Arraiza Iglesia v. Comisión Industrial

85 P.R. Dec. 14, 1962 PR Sup. LEXIS 177
Supreme Court of Puerto Rico·Decided March 15, 1962·No. Número: 589·Published·Cited by 6 cases

Opinion

El Juez Asociado Señor Blanco Lugo

emitió la opinión del Tribunal.

Contra la resolución dictada por la Comisión Industrial de Puerto Rico resolviendo que el obrero Juan Ortiz Cubano sufrió un accidente mientras trabajaba para el patrono Enrique Arraiza Iglesia y que dicho accidente es compensa-ble bajo las disposiciones de la Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo, Ley Núm. 45 de 18 de abril de 1935 (11 L.P.R.A. secs. 1 a 42), se interpuso el presente recurso en el cual la única cuestión que se plantea es si la labor que realizaba el obrero al ocurrir los hechos era de carácter accidental o casual y estaba comprendida dentro del negocio, industria, profesión u ocupación del patrono.

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Arraiza Iglesia v. Comisión Industrial, 85 P.R. Dec. 14, 1962 PR Sup. LEXIS 177 (prsupreme 1962).

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