIO APELACIÓN 2013-1 INTERNATIONAL, LLC procedente del Tribunal de Primera Apelado Instancia, Sala Superior de Utuado v. KLAN202300636 Civil número: ONE ALLIANCE INSURANCE SJ2019CV10808 CORPORATION (OAIC INSURANCE CORPORATION) Sobre: Incumplimiento de Apelante Aseguradoras Huracanes Irma/María

Panel integrado por su presidente, el juez Bermúdez Torres, el juez Adames Soto y la juez Aldebol Mora.

Aldebol Mora, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2024.

Comparece la parte apelante, One Alliance Insurance Corporation,

mediante el recurso de epígrafe y nos solicita la revocación de la Sentencia

Parcial emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de

Utuado, el 2 de junio de 2023, notificada el 5 del mismo mes y año.

Mediante dicho dictamen, el foro primario declaró Ha Lugar una solicitud

de sentencia sumaria parcial promovida por la parte apelada, PR Asset

Portfolio 2013-1 International, LLC. En su consecuencia, ordenó el pago de

la porción correspondiente a la propiedad número 3964 perteneciente al

2nd Claim Submission a favor de esta última y ordenó la continuación de

los procesos de inspección, ajuste y resolución relacionados con la

propiedad núm. 40553 y que pertenece al 3rd Claim Submission.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, se confirma el

dictamen apelado. Veamos.

I

PR Asset Porfolio 2013-1 International, LLC. (PRAPI o apelado),

aseguró con One Alliance Insurance Corporation (One Alliance o apelante) KLAN202300636 2

un conglomerado de propiedades sitas en varias regiones de Puerto Rico.

El 2 de octubre de 2017, PRAPI presentó ante su aseguradora One Alliance

una reclamación por los daños y perjuicios que sufrió a consecuencia del

paso del huracán María por Puerto Rico. Debido a que la reclamación de

PRAPI involucraba múltiples propiedades, se acordó con One Alliance

atender la reclamación en tres fases que denominaron 1st, 2nd and 3rd

Claim Submissions.

One Alliance y PRAPI, a través de sus representantes y ajustadores,

realizaron las inspecciones de las propiedades incluidas en la reclamación.

Luego de evaluadas las propiedades, el 17 de noviembre de 2017, PRAPI

sometió a One Alliance el 1st Claim Submission y, el 6 de enero de 2018,

el 2nd Claim Submission. En consecuencia, One Alliance le envió a PRAPI

el ajuste con relación a las propiedades objeto del 1st Claim Submission y

parte de las propiedades del 2nd Claim Submission.

Posteriormente, One Alliance le envió a PRAPI dos (2) cheques

como pago del ajuste del 1st Claim Submission. Sin embargo, el 20 de junio

de 2019, One Alliance le envió una carta a PRAPI retractándose del ajuste

efectuado con relación al 2nd Claim Submission. Como justificación para el

retracto, expuso que albergaba dudas sobre el interés asegurable de

PRAPI en alguna de las propiedades incluidas en la reclamación y solicitó

que se le devolviera una porción de lo que había pagado como parte del

ajuste del 1st Claim Submission.

Al no poder llegar a un acuerdo, el 6 de septiembre de 2019, PRAPI

presentó una Demanda por incumplimiento de contrato de seguro, mala fe

y acción declaratoria en contra de One Alliance.1 Posteriormente, el 12 de

febrero de 2020, PRAPI presentó una Demanda Enmendada en la que

solicitó que se le ordenara a One Alliance a pagar las partidas reclamadas

por esta en sus Declaraciones de Pérdida correspondiente a las

propiedades del 2nd Claim Submission ubicadas en la región judicial de

Utuado, las cuales fueron ofrecidas, acordadas y aceptadas, por la cantidad

1 Exhibit I del recurso, págs. 1-18. KLAN202300636 3

de $409,580.40, más intereses y daños. Solicitó, además, el pago por las

pérdidas reclamadas y cubiertas correspondientes a las propiedades

restantes ubicadas en la región judicial de Utuado y comprendidas en el

2nd and 3rd Claim Submission, estimadas en una suma no menor de

$73,003.89, más intereses; daños estimados no menos de $1,000,000.00;

la imposición de costas, gastos y honorarios de abogado por temeridad y

violaciones al Código de Seguros de Puerto Rico, Ley Núm. 77 de 19 de

junio de 1957, según enmendada, 26 LPRA sec. 101 et seq. (Código de

Seguros), en una suma no menor $200,000.00; así como daños punitivos.

A su vez, le solicitó al tribunal que declarara que los pagos realizados en el

1st Claim Submission eran finales, finiquitados y/o transados, por lo cual

no procedía la devolución de suma alguna a One Alliance.2

El 20 de marzo de 2020, One Alliance presentó su Contestación a

Demanda Enmendada.3 En la misma, solicitó que se declarara No Ha

Lugar la Demanda incoada por PRAPI. De igual forma, solicitó que el

tribunal declarara que PRAPI había sido temerario al hacer alegaciones de

mala fe y señalamientos de actuaciones ilegales, conociendo o debiendo

conocer, que el cobro de lo indebido tenía como consecuencia la obligación

de la devolución de lo indebidamente cobrado. Consecuentemente, y al

amparo de dicho razonamiento, adujo tener derecho a la devolución de lo

indebidamente cobrado, así como a la deducción de lo pagado por error de

hecho y cobrado indebidamente. Por otro lado, esbozó que la parte apelada

actuó en contra de sus propios actos cuando señaló como ilegal una

deducción que la misma parte sugirió por conducto de sus representantes.

Luego de varias instancias procesales, el 22 de febrero de 2021,

One Alliance presentó una Reconvención en contra de PRAPI.4 Mediante

esta, le solicitó al tribunal: (1) declarar No Ha Lugar la Demanda

Enmendada incoada por PRAPI; (2) declarar Ha Lugar la Reconvención en

todos los extremos; y (3) El pago de costas y honorarios de abogado. De

2 Exhibit II del recurso, págs. 19-40. 3 Exhibit III del recurso, págs. 41-56. 4 Exhibit IV del recurso, págs. 57-66. KLAN202300636 4

igual forma, alegó que PRAPI cometió fraude bajo la norma establecida por

el Código de Seguros, supra, al igual que ocultó información y realizó falsas

representaciones sobre las propiedades en cuestión.

En respuesta, el 28 de abril de 2021, PRAPI presentó una Réplica a

Reconvención.5 En síntesis, esbozó que concerniente al pago emitido por

One Alliance respeto al 1er Claim Submission, se había constituido la

doctrina de pago en finiquito. Asimismo, arguyó que One Alliance estaba

impedido de retractarse de los ajustes y ofertas emitidas respecto al 1st

and 2nd Claim Submission, aceptadas por PRAPI. Igualmente, sostuvo que

One Alliance incumplió con múltiples disposiciones del Código de Seguros,

supra.

Culminado el descubrimiento de prueba, el 21 de junio de 2022,

PRAPI presentó Moción de Sentencia Sumaria Parcial.6 Solicitó que se le

ordenara a One Alliance a emitir el pago sobre los ajustes del 2nd Claim

Submission y que realizara el ajuste sobre las propiedades restantes.

Arguyó que One Alliance estaba impedida de retractarse de los ajustes que

realizó del 1st Claim Submission y parte del 2nd Claim Submission, como

también de los acuerdos que llegaron las partes a raíz de ellos. Por tanto,

solicitó que se declarara que no tenía que devolverle a One Alliance el

dinero que recibió para finalizar la reclamación de las propiedades del 1st

Claim Submission. De igual forma, planteó que la jurisprudencia establecía

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