Romero Santiago v. Comisión Industrial

73 P.R. Dec. 805
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedSeptember 19, 1952
DocketNúm. 456
StatusPublished
Cited by4 cases

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Romero Santiago v. Comisión Industrial, 73 P.R. Dec. 805 (prsupreme 1952).

Opinion

El Juez Asociado Señor Pérez Pimentel

emitió la opinión del tribunal.

El 13 de diciembre de 1950, el obrero José Rafael Tirado radicó ante la Comisión Industrial de Puerto Rico una peti-ción de compensación por las heridas recibidas al caerse de una palma mientras tumbaba cocos de la misma. La peti-ción fué dirigida contra Doña Mariana Romero Santiago, patrono no asegurado, quien fué la que empleó al obrero para tumbar los cocos pagándole un jornal de cincuenta centavos por cada cien cocos que tumbara. Previos los procedimientos de rigor, se celebró la vista del caso el día 9 de octubre de 1951 y por el resultado de la prueba aducida en la misma, se dictó resolución el día 15 de noviembre de 1951 encontrando probados la Comisión Industrial los siguientes hechos:

D?- Mariana Romero Santiago es esposa de Don Antonio Pérez Amigo, quien es dueño de una finca como bien priva-tivo suyo. Doña Mariana actuaba como agente o represen-tante de su esposo en el negocio de venta de cocos producidos en esa finca. El día de autos Otilio Rodríguez Dones le sa-lió a comprar a Doña Mariana un ciento de cocos y no habiendo tumbados, se envió al obrero Jesús Rivera a buscar un tumbador, trayendo éste a José Rafael Tirado. Cuando ya éste había tumbado como noventa cocos, se cayó de la palma sufriendo varias lesiones. Concluyó también la Co-misión que ese día se encontraban en la finca haciendo carbón dos personas; que ese carbón se hacía a medias con la pa-trona, “pero que las chimbas se hacían esporádicamente, cuando se encontraba la leña necesaria...”

Bajo esas conclusiones, resolvió la Comisión que la pa-trona empleaba tres obreros y que, por ende, estaba obligada a asegurarse. Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo, Ley núm. 45 de 18 de abril de 1935 ((1) pág. 251), según ha sido enmendada.

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