In Re: Aura Del Castillo Del Valle

2014 TSPR 126
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedOctober 1, 2014
DocketCP-2013-27
StatusPublished
Cited by5 cases

This text of 2014 TSPR 126 (In Re: Aura Del Castillo Del Valle) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
In Re: Aura Del Castillo Del Valle, 2014 TSPR 126 (prsupreme 2014).

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re: 2014 TSPR 126

Aura Del Castillo Del Valle 191 DPR ____

Número del Caso: CP-2013-27

Fecha: 1 de octubre de 2014

Abogado de la Peticionaria:

Lcda. Carmen M. Quiñones Núñez

Oficina de la Procuradora General:

Lcda. Margarita Mercado Echegaray Procuradora General

Lcda. Karla Pacheco Álvarez Subprocuradora General

Lcda. Amarilis Ramos Rodríguez Procuradora General Auxiliar

Lcda. Milvia A. Rivera Rivera Procuradora General Auxiliar

Comisionado Especial:

Hon. Carlos Dávila Vélez

Materia: Conducta Profesional – La suspensión será efectiva una vez advenga final y firme la sentencia conforme a la Regla 45 del Reglamento del Tribunal Supremo.

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re:

Aura Del Castillo Del Valle CP-2013-27 Conducta Profesional

PER CURIAM

San Juan, Puerto Rico, a 1 de octubre de 2014.

En observancia del proceso establecido en

la Regla 15 del Reglamento de este Tribunal, 4

LPRA Ap. XXI-B, R. 15, y con el firme objetivo

de mantener la confianza del Pueblo en la

calidad de los servicios legales que recibe, nos

vemos obligados a suspender indefinidamente de

la abogacía a un miembro de la profesión.

A continuación, procedemos a esbozar el

escenario fáctico y procesal que origina nuestro

dictamen. CP-2013-27 2

I

Este caso tuvo su génesis en el 2007 cuando la

Lcda. Aura Del Castillo Del Valle1 (licenciada Del

Castillo o querellada) presentó una serie de querellas

por hostigamiento sexual y acoso laboral en contra de

varios fiscales, entre los cuales se encontraba el

fiscal Wilson González Antongiorgi y el fiscal Ariel H.

Chico Juarbe. Durante ese tiempo, la licenciada Del

Castillo también se desempeñaba como fiscal en el

distrito de Arecibo. Es menester señalar que las

reclamaciones incoadas por la licenciada Del Castillo no

prosperaron, por lo que fueron archivadas o desestimadas

por los foros correspondientes.

En el 2009, la licenciada Del Castillo presentó

ante este Tribunal una queja ética en contra de los

fiscales González Antongiorgi y Chico Juarbe y las

licenciadas Ana A. Quintero Santiago e Inés del C.

Carrau Martínez.2 La licenciada Del Castillo alegó que

los mencionados letrados incurrieron en hostigamiento,

acoso laboral, acoso moral y persecución. Asimismo,

arguyó que éstos entorpecieron su renominación como

fiscal.

A raíz de lo anterior, el 12 de febrero de 2010, el

fiscal González Antongiorgi presentó una queja ética en

1 La licenciada Del Castillo fue admitida al ejercicio de la abogacía el 30 de junio de 1993. 2 Esta Queja fue identificada con el número AB-2009- 302. CP-2013-27 3

contra de la licenciada Del Castillo.3 En esencia, el

mencionado fiscal sostuvo que la licenciada Del Castillo

falseó los hechos alegados en las diferentes

reclamaciones incoadas en su contra. Del mismo modo,

adujo que la querellada hizo falsas imputaciones sobre

su persona al Sr. Samuel Álvarez, investigador de la

Comisión de Nombramientos del Senado de Puerto Rico, que

se encontraba evaluando su nominación al puesto de

Fiscal de Distrito. Además, el fiscal González

Antongiorgi señaló que en una vista ante el Senado, el

señor Álvarez declaró bajo juramento la manera en que la

licenciada Del Castillo quiso manipular el proceso de

investigación y las imputaciones deshonrosas que hizo,

las cuales se investigaron y resultaron ser falsas.

