El Pueblo De Puerto Rico v. Lasanta Figueroa, Michael

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedOctober 31, 2023
DocketKLAN202300380
StatusPublished

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El Pueblo De Puerto Rico v. Lasanta Figueroa, Michael, (prapp 2023).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VII

El PUEBLO Apelación procedente del DE PUERTO RICO Tribunal de Primera Apelado Instancia, Sala Superior de Ponce V. KLAN202300380 Caso criminal núm.: J LE2021G0162-163 MICHAEL LASANTA FIGUEROA Sobre: Art. 3.1 y 3.3 de Apelante Ley 54 Panel integrado por su presidenta, la Juez Ortiz Flores, la Juez Brignoni Mártir y el Juez Candelaria Rosa

Ortiz Flores, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de octubre de 2023.

Comparece ante nosotros el Sr. Michael Lasanta Figueroa (Sr.

Lasanta; apelante) y nos solicita que revoquemos la Sentencia emitida por

el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce (TPI) el 17 de abril

de 2023, notificada en la misma fecha. Mediante dicho dictamen, el TPI le

impuso apelante una pena de cárcel de tres años bajo el régimen de

sentencia suspendida tras el veredicto de culpabilidad del jurado sobre

violaciones a los Arts. 3.1 y 3.3 de la Ley Núm. 54.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, confirmamos

la Sentencia apelada.

I

El 21 de marzo de 2021, por hechos ocurridos el 16 de marzo del

mismo año, se presentaron ante el TPI dos denuncias contra el Sr. Lasanta

por la comisión de los delitos graves de maltrato y maltrato mediante

amenaza, tipificados en los Artículos 3.1 y 3.3 de la Ley para la Prevención

e Intervención con la Violencia Doméstica, Ley Núm. 54 del 15 de agosto

de 1989, 8 LPRA secs. 631 y 633 (Ley 54), respectivamente, y el foro

recurrido determinó causa para arresto por ambos delitos contra el

apelante.1

1 Denuncias, Apéndice del Alegato de la parte apelante, Anejo III, págs. 15 y 16.

Número Identificador SEN2023______________ KLAN202300380 2

La vista preliminar se celebró el 6 de julio de 2021 y el Tribunal

determinó causa para acusar al Sr. Lasanta por los delitos imputados. El 7

de julio de 2023, el Ministerio Público presentó los pliegos acusatorios por

ambos delitos, que contienen los siguientes hechos:

JLE2021G0162: El referido acusado Michael Lasanta Figueroa, allá en o para el 16 de marzo de 2021, en Guánica Puerto Rico que forma parte de la jurisdicción del Tribunal de Primera Instancia Sala de Ponce, a propósito empleó violencia psicológica contra la señora [ACL] con quien sostiene una relación consensual por 17 años y procrearon dos hijos, consistente en que causó daño emocional a la víctima, este le escribió con lápiz labial en el cristal del gavetero de su cuarto las palabras PUTA, FLEJE Y CUERO. Además, este mantiene un patrón de palabras de menos desprecio, descrédito y decirle que se tiene que marchar de la casa en la cual vive con los hijos de ambos. siendo esto un patrón de conducta.2

JLE20210163: El referido acusado Michael Lasanta Figueroa, allá en o para el 20 de marzo de 2021, en Guánica, Puerto Rico que forma parte de la jurisdicción del Tribunal de Primera Instancia Sala de Ponce, a propósito, amenazó con causarle daño a la señora [ACL] con quien sostiene una relación consensual por 17 años y procrearon dos hijos, consistente en que le manifestó que prendería en fuego la casa en cual vive ella con sus dos hijos. sintiendo esta temor por su seguridad.3

Llamado el caso para el juicio en su fondo, las vistas se llevaron a

cabo durante el 28 de marzo, 2 de mayo y 3 de mayo de 2022. Como parte

de la prueba, declaró la agente Marilyn Ortiz Bogglio (agente) y la víctima

del delito acusado (ACL), testimonios que resumimos según necesario para

resolver el recurso ante nuestra consideración. Por un lado, el testimonio

de la agente –quien testificó durante la vista del 28 de marzo– consistió en

relatar sus hallazgos sobre la investigación de los hechos. En esencia, esta

expuso los sucesos que le relató la víctima durante su entrevista sobre lo

vivido con el acusado en los días y meses previos a la denuncia.

