Sucesión De ángela Margarita Ramón Romero T/C/C ángela M. Ramón De Rodríguez T/C/C ángela M. Ramón, Compuesta Por Sus Hijas E Hijo Rosángela Josefina De La Concepción Rodríguez Ramón, ángel Miguel Rodríguez Ramón T/C/C ángel M. Rodríguez Ramón, Anángela Dolores Rodríguez Ramón T/C/C Aishah Bey Rodríguez Ramón Y El Viudo, Miguel ángel Rodríguez Hernández T/C/C Miguel A. Rodríguez Hernández v. Andrés J. Ramón Miro, Mayra Martínez Y La Sociedad Legal De Gananciales Compuesto Por Ambos, Moisés ávila Sánchez, Fulana De Tal, Y La Sociedad Legal De Gananciales Compuesto Por Ambos; Oriental Bank, Compañía Abc; Y El Viudo, Miguel ángel Rodríguez Hernández T/C/C Miguel A. Rodríguez Hernández

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided June 18, 2026·No. TA2026AP00345·Published

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL XI-DJ2025-063A

SUCESIÓN DE ÁNGELA APELACION MARGARITA RAMÓN procedente del ROMERO t/c/c ÁNGELA M. Tribunal de RAMÓN DE RODRÍGUEZ Primera t/c/c ÁNGELA M. RAMÓN, Instancia, Sala compuesta por sus hijas e TA2026AP00345 Superior de San hijo ROSÁNGELA JOSEFINA Juan DE LA CONCEPCIÓN RODRÍGUEZ RAMÓN, ÁNGEL MIGUEL RODRÍGUEZ RAMÓN t/c/c ÁNGEL M. Civil Núm.: RODRÍGUEZ RAMÓN, K AC2015-1140 ANÁNGELA DOLORES RODRÍGUEZ RAMÓN t/c/c AISHAH BEY RODRÍGUEZ RAMÓN y el viudo, MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ Sobre: HERNÁNDEZ t/c/c MIGUEL Incumplimiento de A. RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ Contrato, Cobro de Dinero,

Apelados Daños y Perjuicios, Nulidad de

v. Contrato

ANDRÉS J. RAMÓN MIRO, MAYRA MARTÍNEZ y la Sociedad Legal de Gananciales compuesto por ambos, MOISÉS ÁVILA SÁNCHEZ, FULANA DE TAL, y la Sociedad Legal de Gananciales compuesto por ambos; ORIENTAL BANK, COMPAÑÍA ABC; y el viudo, MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ t/c/c MIGUEL A. RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ Apelantes Panel integrado por su presidenta, la Jueza Rivera Marchand, la Jueza Mateu Meléndez, la Jueza Boria Vizcarrondo y el Juez Robles Adorno.

Boria Vizcarrondo, Jueza Ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de junio de 2026.

Comparece ante nos, el señor Andrés J. Ramón Miró (Sr.

Ramón Miró), la señora Mayra Martínez, y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos (matrimonio Ramón Martínez o parte apelante), mediante el presente recurso de apelación, y nos solicita que revoquemos una Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan (TPI o foro primario) el 27 de febrero de 2026 y notificada el 3 de marzo de 2026.1 Mediante el referido dictamen, el TPI declaró Ha Lugar la causa de acción incoada contra el matrimonio Ramón Martínez.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, confirmamos el dictamen apelado.

I.

El caso de marras tiene su génesis el 21 de diciembre de 2015 cuando la Sucesión de la causante Ángela Margarita Ramón Romero (causante Ramón Romero) compuesta por sus hijos Rosángela Josefina De la Concepción, Ángel Miguel, Anángela Dolores Rodríguez Ramón y el viudo Miguel Ángel Rodríguez Hernández (Sucesión Ramón Romero o parte apelada) instó una Demanda por incumplimiento de contrato, cobro de dinero, daños y nulidad de contrato contra el sobrino de la causante Ramón Romero, el Sr. Ramón Miró, el matrimonio Ramón Martínez, el notario Moisés Ávila Sánchez, Fulana de Tal, y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos, Oriental Bank (Oriental), Compañía ABC y del viudo, Miguel Ángel Rodríguez Hernández.2 La parte apelada alegó en su demanda que, el 14 de abril de 2011, el Sr. Ramón Miró suscribió un contrato en el cual se comprometió a saldar un préstamo con el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA)3 mediante diecinueve (19) plazos. Para facilitar el otorgamiento del préstamo, la causante Ramón Romero, concedió como garantía de repago del préstamo dos (2) certificados de depósitos por las cuantías de $120,000.00 y $242,379.18. Además,

