Rivera Sanfeliz, Randolfo v. Firstbank Puerto Rico, Inc.

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedMarch 5, 2024
DocketKLAN202301016
StatusPublished

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Bluebook
Rivera Sanfeliz, Randolfo v. Firstbank Puerto Rico, Inc., (prapp 2024).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL

APELACION acogido como RANDOLFO RIVERA CERTIORARI SANFELIZ procedente del Tribunal de Apelante Primera Instancia, Sala v. KLAN202301016 Superior de San Juan FIRSTBANK PUERTO RICO, INC. Apelada Civil Núm.: SJ2020CV02974

Sobre: Impugnación o Confirmación de Laudo Panel integrado por su presidente, el Juez Candelaria Rosa, la Jueza Álvarez Esnard, la Jueza Díaz Rivera y la Jueza Boria Vizcarrondo1.

Boria Vizcarrondo, Jueza Ponente.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 5 de marzo de 2024.

Comparece ante nos el señor Rodolfo Rivera Sanfeliz (señor

Rivera Sanfeliz) y nos solicita que revoquemos una Sentencia emitida

el 17 de junio de 2023 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala

Superior de San Juan (TPI).2 En virtud del aludido dictamen, el TPI

desestimó una Demanda sobre revocación de laudo parcial de

arbitraje, incoada por el señor Rivera Sanfeliz contra FirstBank

Puerto Rico (FirstBank).

Por los fundamentos que esbozamos a continuación,

denegamos la expedición del auto de certiorari.

1 Mediante la Orden Administrativa OATA-2023-212 de 6 de diciembre de 2023, se designó a la Hon. Lersy G. Boria Vizcarrondo como integrante de este Panel Especial en sustitución de la Hon. Maritere Brignoni Mártir. 2 Apéndice de Apelación, Anejo 42, págs. 0958-0971. Archivada y notificada en autos el 21 de junio de 2023. El 6 de julio de 2023, el señor Rivera Sanfeliz peticionó reconsideración, la cual el TPI declaró No Ha Lugar mediante una Resolución emitida el 11 de octubre de 2023 y notificada el 12 de octubre de 2023.

Número Identificador RES2024 ______________ KLAN202301016 Página 2 de 16

Veamos los antecedentes fácticos y procesales que

fundamentan nuestra determinación.

-I-

La controversia ante nos dimanó el 29 de mayo de 2020

cuando el señor Rivera Sanfeliz instó una Demanda de revocación

del laudo de arbitraje al amparo del Artículo 22 de la Ley de Arbitraje,

infra, en contra de FirstBank.3 Mediante esta, el señor Rivera

Sanfeliz arguyó que FirstBank lo despidió súbitamente de su puesto

como Vicepresidente Ejecutivo de la Banca Mayorista, sin justa

causa y en incumplimiento con los términos y las condiciones del

contrato de empleo por soslayar avisarle sobre la terminación del

empleo con noventa (90) días de anticipación. Además, adujo que

FirstBank eliminó únicamente su puesto y lo despidió sin

indemnizarlo, amparado en el Trouble Asset Relief Program (TARP),

un programa temporero del Departamento del Tesoro federal para

proveer ayuda financiera a ciertas instituciones bancarias. Ante

estos hechos y varios trámites procesales, alegó que presentó una

tercera demanda de arbitraje ante la American Arbitration

Association (AAA) por incumplimiento de su contrato de empleo y

despido injustificado. No obstante, precisó que un Panel de Árbitros

denegó el pago de su indemnización, sin adjudicar conforme al

derecho contractual puertorriqueño y sin detallar su razonamiento,

privándole de una adjudicación imparcial, en violación al debido

proceso de ley. Por ello, solicitó la revocación del laudo parcial de

arbitraje, notificado el 31 de enero de 2020, y que se le conceda su

indemnización.

