The Sherwin-Williams Co. Pr v. Municipio De Guayanilla; Junta De Subastas Del Municipio De Guayanilla

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided July 17, 2025·No. TA2025RA00002·Published

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL II

THE SHERWIN-WILLIAMS Revisión CO. PR procedente de la Junta de Subastas

Recurrente del Municipio de Guayanilla

v.

MUNICIPIO DE Sobre: GUAYANILLA; JUNTA DE TA2025RA00002 Revisión de SUBASTAS DEL Adjudicación de MUNICIPIO DE Subasta General GUAYANILLA Núm. 1-AE-2025-

2026 Renglón 15 –

Recurridos Suministro de Pinturas y

COMERCIAL LOS Accesorios FURGONES

Licitador Seleccionado

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Rivera Marchand, la Jueza Martínez Cordero y el Juez Cruz Hiraldo.

Martínez Cordero, jueza ponente SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de julio de 2025.

Comparece The Sherwin-Williams, Co. PR (en adelante, Sherwin o parte recurrente) mediante un recurso de revisión judicial para solicitarnos la revisión de la Adjudicación de la subasta general (Subasta) #1-AE-2025-2026, emitida y notificada el 6 de junio de 2025, por la Junta de Subastas del Municipio de Guayanilla (en adelante, Junta de Subastas o parte recurrida).1 Mediante la determinación recurrida, se le adjudicó la buena pro de la antedicha subasta a Comercial Los Furgones.

Por los fundamentos que expondremos, se desestima la adjudicación de la subasta recurrida por prematura.

I

Surge de los autos ante nuestra consideración que, el 9 de mayo de 2025, la Junta de Subastas emitió un Aviso de Subastas

1 Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos del Tribunal de Apelaciones (SUMAC TA), a la Entrada 1, Apéndice del recurso Núm. 7.

para la Subasta General #1-AE-2025-2026, la cual contenía treinta y cinco (35) renglones.2 Mediante este aviso, indicó que recibiría propuestas en sobres sellados y rotulados con el número de renglón, nombre de la compañía y número de subasta, las cuales debían de ser radicadas en o antes 28 de mayo de 2025, a las 9:30 a.m. A su vez, especificó en el referido aviso que, si el licitador deseaba participar en varios renglones, estos debían de venir acompañados, individualmente, de una fianza de $100.00 dólares a nombre del Municipio de Guayanilla, la cual no sería rembolsable, y se podía efectuar mediante cheque certificado, giro postal o un ‘Bid-Bond’ montante al diez por ciento (10%) de la solicitud entregada. Indicó que la fianza garantizaría los precios de los artículos y materiales cotizados hasta que fuera adjudicado cada renglón. Por otra parte, estableció las siguientes condiciones generales para la mencionada subasta:

1. TODA LICITACIÓN DEBER[Á] VENIR ACOMPAÑADA DE UNA FIANZA DE $100.00 O UN BID BOND MONTANTE AL DIEZ POR CIENTO (10%) DE LA SOLICITUD ENTREGADA, QUE GARANTICE LOS PRECIOS DE LOS ART[Í]CULOS Y MATERIALES COTIZADOS Y EL FIEL CUMPLIMIENTO DE LA OFERTA O UN PAGO DE $100.00 A NOMBRE DEL MUNICIPIO DE GUAYANILLA.

ESTA FIANZA NO SERÁ REEMBOLSABLE.

2. LAS LICITACIONES DEBER[Á]N SOMETER UN ORIGINAL E (sic) AÑADIR EL FORMATO DIGITAL Y UNA COPIA EN SOBRES SELLADOS POR SEPARADOS.

3. EL PAGO DE LOS PLIEGOS SER[Á] DE $25.00 POR RENGLÓN.

4. SE DEBERÁ ESTABLECER UN TIEMPO RAZONABLE PARA EL PAGO DE LA FACTURA EL CUAL DEBE HONRAR TODO EL AÑO FISCAL.

5. CUALQUIER VIOLACIÓN A LO EXPUESTO EN ESTE PLIEGO SERÁ MOTIVO DE LA CANCELACIÓN DE PARTICIPACIÓN EN LA SUBASTA.

6. LA HON. JUNTA DE SUBASTAS SE RESERVA EL DERECHO DE ACEPTAR O RECHAZAR CUALQUIER OFERTA QUE A SU MEJOR CRITERIO RESULTE EN DESVENTAJA PARA LOS INTERESES DEL MUNICIPIO;

2 SUMAC TA, a la Entrada 1, Apéndice del recurso Núm. 1.

ASÍ COMO ADJUDICAR LA BUENA PRO TOMANDO COMO BASE OTROS FACTORES QUE NO SEAN NECESARIAMENTE EL PRECIO.

7. SI AL ABRIR ESTE SOBRE CERRADO CONTENIENDO LA OFERTA, NO ESTÁ INCLUIDA LA FIANZA DE LICITACIÓN, NO SE PERMITIRÁSUBSANAR EL DEFECTO MEDIANTE EL DEPÓSITO DE LA MISMA[.]

TODA OFERTA QUE AL ABRIRSE EL SOBRE CERRADO NO TENGA LA FIANZA EXIGIDA, SERA DESCALIFICADA INMEDIATAMENTE Y NO SERÁ CONSIDERADA POR LA JUNTA DE SUBASTAS.