1 Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC) del Tribunal

de Apelaciones (TA), Entrada Núm. 1, Apéndice Núm. 2. 2 Íd., Entrada Núm. 1, Apéndice Núm. 1. 3 Según surge de la demanda Oriental Bank para el mes de enero de 2013 adquirió

los activos de BBVA pasando las cuentas objeto de controversia a dicho banco. Íd., a las págs. 3 y 5.

arguyó en la Demanda que para esa misma fecha el Sr. Ramón Miró suscribió con la causante Ramón Romero, un contrato de prenda y una carta de pignoración y autorización con el BBVA, garantizándose de esta forma el préstamo con los certificados de depósito con la condición de que el Sr. Ramón Miró los saldaría en diecinueve (19) plazos. Por último, arguyó que el Sr. Ramón Miró no les ha acreditado que efectuó los pagos y cumplió con el contrato y, por tanto, el dinero depositado de la sucesión no ha quedado liberado por Oriental.

En cuanto a su tercera causa de acción, esta fue dirigida contra Oriental. Surge de la demanda que la parte apelante reclamó la nulidad del contrato de prenda, así como la carta de pignoración y autorización, de probarse que la procedencia del dinero pignorado era ganancial. Culminado el descubrimiento de prueba, Oriental presentó una solicitud de sentencia sumaria parcial en la que solicitó la desestimación del pleito en su contra. A esos fines, el foro primario emitió Sentencia Parcial.4 En su dictamen, adjudicó veintiocho (28) hechos incontrovertidos y declaró Ha Lugar la Moción de Sentencia Sumaria Parcial liberando a Oriental de la causa de acción incoada.5 Posteriormente, el 25 de octubre de 2023, la parte apelada presentó una Moción en Solicitud que se dicte Sentencia Sumaria Parcial acompañada de una declaración jurada por Ángel Miguel Rodríguez Ramón como miembro de la Sucesión apelada en la que sostuvo la inexistencia de hechos medulares en controversia.6 La parte apelada sostuvo que la causante Ramón Romero garantizó un

4 Íd., Entrada Núm. 1, Apéndice Núm. 12. 5 Inconforme, la parte apelada instó un recurso de Apelación en la cual le imputó al foro primario incidir en su determinación al desestimar la reclamación a favor de Oriental, tras concluir que la garantía para el préstamo concedido al señor Ramón Miró era de carácter privativo. En su Sentencia, KLAN202300367, el panel hermano confirmó la determinación del foro primario. Íd., Entrada Núm. 1, Apéndice Núm. 17. 6 Íd., Entrada Núm. 1, Apéndice Núm. 6.

primer préstamo otorgado al Sr. Ramón Miró mediante la pignoración de dos certificados de depósito, los cuales sirvieron como garantía colateral hasta una cuantía máxima de $320,000.00, conforme a los términos consignados en la “Carta de Pignoración y Autorización”. Asimismo, indicó que dicha obligación fue satisfecha el 14 de abril de 2011 y posteriormente sustituida por un segundo préstamo asumido el 21 de octubre de 2013, con fecha de vencimiento al 21 de octubre de 2018. Igualmente, sostuvo que los referidos certificados fueron consolidados y constituidos como garantía colateral por la suma de $300,000.00 para asegurar la segunda obligación contraída por el Sr. Ramón Miró, de conformidad con lo pactado en la “Cesión de Garantía de Préstamo u Otras Obligaciones”. En consecuencia, la Sucesión Ramón Romero adujo que, debido al incumplimiento del Sr. Ramón Miró, Oriental no liberó el certificado pignorado. Por tal razón, suplicó del foro primario que ordenara a la parte apelante el pago de las sumas adeudadas como consecuencia de su incumplimiento contractual, así como la indemnización correspondiente por los daños causados.

