Borges, Derwin v. Cv Contractors LLC

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedAugust 21, 2024
DocketKLRA202400400
StatusPublished

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Bluebook
Borges, Derwin v. Cv Contractors LLC, (prapp 2024).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL X

Revisión de Decisión DERWIN BORGES Administrativa procedente del Querellante - Recurrido Departamento de Asuntos del Consumidor

V. KLRA202400400 Querella Núm.: PON-2023-0004777

Sobre: CV CONTRACTORS LLC Ley Núm. 5 del 23 de abril según Querellada - Recurrente enmendada (Contrato Obras y Servicios)

Panel integrado por su presidenta; la Juez Lebrón Nieves, la Juez Romero García y el Juez Rivera Torres

Lebrón Nieves, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de agosto de 2024.

El 29 de julio de 20241, compareció ante este Tribunal de

Apelaciones, CV Contractors LLC representado por el señor Harold

Constantino, según resolución corporativa2 (en adelante, CV

Contractors o parte recurrente), por medio de recurso de Revisión de

Decisión Administrativa, en el que nos solicita que revisemos la

Resolución emitida el 3 de julio de 2024, por el Departamento de

Asuntos del Consumidor, (en adelante, DACO).

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se

desestima el recurso de revisión de decisión administrativa por falta

de jurisdicción.

1 Traído ante nuestra atención el 12 de agosto de 2024. 2 De entrada, es meritorio puntualizar que, según dispuesto por nuestro Máximo

Foro en B. Muñoz, Inc. v. Prod. Puertorriqueña, 109 DPR 825 (1980), los entes corporativos están impedidos de comparecer por derecho propio ante los tribunales, únicamente debe ser por conducto de abogados autorizados.

Número Identificador SEN2024 ________________ KLRA202400400 2

I

Es necesario destacar que, además de que la corporación no

está debidamente representada por abogado, previo a incluir los

hechos del caso, la parte recurrente únicamente acompañó a su

recurso la Resolución de la cual recurre. Por tanto, los hechos a

describirse son extraídos de la aludida Resolución.

Conforme surge de la Resolución emitida el 3 de julio de 2024,

el presente caso tiene su génesis en una Querella presentada ante el

DACO por el señor Derwin Borges Alvarado (en adelante, señor

Borges Alvarado o parte recurrida) en contra de la parte recurrida.

Según la Resolución, en la querella, la parte recurrida alegó que,

había contratado con la parte peticionaria para un trabajo de

construcción por el cual pagó en su totalidad la suma de

$16,500.00. Sin embargo, el trabajo no fue culminado y el

empañetado se dañó. De igual forma surge, que, en la Querella, la

parte recurrida alegó que, en agosto de 2023 le entregó a la parte

recurrente la suma de $8,000.00 para un segundo contrato en otro

lugar, pero que, ante el incumplimiento del primer contrato le

solicitó la devolución de la referida cantidad. En esencia, solicitó la

devolución de los $8,000.00 y de la suma por el trabajo no

terminado por vicios de construcción.

Por otro lado, de acuerdo a la Resolución, el 21 de marzo de

2024, fue celebrada una vista administrativa a la que

comparecieron: el señor Borges Alvarado; CV Contractors

representada por el licenciado Juan E. Medina Quintana; el señor

Harold Constantino y la señora Annie Vélez, presidenta de CV

Contractors.

Así las cosas, el 3 de julio de 2024, DACO emitió la Resolución

recurrida, en la cual esbozó las siguientes determinaciones de

hechos: KLRA202400400 3

1. El señor Dervin Borges Alvarado (en adelante el Querellante) es propietario de una casa localizada en la Urb . El Eden solar # 15 en Coamo, P.R.

2. CV Contrators LLC es corporación autorizada a hacer negocios en P.R. se dedica a la construcción residencial e industrial en Puerto Rico, con número 487730 del Registro de Corporaciones de Puerto Rico siendo su agente residente: Annie Vélez, con dirección en Laurel del Sur 1443, calle Bienteveo Coto Laurel P.R. 00780[.]

