Masa Torres v. Autoridad de las Fuentes Fluviales

96 P.R. Dec. 856, 1969 PR Sup. LEXIS 100
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedFebruary 12, 1969
DocketNúmero: R-66-403
StatusPublished
Cited by6 cases

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Masa Torres v. Autoridad de las Fuentes Fluviales, 96 P.R. Dec. 856, 1969 PR Sup. LEXIS 100 (prsupreme 1969).

Opinion

El Juez Asociado Señor Ramírez Bages

emitió la opinión del Tribunal.

Recurre ante' nos la Autoridad de las Fuentes Fluviales de Puerto Rico de la sentencia del Tribunal ■ Superior, Sala de San Juan, que la condenó a pagar, a Israel Masa Gon-zález la suma de $57,220, a sus padres la suma de $.5,0.00 por los sufrimientos mentales sufridos por ellos y $6,000 por concepto de honorarios de abogado con motivo de las serias lesiones que sufriera al venir en contacto con la.co-rriente primaria en un transformador en el cual trabajaba.

Los apuntamientos de la recurrente van dirigidos, en conjunto, a impugnar la apreciación de la prueba realizada por el tribunal de instancia y, en particular, a señalar su error al no concluir que el recurrido y su patrono causaron el accidente en cuestión.

En este caso resulta evidente de nuestro examen del récord que la negligencia de ambos litigantes, aunque en distinto grado, causó el accidente que ha motivado este litigio. Por lo tanto, debe modificarse la sentencia y reducirse la cuantía de los daños impuesta a la recurrente.

El tribunal de instancia concluyó que:

1. — Con motivo de no recibir corriente eléctrica una casa en la Cuarta Sección de la Urb. Villa del Rey, el Sr. Canetti, empleado de la recurrente a cargo de la inspección de sistemas soterrados, fue a determinar la causa de esa falla el día 1ro. de diciembre de 1964. Con anterioridad a esa fecha, la firma de Carrero & Tristani había terminado la instalación eléc-trica de dicha sección, incluyendo el transformador T-18 y la misma había sido inspeccionada y aprobada por la referida Autoridad y ésta tenía dicho transformador bajo su dominio [858]*858el cual cerraba con un candado cuyas llaves guardaba la Autoridad.

El recurrido Israel Masa González era empleado de Ca-rrero & Tristani desde hacía siete meses. Comenzó como obrero haciendo zanjas y colocando cables en ellas y luego como ayudante de electricista en líneas muertas. Trabajaba en pedestales y transformadores sin corriente.

Al notar Canetti que en el transformador T-18 no estaban conectados ciertos cables que habían sido repuestos por Ca-rrero & Tristani con motivo de una anterior avería, fue a ver al Sr. Collazo, capataz de Carrero.& Tristani, pero aquél no estaba y habló con el Sr. Díaz, empleado de Carrero & Tristani y éste le dijo que enviaría un hombre para el trabajo. El hombre enviado fue el demandante. Canetti lo llevó en un vehículo de la Autoridad hasta el transformador T-18 para que hiciese el trabajo. Al llegar al sitio donde estaba el transformador Canetti usó una llave y abrió el candado del gabinete y las dos puertas. Sacó un plano y le explicó a Israel lo que había que hacer, o sea, conectar unos cables en el lado derecho del transformador, cuyo lado tenía solamente 13 pulgadas de ancho.

