In re González Porrata-Doria
Opinion
Hoy evaluamos una querella presentada contra un Juez Superior por intervenir indebidamente con una potencial testigo durante la investigación de una queja ética. Procede evaluar también la conducta de ese juez al contactar personalmente a la abogada de su exesposa —es-tando pendientes ciertas controversias judiciales entre am-bos— con el propósito de indisponerla en su contra.
Por las razones que exponemos a continuación, resolve-mos que el juez incurrió en conducta antiética, violatoria de los Cánones 7, 13 y 23 de Ética Judicial, infra. En con-[685] formidad con los principios y las normas que rigen la ética judicial en nuestro ordenamiento, así como la política ins-titucional contra cualquier conducta que pueda lacerar la confianza de la ciudadanía en el sistema de justicia, orde-namos su destitución inmediata.
HH
El juez Ricardo J. González Porrata-Doria juramentó como Juez Municipal en enero de 1996 y comenzó a ejercer el cargo en la ciudad de San Germán. Posteriormente se le extendió un nombramiento como Juez Superior y fue tras-ladado al Centro Judicial de Arecibo en el 2000. Para ese entonces, la Sra. Olga I. Miranda Maisonet comenzó a tra-bajar como su secretaria jurídica, puesto que siguió ocu-pando una vez el juez González Porrata-Doria fue reasig-nado al Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Ciales. En el 2006 el juez González Porrata-Doria regresó al Centro Judicial de Arecibo y, tiempo después, reclutó nuevamente a la señora Miranda Maisonet.
Footnotes
197 P.R. Dec. 683 (In re González Porrata-Doria) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.