Ortiz Ortiz v. Departamento de Hacienda
Opinion
emitió la opi-nión del Tribunal.
El 18 de agosto de 1980 la Lie. Sonia Ortiz Ortiz fue re-clutada por el Departamento de Hacienda (en adelante Hacienda) como Subdirectora de la Oficina de Asuntos Legales de Hacienda, puesto clasificado como Abogado V. Al ser re-[218] clutada ocupaba el puesto de Asesor Legal III en el Departa-mento de Servicios Sociales y devengaba un sueldo de mil ochocientos cincuenta dólares ($1,850) mensuales. El sueldo básico para el puesto de Abogado V al momento del recluta-miento era de mil cuatrocientos ochenta dólares ($1,480) mensuales. Para poder reclutarla Hacienda solicitó a la Ofi-cina Central de Administración de Personal (en adelante O.C.A.P.) un diferencial, en sueldo de cuatrocientos dólares ($400) mensuales, al amparo de la autoridad concedida por el Art. 7(1) de la Ley Núm. 89 de 12 de julio de 1979, Ley de Retribución Uniforme, 3 L.P.R.A. sec. 760f(l). En la solici-tud se indicó que las cualificaciones especiales que se reque-rían para ocupar dicho puesto, especialmente en el área de supervisión, hacían sumamente difícil el reclutamiento. Tam-bién se señaló que la licenciada Ortiz Ortiz poseía “todos los requisitos necesarios y condiciones deseables para el puesto”
Footnotes
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120 P.R. Dec. 216 (Ortiz Ortiz v. Departamento de Hacienda) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.