Centro de Recaudación de Ingresos Municipales v. Bobé Santiago
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emitió la opinión del Tribunal.
El Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) nos solicita que ordenemos a la Hon. Lourdes M. Bobé Santiago, Registradora de la Propiedad (Registradora), la calificación de una escritura pública. Debido a que no nos encontramos ante una calificación final, ni ante una verdadera negativa a calificar, procede desestimar el recurso por falta de jurisdicción.
I
El CRIM argüye que Intel Puerto Rico, Inc. otorgó la Escritura número 6 de 11 de mayo de 1995 sobre Cancelación de Condiciones Restrictivas, Segregación, Permuta y Agrupación (Escritura núm. 6) ante el notario Esteban R. Bengoa Becerra, mediante la cual, entre otras cosas, agrupó las fincas 9,316, 9,318, 9,322, 9,323, 9,324, 9,325 y 9,625. Según alegado, la Escritura núm. 6 fue presentada [946] en el Registro de la Propiedad el 1 de agosto de 2000. Aunque esta Escritura es el eje central de la controversia ante nos, no fue anejada como parte del Recurso Gubernativo.
Posteriormente, y como parte de una transacción con una de sus entidades afiliadas, Intel Puerto Rico, Inc., transfirió el dominio de las fincas agrupadas a Intel Puerto Rico, Ltd. Luego de esta transferencia de dominio, Intel Puerto Rico, Ltd. vendió las fincas a IATG Puerto Rico, LLC (IATG) mediante la Escritura de compraventa número 28 de 10 de octubre de 2003 ante la notaría Doira Díaz Rivera.
Footnotes
193 P.R. 943 (Centro de Recaudación de Ingresos Municipales v. Bobé Santiago) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.