Lopez Dickens, Teresa v. Consejo De Titulares Y Junta Directores

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedAugust 29, 2025
DocketKLRA202500231
StatusPublished

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Lopez Dickens, Teresa v. Consejo De Titulares Y Junta Directores, (prapp 2025).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL

TERESA LOPEZ DICKENS Revisión Judicial procedente del RECURRENTE Departamento de Asuntos al v. KLRA202500231 Consumidor (DACO)

CONSEJO DE TITULARES Y Querella Núm.: JUNTA DE DIRECTORES C-MAY-2023-0004704 CONDOMINIO SOL Y PLAYA

RECURRIDA Sobre: Condominio

Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, el Juez Rodríguez Flores y la Juez Lotti Rodríguez.1

Lotti Rodríguez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de agosto de 2025.

Comparece Teresa López Dickens (parte recurrente) mediante un

recurso de revisión administrativa presentado el 21 de abril de 2025, y nos

solicita que revisemos la Resolución emitida por el Departamento de Asuntos

al Consumidor (DACo) el 10 de febrero de 2025, notificada el 11 de febrero de

2025, en la que se declaró no ha lugar la querella instada por esta.

La parte recurrida presentó el 21 de mayo de 2025 su Alegato en

Oposición a Revisión Judicial. Con el beneficio de la comparecencia de las

partes, el Derecho y jurisprudencia aplicables, resolvemos.

I.

El 5 de octubre de 2019 fue celebrada una Asamblea Extraordinaria

para los titulares del Condominio Sol y Playa con el propósito de llevar a cabo

una votación “sobre si aceptar o rechazar una derrama” propuesta por el

1 Conforme la OATA2025-0078 la Hon. Glorianne Lotti Rodríguez sustituye al Hon. Ángel R.

Pagán Ocasio.

NÚMERO IDENTIFICADOR

SEN2025___________________ KLRA202500231 2

Consejo de Titulares para construir una verja, piscina, baños y demás, luego

que estas instalaciones sufrieran daños por el paso del Huracán María. En

esa misma fecha, se aprobó la derrama con una mayoría treinta y nueve (39)

votos a favor y cinco (5) en contra.2 Posteriormente, los titulares, José Barea3,

Flor Philippi4 y Rubén Freyre Martínez5 radicaron, de manera independiente,

una querella en el Departamento de Asuntos del Consumidor (en adelante

DACo).6 Mediante esta querella, las partes impugnaron la aprobación de la

derrama por entender que la construcción sugerida por la Junta de Directores

constituían una mejora y por ende, requería unanimidad en los votos.

Por otro lado, el 6 de agosto de 2021, la Junta de Planificación del

Gobierno de Puerto Rico, presentó en el Tribunal de Primera Instancia, Sala

de Aguadilla (TPI), bajo el número AG2021CVC00945 una acción de

Sentencia Declaratoria, Injuction y Revocación del Permiso de Construcción

contra Sol y Playa Corp., Consejo de Titulares del Condominio Sol y Playa a

través del presidente de la Junta de Directores Dr. Carlos Torres Sallichs,

Lcdo. Norman Irizarry Díaz en su carácter como Secretario de la Junta de

Directores del Consejo de Titulares del Condominio Sol y Playa. En donde,

luego de varios tramites procesales, el TPI emitió el 14 de febrero de 2022,

una Sentencia declarando nulo el permiso de construcción y, entre otras

cosas, ordenó la paralización de las obras de construcción comenzadas y la

demolición de lo ya edificado.7

Subsiguientemente, el 27 de agosto de 2022, José Barea; Flor Philippi

y Rubén Freyre Martínez presentan una Moción de Resolución Sumaria ante

DACo. El 16 de febrero de 2023, la Junta de Directores y el Consejo de

2 Véase determinación de hecho #8 de la Resolución Sumaria del 28 de febrero de 2023 (Apéndice Recurrente #4, págs. 7-15). 3 El 20 de enero de 2020, el Sr. José Barea radicó ante DACo la querella número C-SAN-

2020-0006328. 4 El 14 de julio de 2020, la Sra. Flor Philippi radicó ante DACo la querella número C-SAN-

2020-0007227. 5 El 11 de agosto de 2020, el Sr. Rubén Freyre radicó la querella número C-SAN-2020-

007227. 6 Luego de varios trámites procesales DACo consolidó las tres (3) querellas. 7 Apéndice recurrente #5, págs. 16-33 KLRA202500231 3

Titulares del Condominio Sol y Playa presentaron su Oposición a moción de

resolución sumaria.