“Canetty [sí'c] quitó algunos de los ‘machetes’ de la sección izquierda del transformador que tenía alto voltaje, lo cual dejó sin corriente la sección derecha del transformador donde iba a trabajar el demandante. Canetty [sic] dejó puesto, sin embargo, uno de los machetes de la sección izquierda, quedando una tercera parte de esa sección con corriente de alto voltaje.
Canetty [sic] dejó ambas puertas abiertas y Masa se puso en cuclillas y comenzó a trabajar. El trabajo consistía en intro-ducir unos cables por un pequeño hueco y a los pocos minutos, mientras Masa, en esa posición trataba de introducir los cables, tocó con su rodilla izquierda el ‘machete’ situado en el lado izquierdo del transformador, el cual tenía corriente de alto vol-taje . . . . Ocurrió una explosión y Masa cayó hacia atrás inconsciente, habiendo sufrido graves quemaduras. El Sr. Ca-[859]*859netty [sic] se encontraba a pocos pies de Masa mientras todo esto ocurría.
El accidente ocurrido pudo haberse evitado si los empleados de la Autoridad hubiesen dejado el transformador T-18 total-mente sin corriente antes de poner a Masa a trabajar en .él, lo cual se pudo haber hecho fácilmente y en pocos minutos. También se pudo haber evitado el accidente manteniendo ce-rrada la puerta izquierda del gabinete donde estaba la sección de alto voltaje o usando el equipo protector correspondiente.
La Autoridad fue negligente al hacer la inspección original de las líneas y el transformador T-18, y no descubrir los defectos que existían en dicho transformador. También fue negligente el señor Canetty [sie] al ocupar una persona que no formaba parte del personal de la Autoridad para llevar a cabo la repa-ración en cuestión dentro del transformador, en violación de las normas de la Autoridad, especialmente sin cerciorarse pri-mero de que estaba, por lo menos, ocupando un electricista con licencia o con la capacidad necesaria para la labor que se contemplaba.
Pero el señor Canetty [sie], fue aún más negligente, al indi-car al joven Masa que no había corriente en ningún sitio del gabinete.
El señor Canetty [sic] en su declaración trató de explicar que él quiso decir que no había corriente en el lado derecho (donde había que trabajar), y que le dijo a Masa que al lado izquierdo había corriente. Pero aunque eso fuese cierto, tratán-dose de un gabinete que solamente tenía 36 pulgadas de ancho, la proximidad del peligro era tal que el señor Canetty [síc] no ha debido haber permitido que se hiciera el trabajo sin desconectar totalmente la corriente del transformador.
Como consecuencia del accidente el demandante Israel Masa quedó inconsciente por varias horas, y para salvarle la vida se le dio respiración artificial de boca a boca. Sufrió horribles quemaduras y estuvo hospitalizado durante 5 meses y 18 días en el Hospital Industrial.
• Las quemaduras eran tan severas que el paciente estuvo en estado de gravedad durante dos o tres meses, y fue necesario [860]*860tenerle enfermeras especiales las 24 horas del día durante más de cinco meses — (hasta el día 11 de mayo de 1965) — habién-dose considerado indispensables dichas enfermeras desde el punto de vista médico. Fue necesario hacerle transfusiones y darle plasma en repetidas ocasiones.
Masa fue sometido a un total de cinco operaciones • para hacerle injertos de piel (‘grafting’) y se le removió piel de un 20% de su cuerpo para los injertos, mediante el uso del ‘dermatome’ — una cuchilla que vibra parecida a la que usan los barberos para cortar el pelo — y que deja el área en carne viva. El tratamiento fue sumamente doloroso, ya que también había que hacerle limpiezas en las quemaduras para los injer-tos; y el paciente estaba siempre muy incómodo, pues no podía ni virarse en la cama.
El Tribunal examinó al demandante Israel Masa y á la fecha del juicio presenta horribles cicatrices por todo el cuerpo, siendo las peores en la rodilla izquierda, en .el hombro y brazo derechos y. en las piernas. Las fotografías del demandante admitidas en evidencia, tomadas pocos días antes del juicio, representan fielmente el aspecto actual de las cicatrices.
Como resultado del accidente el demandante Masa tiene la pierna izquierda anquilosada, con una limitación de flexión de 30 grados de un posible 135 grados, y tiene alguna debi-lidad en el brazo derecho. Camina con la rodilla extendida y con una evidente cojera. En la pierna izquierda los tejidos blandos están atrofiados, especialmente sobre la rodilla.

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