López Torres Y Otros v. Hogar Sanación, LLC Y Otros

CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedJune 23, 2026
DocketCC-2025-0588
StatusPublished

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López Torres Y Otros v. Hogar Sanación, LLC Y Otros, (prsupreme 2026).

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Adalberto López Torres y otros Certiorari Peticionarios 2026 TSPR 69 v.

Hogar Sanación, LLC y otros 218 DPR ___

Recurridos

Número del Caso: CC-2025-0588

Fecha: 23 de junio de 2026

Tribunal de Apelaciones:

Panel XI

Representante legal de la parte peticionaria:

Lcdo. Fernando Aguayo Ruiz

Representante legal de la parte recurrida:

Lcdo. Pedro J. Rivera Rivera

Materia: Procedimiento Civil – Revisión de una determinación interlocutoria a través de un recurso de certiorari es incompatible con el proceso sumario de desahucio; conversión de un proceso de desahucio sumario a uno de naturaleza ordinaria descansa en la sana discreción del tribunal.

Este documento está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal Supremo. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Adalberto López Torres y otros Peticionarios

v. CC-2025-0588

Hogar Sanación, LLC y otros Recurridos

El Juez Asociado Señor Candelario López emitió la Opinión del Tribunal.

En San Juan Puerto Rico, a 23 de junio de 2026.

En esta ocasión nos corresponde evaluar por primera

vez si es posible la revisión de una determinación

interlocutoria en un procedimiento de desahucio de

naturaleza sumaria. Por considerar que la revisión a través

de un recurso de certiorari de una determinación

interlocutoria es incompatible con el proceso sumario de

desahucio y con la intención del legislador de impartir

agilidad al proceso, contestamos en la negativa.

Por otra parte, reiteramos que la conversión de un

proceso de desahucio sumario a uno de naturaleza ordinaria

descansa en la discreción del juzgador, quien tiene el

deber de auscultar los méritos de las defensas esgrimidas

y los hechos específicos que se aducen para proceder, si

así lo entiende, a ordenar la tramitación del proceso por

la vía ordinaria.

Veamos el trasfondo fáctico que da lugar a la

controversia. CC-2025-0588 2

I

El presente recurso tiene su origen en una Demanda de

desahucio sumario y cobro de dinero presentada el 17 de

abril de 2024 por el Sr. Adalberto López Torres por sí y

como apoderado de sus hermanas, Sras. Adilsa López Torres,

Adaline López Torres y Adamari López Torres (en conjunto,

parte peticionaria) contra Hogar Sanación, LLC (Hogar

Sanación).1 Según expuesto en la Demanda, la parte

peticionaria alegó que es dueña de dos fincas urbanas, las

cuales constan de dos solares localizados en el municipio

de Humacao. De este modo, se argumentó que, el 11 de mayo

de 2017, la parte peticionaria otorgó un contrato de

arrendamiento de cinco años con Hogar Sanación por un canon

mensual de $1,500 y una penalidad de $250 por pago tardío.

El referido contrato era prorrogable a cinco años

adicionales a discreción de Hogar Sanación, pero la

prórroga de este conllevaría un aumento al canon a $1,700

mensuales. Además, el contrato de arrendamiento le proveía

a Hogar Sanación un derecho de opción de compraventa de

los inmuebles dentro del término de los primeros cinco años

de arrendamiento. Según presentado en la Demanda, el

contrato prohibía que Hogar Sanación subarrendara las

propiedades objeto del arrendamiento, salvo que obtuviese

consentimiento anticipado y por escrito de la parte

1 El 8 de mayo de 2024, la parte peticionaria presentó una Demanda enmendada, con el propósito de incluir como codemandada a New Beginning Center, Inc. CC-2025-0588 3

peticionaria. Las partes también acordaron que el

incumplimiento de Hogar Sanación con cualquier cláusula

del contrato implicaría la invalidación de este.

Por otro lado, la parte peticionaria alegó que, desde

agosto de 2022, Hogar Sanación ha incumplido con el pago

del canon, al no pagar la renta acordada. Además, la parte

peticionaria indicó que advino en conocimiento de que Hogar

Sanación subarrendó las propiedades eje del contrato de

arrendamiento a New Beginning Center, Inc. sin notificarle

a estos.

Debido a esto, la parte peticionaria solicitó el

desahucio y lanzamiento de Hogar Sanación y New Beginning

Center, Inc. de ambas propiedades. Además, la parte

peticionaria solicitó que se le condene a estas a pagar

$34,000 por concepto de renta vencida y no pagada hasta

abril de 2024 (adicional a $1,700 mensuales por cada mes

posterior a abril del 2024 en que las demandadas

continuasen ocupando las propiedades); $5,000 por concepto

de penalidades no pagadas hasta abril de 2024 (cuya suma

aumenta $250 mensuales por cada mes posterior a abril del

2024 que continuasen ocupando la propiedad y no paguen la

renta correspondiente); los intereses por mora a la tasa

del interés legal desde el vencimiento de cada uno de los

pagos reclamados y hasta la fecha de la sentencia, los

intereses sobre los intereses por mora, a la tasa del

interés legal, desde la fecha de la Demanda hasta la fecha CC-2025-0588 4

de la sentencia; costas, gastos y honorarios de abogado y

el interés postsentencia aplicable fijado por la Oficina

del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF),

vigente a la fecha de la sentencia, sobre todas las sumas

adjudicadas en la sentencia.

Por su parte, el 3 de junio de 2024, Hogar Sanación

presentó una Contestación a demanda, reconvención y demanda

contra tercero, en la que negó las alegaciones expuestas

en la Demanda, presentó sus defensas afirmativas e instó

una causa de acción contra el Sr. David Ramírez Rodríguez

(tercero demandado). Hogar Sanación alegó que la parte

peticionaria y el tercero demandado le habían engañado, ya

que no le notificaron los gravámenes por embargos del

Departamento de Hacienda que tenían las propiedades.

Asimismo, arguyó que la parte peticionaria incumplió con

el contrato, debido a que cuando Hogar Sanación decidió

ejercer su derecho a opción el 28 de abril de 2022, y se

le rechazó el mismo. Además, alegó que realizó mejoras a

las propiedades objeto del contrato de arrendamiento. De

este modo, Hogar Sanación indicó que le aplicaba el

precepto exceptio non adimpleti contractus, ya que a la

parte peticionaria incumplir con el derecho de opción

establecido contractualmente, no estaba obligado a pagar

el canon mensual de arrendamiento. De la misma forma, Hogar

Sanación indicó que, debido al alegado dolo y, bajo la

doctrina de exceptio non adimpleti contractus, habían CC-2025-0588 5

adquirido un título superior al de la parte peticionaria.

Por tal razón, Hogar Sanación solicitó indemnización por

los daños y perjuicios ocasionados por la parte

peticionaria y el tercero demandado por una cantidad no

menor a $1,020,000.

Asimismo, en la misma fecha, Hogar Sanación presentó

una Moción para solicitar la conversión al trámite

ordinario, en la que solicitó que el tribunal convirtiese

el desahucio sumario a un procedimiento de desahucio

ordinario. En síntesis, sostuvo que el caso presenta

controversias complejas de hecho y de derecho que impiden

un procedimiento sumario de desahucio. Según argumentó, en

el caso se han acumulado reclamaciones adicionales,

incluyendo cobro de dinero y reconvención por

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