El 28 de febrero de 2023, DACo emitió una Resolución Sumaria

mediante la cual declaró nula y sin efecto la derrama aprobada el 5 de octubre

de 2019 y ordenó la devolución de las cuantías pagadas por dicho concepto a

José Barea; Flor Philippi y Rubén Freyre Martínez.8

Así las cosas, el Consejo de Titulares convocó el 20 de junio de 2023

una Asamblea Extraordinaria a celebrarse el 8 de julio de 2023 para discutir

el cumplimiento de la Sentencia emitida en el caso AG2021CV00945, para la

demolición del muro y micropilotes y contratación del ingeniero9. En esta

Asamblea el Consejo aprobó una derrama por la suma de $500,000.00. La

parte recurrente no asistió a la celebración de la asamblea, ya que reside

fuera de Puerto Rico. Nombró mediante proxy a la titular Sandra Camuñas

como su representante en la Asamblea Extraordinaria. No obstante, la Sra.

Camuñas tenía otro proxy a favor del titular José Barea y ésta no tenía

capacidad de votar debido a deuda pendientes de pago 10. La derrama fue

aprobada por unanimidad de los veinte (26) titulares presentes y/o

representados por proxy válidos y con capacidad de ejercer el voto. 11

El 12 de julio de 2023, la Junta de Directores le notificó a la parte

recurrente una misiva para el cobro de su participación en la derrama por la

suma de $6,698.82. El 3 de agosto de 2023, la parte recurrente contestó la

carta indicando que no estaba de acuerdo con la aprobación de la derrama.

Arguyó que la Asamblea no contó con el quórum necesario para la aprobación

de la derrama; que se le privó de su derecho a participar de la Asamblea y

que conforme con la Resolución del DACo con fecha del 28 de febrero de 2023,

se le exime del pago de cualquier derrama posterior que este relacionada con

8 Apéndice #4 de la parte recurrente, págs. 7-15. 9 Apéndice #1 de la parte recurrente, pág. 1. 10 Véase, Apéndice #2, 3 y 12 de la parte recurrente, págs. 2-6, 70. 11 Véase, Apéndice #3 de la parte recurrente. KLRA202500231 4

los hechos atendidos bajo dicha resolución. Asimismo, expuso que, conforme

a la Ley de Condominios, estos no tenían una obligación de contribuir a los

honorarios o gastos legales incurridos por la Junta o el Consejo de Titulares,

ni a la multa impuesta, cuando el titular prevalece en su reclamación.

El 7 de agosto de 2023, la parte recurrente acude a DACo y presenta

una querella bajo el número C-MAY-2023-000470412 en contra del Consejo

de Titulares del Condominio Sol y Playa (parte recurrida). En su escrito,

sostuvo que se opone a la derrama aprobada, por entender que la Asamblea

no contó con el quórum necesario y que le privaron el derecho de participar

de la misma. Finalmente, solicitó que se dejara sin efecto una determinación

de la Junta de Condominios y/o Consejo de Titulares del Condominio Sol y

Playa con relación a la imposición de una derrama.

Subsiguientemente, el 4 de octubre de 2023 la parte recurrente

presentó Moción sobre Enmienda a la Querella al Amparo de la Regla 16 del

Reglamento Número 8034 del DACO 13 y el 8 de julio de 2024 la parte recurrida

presentó la Contestación a Moción al Amparo de la Regla 16 del Reglamento

Número 8034 del DACO. 14 El 9 de julio de 2024, la parte recurrente presentó

una Moción Solicitando Anotación de Rebeldía a tenor con la Regla 8.1 del

Reglamento número 8034 de Procedimientos Adjudicativos del DACo.

Tras varios trámites procesales, el 14 de noviembre de 2024, DACo llevó

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