Luego de varias incidencias procesales, el 9 de septiembre de

2020, FirstBank solicitó la desestimación de la Demanda al amparo

de la Regla 10.2 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, sin

3 Tomamos conocimiento judicial del expediente del caso SJ2020CV02974 en el Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), Entrada Núm. 1. KLAN202301016 Página 3 de 16

someterse a la jurisdicción del TPI.4 En esta, FirstBank alegó que el

señor Rivera Sanfeliz renunció a su puesto, dado que su patrono se

acogió a las siguientes leyes de estímulo económico: American

Reinvestment and Recovery Act (AARA), Emergency Economic

Stabilization Act (EESA) y TARP. Argumentó que, a tenor con los

aludidos estatutos federales, el señor Rivera Sanfeliz carecía de

derecho para exigir su reclamación dado que la terminación de la

relación laboral ocurrió durante el periodo de inversión de TARP. A

su vez, aseveró que al señor Rivera Sanfeliz se le requirió firmar un

Waiver Agreement, en el que relevó al Departamento del Tesoro

federal y a FirstBank de toda reclamación que pudiera tener como

resultado de su contrato de empleo. Por otro lado, FirstBank sostuvo

que el señor Rivera Sanfeliz estaba impedido de impugnar el laudo

arbitral, ya que la revisión judicial de un laudo sólo está disponible

cuando las partes convienen que la controversia se resuelva

conforme a derecho y ello no se dispuso en el contrato de empleo del

señor Rivera Sanfeliz, en el cual se estableció la siguiente cláusula

de arbitraje:

[…] 22. “Arbitration. Any controversy as to the interpretation of this contract must be submitted before three (3) arbitrators to be appointed by the American Arbitration Association (“AAA”). The rules and regulations of the AAA shall govern the procedures of said arbitration. The award of a majority of arbitrators shall be binding and final on the parties”. […]

FirstBank alegó que conforme con las determinaciones de

hechos estipuladas por ambas partes en el Joint Statement of

Uncontested Material Fact, la demanda no aduce hechos que

ameriten la concesión de un remedio a favor del señor Rivera

Sanfeliz. A su vez, FirstBank solicitó que el señor Rivera Sanfeliz le

4 Apéndice de Apelación, Anejo 31, págs. 0794-0822. KLAN202301016 Página 4 de 16

reembolsara los honorarios de abogados y el pago de gastos

incurridos en los procedimientos de arbitraje.

Por su parte, el 28 de septiembre de 2020, el señor Rivera

Sanfeliz presentó su oposición a la solicitud de desestimación de

FirstBank.5 El señor Rivera Sanfeliz señaló que en el contrato de

empleo, las partes acordaron que en los laudos arbitrales debía

gobernar las Reglas de la AAA. Expuso que las conclusiones de

derecho del laudo emitido por el Panel de Árbitros debían ser

revisables de novo dado que no se resolvieron conforme a derecho y

las controversias se dispusieron sumariamente. Por otro lado,

especificó que el TPI no debía otorgar deferencia a las

determinaciones de hechos del Panel de Árbitros, puesto que las

Reglas de la AAA establecen que:

The award shall be in writing and shall be signed by a majority of the arbitrators and shall provide the written reasons for the award unless the parties agree otherwise. It shall be executed in the manner required by law.

Además, el señor Rivera Sanfeliz discutió que nada en la

reglamentación federal sobre AARA, EESA y TARP enuncia que al

culminar la participación del Departamento del Tesoro federal sobre

los activos de FirstBank, no se podía indemnizar por concepto de

severance payment y por despido injustificado, cuando

expresamente estaba establecido en su contrato de empleo. Esto,

dado que en la enmienda al contrato de empleo se dispuso la

siguiente cláusula:

[…] the limitations imposed herein shall apply during the period that the Treasury holds the TARP investment in the Corporation pursuant to the provision of Section 101(a) of EESA; accordingly upon the repayment of the TARP Investment the provisions of the Employment Agreement shall revert to its original terms and conditions.

5 Íd., Anejo 38, págs. 0917-0930. KLAN202301016 Página 5 de 16

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