Transcurrido el término provisto por las Reglas de Procedimiento Civil sin la presentación de un recurso en oposición, el foro primario dictó Sentencia. En su dictamen, declaró Ha Lugar la petición de sentencia sumaria y, consecuentemente, ordenó a la parte apelante al pago de lo adeudado.

Aun inconforme con la denegatoria del petitorio de reconsideración, el 6 de abril de 2026 la parte apelante presentó un recurso de apelación ante nos y planteó los siguientes señalamientos de error:

PRIMER ERROR: INCURRIÓ EN ERROR EL HONORABLE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA AL EMITIR UNA SENTENCIA SUMARIA CUANDO LA PARTE PROMOVENTE DE LA MOCIÓN NO CUMPLIÓ CON LOS REQUISITOS PROCESALES ESTABLECIDOS POR EL TRIBUNAL SUPREMO.

SEGUNDO ERROR: INCURRIÓ EN ERROR EL HONORABLE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA AL EMITIR UNA SENTENCIA SUMARIA CUANDO LA MISMA NO PROCEDÍA COMO CUESTIÓN DE DERECHO YA QUE DE LA DOCUMENTACIÓN EN EL EXPEDIENTE DEL CASO SURGE QUE LA PARTE DEMANDANTE NO TENÍA EL DERECHO A LA CONCESIÓN DE UN REMEDIO.

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Sucesión De ángela Margarita Ramón Romero T/C/C ángela M. Ramón De Rodríguez T/C/C ángela M. Ramón, Compuesta Por Sus Hijas E Hijo Rosángela Josefina De La Concepción Rodríguez Ramón, ángel Miguel Rodríguez Ramón T/C/C ángel M. Rodríguez Ramón, Anángela Dolores Rodríguez Ramón T/C/C Aishah Bey Rodríguez Ramón Y El Viudo, Miguel ángel Rodríguez Hernández T/C/C Miguel A. Rodríguez Hernández v. Andrés J. Ramón Miro, Mayra Martínez Y La Sociedad Legal De Gananciales Compuesto Por Ambos, Moisés ávila Sánchez, Fulana De Tal, Y La Sociedad Legal De Gananciales Compuesto Por Ambos; Oriental Bank, Compañía Abc; Y El Viudo, Miguel ángel Rodríguez Hernández T/C/C Miguel A. Rodríguez Hernández, (prapp 2026).

Sucesión De ángela Margarita Ramón Romero T/C/C ángela M. Ramón De Rodríguez T/C/C ángela M. Ramón, Compuesta Por Sus Hijas E Hijo Rosángela Josefina De La Concepción Rodríguez Ramón, ángel Miguel Rodríguez Ramón T/C/C ángel M. Rodríguez Ramón, Anángela Dolores Rodríguez Ramón T/C/C Aishah Bey Rodríguez Ramón Y El Viudo, Miguel ángel Rodríguez Hernández T/C/C Miguel A. Rodríguez Hernández v. Andrés J. Ramón Miro, Mayra Martínez Y La Sociedad Legal De Gananciales Compuesto Por Ambos, Moisés ávila Sánchez, Fulana De Tal, Y La Sociedad Legal De Gananciales Compuesto Por Ambos; Oriental Bank, Compañía Abc; Y El Viudo, Miguel ángel Rodríguez Hernández T/C/C Miguel A. Rodríguez Hernández (Sucesión De ángela Margarita Ramón Romero T/C/C ángela M. Ramón De Rodríguez T/C/C ángela M. Ramón, Compuesta Por Sus Hijas E Hijo Rosángela Josefina De La Concepción Rodríguez Ramón, ángel Miguel Rodríguez Ramón T/C/C ángel M. Rodríguez Ramón, Anángela Dolores Rodríguez Ramón T/C/C Aishah Bey Rodríguez Ramón Y El Viudo, Miguel ángel Rodríguez Hernández T/C/C Miguel A. Rodríguez Hernández v. Andrés J. Ramón Miro, Mayra Martínez Y La Sociedad Legal De Gananciales Compuesto Por Ambos, Moisés ávila Sánchez, Fulana De Tal, Y La Sociedad Legal De Gananciales Compuesto Por Ambos; Oriental Bank, Compañía Abc; Y El Viudo, Miguel ángel Rodríguez Hernández T/C/C Miguel A. Rodríguez Hernández) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.

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