Carrillo Russe, Karla Marie v. in House Closets & More Interprises, Inc

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided December 19, 2023·No. KLRA202300520·Published

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL IV

REVISIÓN

procedente del

KARLA CARRILLO RUSSE Departamento de Asuntos del

Recurrente Consumidor KLRA202300520

v.

Querella Núm.:

IN HOUSE CLOSETS & SAN-2022- MORE INTERPRISES, INC. 0012399 Recurrido Sobre:

Ley Núm. 5 de 23

de abril de 1973

(Ley Orgánica de

DACO)

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, la Jueza Rivera Marchand y el Juez Rodríguez Flores.

Cintrón Cintrón, Jueza Ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 19 de diciembre de 2023.

Comparece ante nos, mediante Recurso de Revisión Judicial, y por derecho propio, la señora Karla Carrillo Russe (señora Carrillo Russe o parte recurrente) y nos solicita que revisemos la Resolución Nunc Pro Tunc emitida el 1 de septiembre de 2023 y notificada el 5 de septiembre de 2023, por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo). Mediante la misma, el DACo declaró Con Lugar la querella presentada por la señora Carrillo Russe y decretó la resolución del contrato de arrendamiento de obra suscrito entre las partes, en cuanto a las puertas objeto de la querella. Además, ordenó a la parte querellada, el señor David Alemán Echevarría h/n/c In House Closets & More Enterprises, Inc. (In House Closets o parte recurrida) restituir a la señora Carrillo Russe la suma de $3,585.00 y a esta última devolver las siete (7) puertas de madera concernidas.

Número Identificador SEN2023 ______________

Por las razones que expondremos a continuación, se confirma la resolución recurrida.

I.

Según surge del expediente, en febrero de 2023, la señora Carrillo Russe contrató a In House Closets para la manufactura e instalación de siete (7) puertas de madera con sus marcos, una puerta corrediza de cristal para un closet del pasillo y un closet en panel hidrófugo, todo por el precio de $5,900.00. Posteriormente, la señora Carrillo Russe notó que las puertas instaladas tenían varios desperfectos, como comején en una de las puertas, por lo que notificó a In House Closets para el correspondiente arreglo, pero no tuvo éxito. Lo anterior provocó que esta contratara a otra compañía para atajar el problema del comején.

A raíz de lo anterior, el 19 de octubre de 2022, la señora Carrillo Russe presentó una Querella en el DACo contra In House Closets. En su querella solicitó el reembolso del costo total de las puertas, $5,900.00, así como daños y perjuicios.

El 19 de octubre de 2022, In House Closets fue notificado de la querella instada en su contra, pero no contestó la misma oportunamente. El 22 de febrero de 2023, el DACo celebró la vista administrativa a la cual comparecieron ambas partes por derecho propio.

El 24 de febrero de 2023, el DACo emitió la Resolución original. Mediante dicho dictamen, emitió las siguientes determinaciones de hechos:

1. El 23 de febrero de 2022, la parte querellante contrató a la parte querellada para la instalación de 7 puertas de madrea, un “walk-in closet” y una puerta corrediza en aluminio y cristal para el “closet”

del pasillo, por el precio de $5,900.00.

2. El costo de las 7 puertas se detalló en la factura por la suma de $3,360.00.

3. El 19 de abril de 2022, la parte querellada realizó la instalación de las puertas de madera en el apartamento de la parte querellante.

4. El 26 de abril de 2022, la parte querellante contactó a la parte querellada para informarle que las puertas estaban defectuosas, ásperas y con bolsas de aire en la pintura. Además, una de ellas también tenía arenilla que resultó ser comején, el cual le corrió por todo el baño. Algunas de las tablillas del closet también quedaron viradas.

5. La parte querellada contrató con la parte querellante para la fabricación e instalación de dos puertas de "closet" adicionales. No obstante, éstas fueron entregadas e instaladas sin ningún contratiempo.

6. La parte querellada acudió a la residencia de la parte querellante para intentar arreglar las puertas y para las tablillas. Sin embargo, no pudo resolver el problema del comején, ni arreglar la pintura de las puertas.