8. TODOS Y CADA UNO DE LOS PLIEGOS DE LICITACIÓN RECIBIDOS COMO RESULTADOS (sic) DE ESTA CONVOCATORIA O SUBASTA PODR[Á]N SER RECHAZADOS SI SE CONSIDERA QUE EL LICITADOR CARECE DE RESPONSABILIDADES O SI LA NATURALEZA, CALIDAD DE LO QUE OFRECEN EST[Á]

FUERA DE LOS REQUISITOS QUE SE EXIGEN, DISPONI[É]NDOSE, ADEM[Á]S[,] QUE SI LOS PRECIOS COTIZADOS SE CONSIDERAN COMO IRRAZONABLES O QUE EL P[Ú]BLICO NO SE BENEFICIE DE LOS MISMOS, SE DECLARA LA SUBASTA EN LA PARTE CORRESPONDIENTE SIN NING[Ú]N EFECTO[.]

9. LUEGO DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS SE LE SOLICITAR[Á] AL LICITADOR AGRACIADO QUE SOMETA LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS LOS CUALES SON REQUERIDOS PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO POR SERVICIOS.

a. CERTIFICACIÓN DE DEUDA ACTUALIZADA DEL DEPARTAMENTO DEHACIENDA[.]

b. CERTIFICACIÓN RADICACIÓN DE PLANILLAS DE LOS [Ú]LTIMOS CINCO AÑOS DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA[.]

c. CERTIFICADO DEL REGISTRO DE COMERCIANTE DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA[.]

d. CERTIFICACIÓN DEL CRIM (MUEBLE E INMUEBLE)[.]

e. CERTIFICACIÓN DE ASUME[.]

f. PATENTE MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DONDE EST[É] UBICADO EL NEGOCIO[.]

g. CERTIFICACIÓN DEL DEPARTAMENTO DEL TRABAJO[.]

h. CERTIFICACIÓN DE INCORPORACIÓN[.]

i. SI TIENE EXENCIÓN CONTRIBUTIVA, COPIAS DEL CERTIFICADO DE TRABAJO[.]

j. EVIDENCIA SI APLICA DE ESTAR ACOGIDO A LOS BENEFICIOS DE LA LEY 42 DEL 5 DE AGOSTO DE 1989, COMO LA LEY DE POLÍTICA PREFERENCIAL PARA COMPRAS DE GOBIERNO[.]

k. PÓLIZA DE LA CORPORACIÓN DEL FONDO DEL SEGURO DEL ESTADO[.]

l. DECLARACI[Ó]N JURADA DEL MUNICIPIO DE GUAYANILLA[.]3

Así las cosas, el 26 de mayo de 2025 , Comercial Sabanero Inc. (Sabanero) presentó una propuesta para el Renglón #15 de la Subasta sobre Suministros de Pinturas y Accesorios.4 Al día siguiente, Sherwin sometió también una propuesta para el aludido Renglón #15 de la Subasta.5 Luego, Comercial Los Furgones (Los Furgones) incoó igualmente una propuesta para el antedicho renglón.6 Evaluadas las propuestas, el 6 de junio de 2025, la Junta de Subastas emitió y notificó la Adjudicación de la subasta general #1-

3 SUMAC TA, a la Entrada 1, Apéndice del recurso Núm. 4, a las págs. 2-3. 4 Íd., Apéndice del recurso Núm. 6. Este licitador acompañó su propuesta con la

documentación siguiente: (i) ‘Bid-Bond’ por la cantidad de $100.00 dólares; (ii) Cotización de los suministros correspondientes al renglón; (iii) Aviso dirigido al Municipio sobre el modo en que se someterían las facturas y se realizarían los pagos por los servicios rendidos; (iv) Cheque dirigido al Municipio por la cantidad de $25.00 dólares. 5 SUMAC TA, a la Entrada 1, Apéndice del recurso Núm. 4. Se desprende de los

autos que Sherwin acompañó su propuesta con: (i) ‘Bid-Bond’ por la cantidad de $100.00 dólares; (ii) Cotización de los suministros correspondientes al renglón; (iii) Certificación negativa de deudas del Departamento de Hacienda de Puerto Rico (Hacienda); (iv) Certificación de radicación de planillas de Hacienda; (v) Certificado de Registro de Comerciantes; (vi) Certificación de Radicación de Planillas sobre la propiedad inmueble del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM); (vii) Certificación negativa de propiedad inmueble del CRIM; (viii) Certificación de deuda por todos los conceptos del CRIM; (ix) Certificación Patronal de Cumplimiento de la Administración para el Sustento de Menores (ASUME); (xi) Patente Municipal del Municipio de Yauco, con fecha de vigencia hasta el 30 de junio de 2025; (xii) Certificación negativa de deudas del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (Departamento del Trabajo); (xiii) Certificado de incorporación de Sherwin del Estado de Ohio; (xiv) Estatutos de incorporación de Sherwin; (xv) Certificación de Deuda de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE). 6 SUMAC TA, a la Entrada 1, Apéndice del recurso Núm. 5. Cabe resaltar que de

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