3. En el presente caso se otorgaron dos contratos.

4. El 7 de julio de 2023 el querellante Dervin Borges Alvarado firmó contrato con representantes de la compañía CV Contractors LLC para realizar trabajo de EMPAÑETADO y construcción de PARAPETO, en la Urb. El Edén solar #15 Coamo, P.R.

5. Conforme a Cl[á]usula Tercera: Especificaciones de la construcción para casa en Urb. El Eden- Coamo

a. Instalar corner bead en toda la residencia. b. Empañetado por dentro y fuera y área de plafón. c. Construcción de parapeto a vuelta redonda de la residencia. d. Alquiler, a la compañía CV Contractors LLC de máquina ligadora. e. Sólo incluye mano de obra. f. Cliente brindar[á] todos los materiales necesarios tales como: polvillo, cemento, celo bond color amarillo, corned bead, andamios, etc. g. Dejará área limpia y andamios en el área a trabajar.

Construcción será comenzada el 25 de julio de 2023 y se espera ser terminada dentro de 35 d[í]as laborables aproximadamente, siempre y cuando las condiciones del tiempo lo permitan y el dueño tenga los materiales necesarios.

Precio ajustado de $16,500.00. Al firmar el contrato se pagará $8,250.00; el restante $8,250.00 serán pagados al culminar los servicios de construcción.

6. Segundo Contrato:

El 17 de agosto de 2023 el querellante Dervin Borges Alvarado firmó contrato con representante de la compañía CV Contractors LLC para realizar trabajo de Remodelación en propiedad inmueble - casa en la calle José I. Quintón 162 Coamo, P.R.

Cl[á]usula Segunda: La primera parte (Dervin Borges) ha contratado la remodelación de varias KLRA202400400 4

áreas en residencia que eventualmente será un HEAD START.

7. Conforme a la Cl[á]usula Tercera las Especificaciones para la casa en la calle José I. Quintón- Coamo.

a. Demolición de pared 9”x 8” en el cuarto posterior. b. Remover puerta y sellar hueco con bloques de 6”; terminado en empañetado para extender [á]rea donde será demolida la pared. c. Corte de pared para construir una columna que brinde resistencia a dicha pared en el cuarto posterior. d. Empañetado de paredes donde serán instaladas las pizarras. e. Arreglos de filos en el área de mochetas de las puertas y ventanas. f. En el Exterior de la residencia: Empañetado solo en paredes con deficiencias (huecas, escrachadas, despegado de empañetado). g. Remoción de piso levantado por raíces de árbol en lateral de la residencia. h. Recogido y desechos de escombros de la remoción del piso y demolición de pared. i. Colocar brea molida donde se removió el piso y área de rampa de entrada que se encuentra en tierra. Cliente proveerá la brea molida mediante contacto. j. Mano de obra: cliente brindará los materiales necesarios para llevar a cabo la obra.

La Construcción será comenzada el 21 de agosto de 2023 y se espera ser terminada dentro de 60 días laborables aproximadamente, siempre y cuando las condiciones del tiempo lo permitan y el dueño tenga los materiales necesarios.

Precio ajustado de $16,500.00. Al firmar el contrato y para comenzar la construcción se pagará $8,000.00; el restante $8,500.00 serán pagados a plazos hasta culminar la construcción.

8. En referencia a este segundo contrato declaró el querellante que es una casa, que ahora no es propiedad comercial pero que va a ser un pre- escolar; que lo pagó con dinero suyo, de un cheque federal. Así declaró que cheque con fecha del 11 de julio de 2023 es de una cuenta a nombre de Superhero Kids Academy LLC porque ese segundo contrato va a ser un pre-escolar, el local del segundo contrato será dedicado a negocio.

9. En referencia a este segundo contrato el querellante declaró que entregó al querellado la mitad del total de la cantidad de $16,000.00.

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