7. La parte querellada pudo corregir las tablillas viradas en el "walk-in closet".

8. El marco de una de las puertas ubicada en el cuarto "master" también se infectó con comején.

9. La parte querellada indicó que volvería en julio de 2022, para corregir lo que faltaba en las puertas. Sin embargo, no volvió. Dicha parte no contestaba las llamadas ni los mensajes de texto.

10. En agosto la parte querellante arregló la puerta que tenía comején con otro contratista lo cual tuvo un costo de $225.00. La fumigación para el comején de la puerta le costó a la parte querellante, la suma de $195.00 La puerta nueva costo $870.00.

11. En el edificio donde vive la parte querellante había otros pisos y apartamentos con problema de comején.

12. El 19 de octubre de 2022, la parte querellante radicó una querella ante este Departamento. En la misma, solicitó la devolución de su dinero.

Conforme lo anterior, la agencia determinó que la señora Carrillo Russe cumplió con su obligación de pagar el precio por las siete (7) puertas de madera, la puerta de cristal y aluminio blanco y el closet en el panel hidrófugo. Sin embargo, el DACo expresó que In House Closets no cumplió su obligación de realizar la obra según lo pactado. Ello, toda vez que las puertas tenían defectos en la pintura, y las tablillas del walk in closet resultaron viradas. A pesar de que la señora Carrillo Russe le reclamó en varias ocasiones a la entidad para que le corrigiera los mencionados desperfectos, In House

Closets acudió al apartamento una (1) vez y solo logró corregir la situación que presentaba las tablillas.

Además, el DACo expuso lo siguiente:

Es preciso resaltar, que la parte querellante no logró establecer que el problema del comején viniera con la puerta instalada por la parte querellada, ya que surgió de la prueba que había comején en otros pisos y apartamentos del condominio. Por lo tanto, la partida solicitada por la parte querellante a dichos efectos no procede.

Ahora bien, quedó establecido que la parte querellada incumplió al actuar sin pericia al realizar la obra de las puertas a pesar de haber tratado de corregir las mismas posteriormente. Ante dichas circunstancias, procede la devolución de los $3,360 que la parte querellante pagó por las puertas, y los $225.00 que ésta pagó por la reparación al remover el material instalado.

El 20 de marzo de 2023, In House Closets presentó Moción de Reconsideración de Resolución. Solicitó se reconsiderara la determinación o, en la alternativa, se enmendara para incluir que, al restituirse el dinero a la señora Carrillo Russe, esta debía devolver las puertas. La señora Carrillo Russe se opuso a lo anterior oportunamente. El 11 de mayo de 2023, la señora Carrillo Russe instó una Moción para Solicitar el Cumplimiento y la Ejecución de la Resolución. En su comparecencia, le requirió al DACo que ordenara la ejecución y el cumplimiento de la resolución original, de conformidad con la Regla 30 del Reglamento 8034 del DACo.

El 1 de septiembre de 2023, el DACo dictó la Resolución Nunc Pro Tunc que hoy revisamos.1 Mediante esta, sostuvo su dictamen inicial, más añadió la siguiente expresión: “Además, recibido el (sic) la suma antes referida, la parte querellante devolverá a la parte querellada las 7 puertas de madera objeto de la querella de epígrafe”.

1 El 28 de septiembre de 2023, la señora Carrillo Russe instó una oposición, en

la cual expresó que la Resolución Nunc Pro Tunc consideró tardíamente la moción de reconsideración de In House Closets y que esta menoscabó sus derechos ya adquiridos mediane una resolución original que ya era final y firme. Añadió que la agencia enmendó la resolución original a los efectos de disponer que esta debía devolver las siete (7) puertas de madera objeto de la querella y que ello constituía un error de derecho porque afectaba sus derechos sustantivos. No surge del expediente contestación de la agencia a dicha moción.

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Carrillo Russe, Karla Marie v. in House Closets & More Interprises, Inc, (prapp 2023).

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