García Colón v. Cellular One

11 T.C.A. 109, 2005 DTA 78
CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedMay 9, 2005
DocketNúm. KLAN-04-00163
StatusPublished

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García Colón v. Cellular One, 11 T.C.A. 109, 2005 DTA 78 (prapp 2005).

Opinion

[114]*114TEXTO COMPLETO DE LA SENTENCIA

Ante nos comparece la parte apelante, Manuel García Colón, en ánimo de solicitar la revocación de una sentencia dictada el 20 de enero de 2004 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas (en adelante, “TPF). Mediante la misma se declara no ha lugar la causa de acción sobre hostigamiento sexual y discrimen por razón de sexo en su vertiente de represalia instada por el apelante contra la corporación Cellular One de Puerto Rico (en adelante, “Cellular One’’’), Carmen Cruz, David Guerra, Madeline Cuesta y Carmen Cuevas. El TPI concluyó que existía controversia de hechos sobre el ambiente de trabajo que alegadamente prevalecía en Cellular One, incluyendo el hecho de si la privación de oportunidades de ascensos fue motivada por razones discriminatorias.

Se confirma la sentencia apelada.

I

Manuel García Colón comenzó a trabajar para Cellular One desde el 23 de noviembre de 1993 hasta que el 11 de octubre de 2000 presentó su renuncia. Al servicio de Cellular One, el señor García ocupó diversos puestos en calidad de técnico y estuvo también en varias facilidades de la empresa en distintas localizaciones. Para septiembre de 1997 fue ascendido a Supervisor de Servicios Técnicos en las facilidades de Caguas y tenía a su cargo la supervisión de varios técnicos de servicios. Allí, Cellular One tenía asignada a Madeline Cuesta [115]*115como supervisora del área de servicios al cliente y a Carmen Cuevas como gerente de la oficina.

El señor García es descrito como poseedor de un carácter jovial, muy propenso a los comentarios ligeros y la broma. En su tiempo libre se dedica a servir de “D.J.” y a ejecutar rutinas de comedia. Delante de los técnicos y el personal actuaba como amanerado a tono de broma.

En ocasiones, García le pedía a la compañera supervisora Cuesta que modelara cuando la veía llegar, lo cual le solicitaba frente a los técnicos, según él, para disfrutar de su belleza. En su interacción con sus compañeros gustaba imitar el acento y expresiones de algunos clientes cuando éstos se habían marchado. De los documentos se desprende que ello lo hacía a modo sana diversión. Pero también era común que efectuase comentarios subidos de tono frente a los compañeros de la gerencia. Así, en una ocasión en que Cuesta llegó a las facilidades y comentó que el lugar apestaba a huevo, él le replicó, “claro habiendo tantos hombres aquf’.

En otra instancia, mientras Carmen Cuevas y Madeline Cuesta escuchaban un programa de radio, García le ofreció el comentario de que cuando su hijita era pequeña la bañaba y le lavaba el clitoris. En otra ocasión, al preguntar la apelada sobre el por qué venía con las cejas afeitadas, él contestó que obedecía a una fantasía sexual de su esposa y por ello se afeitaba todo el vello del cuerpo. Además, los documentos sugieren que la ligereza y el tono del ambiente laboral de los dos supervisores incluyendo a García Colón quedaron patentes cuando le celebraron una despedida de soltero al técnico Javier Pacheco. Los dos recogieron dinero para comprar una canasta y acudieron a la tienda especializada “Picardía”, y compraron productos denominados Kama Sutra. Al regreso, García Colón pidió detenerse en una tienda de conveniencia para comparar una revista donde su contenido es de damas con poca o ninguna prenda de vestir. No se aclaró si el título era Playboy o Penthouse. Pero tanto la canasta como los productos y la revista fueron llevados y entregados al área de trabajo, lo que generó ese día allí un ambiente de broma y relajo.

A su vez, el apelante fue recriminado por usar el correo de voz (“voice mail”) de la empresa para dejar mensajes en broma y doble sentido. Esto era contrarió a"l¿ política de Cellular One sobre uso del equipo de la empresa.

Con relación a su interacción con la apelada Cuesta, García la invitó a almorzar y ella aceptó en dos o tres ocasiones, ya que eran compañeros de la gerencia en el centro. En otras varias ocasiones, el apelante le pidió transportación a su casa y Madeline Cuesta se la dio luego de ésta preguntarle si a su esposa le parecería bien, a lo cual García le contestó que ella no era celosa. En ese tono de compañerismo informal, para San Valentín, el apelado le regalaba chocolates en forma de corazón. A tono con el mismo sentido, ella-le obsequió a García tres trajes de su esposo los cuales aceptó.

Por su parte, Cuesta se refirió a la persona de García como “espécimen raro” en dos ocasiones. En una de dichas instancias, cuando se hablaba de la virginidad y el matrimonio en la oficina, García expresó que él no había sido infiel a su esposa en ninguna ocasión. En otro día, la apelada le comentó al propio García que siendo tan formal y responsable cualquier mujer podría enamorarse de él.

Los hechos indican que ni García ni Cuesta se invitaron mutuamente a salir, no medió nunca contacto de índole sexual, roces ni otra conducta semejante. Tampoco mediaron proposiciones directas o indirectas de uno al otro para intimar ni tener ningún tipo de relaciones extramaritales. Aun cuando el apelante no tenía el propósito de hostigar a las féminas, su carácter extrovertido le llevaba a dirigirse a muchas como “mi corazón, mi.cielo, .mi estrella”. Esto, aunque no tuviese ningún tipo de familiaridad o conocimiento con las compañeras de Cellular One a quienes le hablaba, fuesen empleados o superiores jerárquicos. En otras ocasiones podía ser sarcástico con las supervisadas al señalarles alguna falla en su desempeño.

El señor García realizó su trabajo en el local de Caguas como supervisor de servicios técnicos con [116]*116normalidad. No presentó ninguna querella contra Cuesta ni ella contra él por los comentarios expuestos. Más, el apelante le contaba aspectos íntimos de su vida íntima y aspectos familiares a Cuesta a modo de confianza. Así, le contaba de los problemas legales de un hermano, de las situaciones de sus padres y demás. Además, la invitó a una comedia de doble sentido a efectuarse por él en un club.

Sin embargo, el 24 de septiembre de 1999, la gerente del centro no se encontraba en la tarde por lo que uno de los dos supervisores debía permanecer en el local hasta el cierre. García deseaba marcharse temprano ese viernes, pero el esposo de Cuesta sufrió un accidente lo cual requirió de su presencia para llevarle unos documentos y se excusó de sus servicios laborales de ese día. García estuvo renuente a quedarse en la oficina, razón por la cual le refirió su sentir a la gerente mediante un mensaje de voz y se fue. El lunes siguiente, la parte apelada Carmen Cuevas, supervisora del apelado, convocó una reunión con el propósito de evaluar su ausencia y le llamó la atención por su actuación. A falta de existir un procedimiento para cubrir la ausencia no aprobada, Cuevas estableció uno. García entendía que se estaba favoreciendo a Cuesta sobre él y que ello obedecía a que Cuevas y la Directora de Personal, por ser mujeres, protegían aquéllas de su mismo género.

Con posterioridad a la reunión, es decir, una vez fue amonestado por su ausencia no aprobada y su consecuente falta de consideración hacia demás compañeros de trabajo, el apelante le señaló a Cuevas que había sido hostigado sexualmente por Cuesta. A este punto, ya Cuesta se había quejado verbalmente ante Cuevas de los incidentes según alegadamente cometidos por García.

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