Particularmente, la víctima le mencionó lo acontecido los días, 8, 16 y 20

de marzo de 2021. La agente declaró que la víctima le mostró mensajes

que el acusado le envió el 8 de marzo, entre los cuales se encontraba una

“foto de un hoyo que parece un hoyo de cementerio”.4

2 Acusación, Apéndice del Alegato de la parte apelante, Anejo V, pág. 19.1. 3 Id., pág. 20. 4 Cont. Transcripción en Vista Celebrada a: Agente Marilyn Ortiz Bogglio (en adelante,

TPO I), vista del 28 de marzo de 2022, pág. 91 (líneas 17-20). KLAN202300380 3

La agente aclaró que, al momento de su intervención, ya la víctima

había presentado una querella y había completado una Planilla

Informativa.5 Mediante dicha planilla, la querellante declaró que hacía dos

años, tuvo una situación con su pareja, padre de sus hijos, que intentaron

ir a terapia, y que le había enviado una foto de un hoyo. Además, que en

dicha planilla la víctima relató sobre el día en que llegó a su casa y encontró

el espejo de su cuarto escrito con lipstick: “PUTA, FLEJE” y otra palabra

que no recordó.6 Asimismo, en la planilla explicó que en una llamada

telefónica el Sr. Lasanta le dijo “que le iba a quemar la casa, que se fuera

de esa casa, que la casa era de él, que ella estaba viva por los hijos, que

no lo probara, como que ella no sabe lo que él sería capaz, esas cosas

decía”.7

Tras haber leído la planilla informativa, inició la entrevista en la cual

la víctima le informó que estos habían acordado que el Sr. Lasanta cuidaría

de sus hijos en su casa mientras ella iba a trabajar, y que por consiguiente

este tenía acceso a la propiedad.8 Además, le indicó que durante los

últimos dos años estos habían tenido problemas y que habían intentado ir

a terapia.9 En cuanto a la foto del hoyo, la víctima le contó que el 8 de marzo

el Sr. Lasanta le envió la referida imagen.10 Así lo comprobó la agente al

ver que era el número correspondiente a este. Según esta declaró en el

juicio, la agente vio varios mensajes de textos relacionados a esta foto.11

Conforme surge de la prueba desfilada, luego de enviarle la referida

imagen, estos compartieron la siguiente serie de mensajes de texto:

ACL: Q es eso.

LASANTA: Lo que te mereces estar en ese bonito lugar.

ACL: En algún momento de mi vida lo pensé pero gracias a mi psicóloga y al amor de mis hijos lo superé y será en el momento que Dios diga. Lindo día.

5 TPO 1, pág. 48 (líneas 4-7). 6 Id, pág. 50 (líneas 13-18). 7 Id, pág. 51(líneas 1-5). 8 Id., pág. 54 (líneas 13-17). 9 Id., pág. 55 (líneas 3-17), pág. 56 (líneas 11-16). 10 Id., pág. 91 (líneas 17-21). 11 Id., pág. 92 (líneas 1-17). KLAN202300380 4

LASANTA: Allí es donde te mereces estar y que te metan viva y le pongan arriba tierra y cemento. Pero si quieres un pase vip solo pon me aprueba.12

Por otro lado, la víctima le mostró desde su celular fotos de las

palabras que encontró escritas en su espejo.13 Le relató que, en la noche

del 16 de marzo, salió a comprar comida junto con su hijo menor. Al

regresar, vio que en el espejo de su cuarto habían escrito las palabras

“puta”, “fleje” y otra que la agente no recordó.14 Además, le indicó que en

ocasiones anteriores había encontrado que en sus fotos familiares le

habían tapado su cara con cinta adhesiva.15 Como parte de la prueba, se

presentaron las fotos que tomó la víctima a los espejos escritos.16

El 20 de marzo, fecha en que ACL fue al cuartel, el Lasanta tenía los

menores y le dijo que se los iba a llevar a la casa.17 Esta le respondió que

no, que los dejara con su mamá.18 Sin embargo, este le respondió que no,

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