Mediante Resolución dictada el 9 de abril de 2010, este

Tribunal consolidó la queja presentada por el fiscal

González Antongiorgi con la presentada por la licenciada

Del Castillo.

El 23 de enero de 2012, la Oficina del Procurador

General presentó ante este Tribunal un escrito

intitulado Informe del Procurador General. En lo

concerniente a la queja incoada por la licenciada Del

Castillo, la Oficina del Procurador General concluyó que

los asuntos planteados por ésta no constituyeron

violaciones al Código de Ética Profesional, 4 LPRA Ap.

3 Esta Queja fue identificada con el número AB-2010- 28. CP-2013-27 4

IX, que rige la práctica de la abogacía. Además, sostuvo

que lo alegado por la licenciada Del Castillo se trató

de un asunto administrativo que fue atendido y resuelto

por las agencias correspondientes en las múltiples

ocasiones en que se presentó. En vista de ello,

recomendó el archivo de la queja ética. En cuanto a la

queja presentada por el fiscal González Antongiorgi en

contra de la licenciada Del Castillo, la Oficina del

Procurador General determinó que la conducta de la

mencionada licenciada pudo haber infringido el Canon 35

del Código de Ética Profesional, 4 LPRA Ap. IX, C. 35.

El 2 de mayo de 2012, la licenciada Del Castillo

presentó un escrito intitulado Contestación al informe

del Procurador General; Solicitud de archivo de queja.

En éste, planteó que del expediente que sometió a la

consideración de la Oficina del Procurador General no

existe evidencia que apoye la recomendación emitida por

ésta. Por tanto, adujo que la Oficina del Procurador

General no cuenta con prueba clara, robusta y

convincente para evidenciar el alegado incumplimiento

del Canon 35. Ante ello, solicitó el archivo de la queja

en su contra.

Examinado el informe de la Oficina del Procurador

General y la contestación de la licenciada Del Castillo,

mediante Resolución emitida el 13 de julio de 2012, este

Tribunal archivó la queja en contra de los licenciados

González Antongiorgi, Chico Juarbe, Quintero Santiago y CP-2013-27 5

Carrau Martínez. A su vez, autorizamos a la Oficina del

Procurador General a presentar la querella en contra de

la licenciada Del Castillo.

A tono con el mandato de este Tribunal, el 6 de

noviembre de 2013, la Oficina del Procurador General

presentó la correspondiente Querella. En ésta, se le

imputó a la licenciada Del Castillo violaciones a varios

preceptos éticos. En particular, se alegó que la

querellada contravino el Canon 29, 4 LPRA Ap. IX, C. 29,

al hacer imputaciones falsas que afectaron el buen

nombre del fiscal González Antongiorgi, así como de

otros miembros de la profesión. La Oficina del

Procurador General fundamentó su postura en que los

foros que investigaron y examinaron las reclamaciones de

la licenciada Del Castillo determinaron que éstas no

procedían en Derecho y que no existía ápice de prueba en

cuanto a las alegaciones presentadas.

Por su parte, la Oficina del Procurador General

sostuvo que la querellada quebrantó los preceptos del

Canon 35, 4 LPRA Ap. IX, C. 35. Arguyó que ésta demostró

falta de sinceridad y honradez, en claro detrimento de

la profesión legal. De acuerdo a la Oficina del

Procurador General, la referida licenciada hizo

alegaciones falsas y mintió bajo juramento ante los

diversos foros administrativos en los cuales presentó

las reseñadas reclamaciones. CP-2013-27 6

Por último, la Oficina del Procurador General le

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

In Re: Roberto O. Maldonado Nieves
2015 TSPR 48 (Supreme Court of Puerto Rico, 2015)
In Re: José Luis Hernández Velázquez
2015 TSPR 72 (Supreme Court of Puerto Rico, 2015)
In Re: Annette González Dávila
Supreme Court of Puerto Rico, 2015
In Re: Jorge A. Vera Vélez
2015 TSPR 7 (Supreme Court of Puerto Rico, 2015)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
2014 TSPR 126, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/in-re-aura-del-castillo-del-valle-prsupreme-2014.