Rivera Sanfeliz, Randolfo v. Firstbank Puerto Rico, Inc.

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided March 5, 2024·No. KLAN202301016·Published

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL ESPECIAL

APELACION

acogido como

RANDOLFO RIVERA CERTIORARI SANFELIZ procedente del Tribunal de

Apelante Primera Instancia, Sala

v. KLAN202301016 Superior de San Juan

FIRSTBANK PUERTO RICO, INC. Apelada Civil Núm.:

SJ2020CV02974

Sobre:

Impugnación o

Confirmación de

Laudo

Panel integrado por su presidente, el Juez Candelaria Rosa, la Jueza Álvarez Esnard, la Jueza Díaz Rivera y la Jueza Boria Vizcarrondo1.

Boria Vizcarrondo, Jueza Ponente.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 5 de marzo de 2024.

Comparece ante nos el señor Rodolfo Rivera Sanfeliz (señor Rivera Sanfeliz) y nos solicita que revoquemos una Sentencia emitida el 17 de junio de 2023 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI).2 En virtud del aludido dictamen, el TPI desestimó una Demanda sobre revocación de laudo parcial de arbitraje, incoada por el señor Rivera Sanfeliz contra FirstBank Puerto Rico (FirstBank).

Por los fundamentos que esbozamos a continuación, denegamos la expedición del auto de certiorari.

1 Mediante la Orden Administrativa OATA-2023-212 de 6 de diciembre de 2023, se designó a la Hon. Lersy G. Boria Vizcarrondo como integrante de este Panel Especial en sustitución de la Hon. Maritere Brignoni Mártir. 2 Apéndice de Apelación, Anejo 42, págs. 0958-0971. Archivada y notificada en autos el 21 de junio de 2023. El 6 de julio de 2023, el señor Rivera Sanfeliz peticionó reconsideración, la cual el TPI declaró No Ha Lugar mediante una Resolución emitida el 11 de octubre de 2023 y notificada el 12 de octubre de 2023.

Número Identificador RES2024 ______________

Veamos los antecedentes fácticos y procesales que fundamentan nuestra determinación.

-I-

La controversia ante nos dimanó el 29 de mayo de 2020 cuando el señor Rivera Sanfeliz instó una Demanda de revocación del laudo de arbitraje al amparo del Artículo 22 de la Ley de Arbitraje, infra, en contra de FirstBank.3 Mediante esta, el señor Rivera Sanfeliz arguyó que FirstBank lo despidió súbitamente de su puesto como Vicepresidente Ejecutivo de la Banca Mayorista, sin justa causa y en incumplimiento con los términos y las condiciones del contrato de empleo por soslayar avisarle sobre la terminación del empleo con noventa (90) días de anticipación. Además, adujo que FirstBank eliminó únicamente su puesto y lo despidió sin indemnizarlo, amparado en el Trouble Asset Relief Program (TARP), un programa temporero del Departamento del Tesoro federal para proveer ayuda financiera a ciertas instituciones bancarias. Ante estos hechos y varios trámites procesales, alegó que presentó una tercera demanda de arbitraje ante la American Arbitration Association (AAA) por incumplimiento de su contrato de empleo y despido injustificado. No obstante, precisó que un Panel de Árbitros denegó el pago de su indemnización, sin adjudicar conforme al derecho contractual puertorriqueño y sin detallar su razonamiento, privándole de una adjudicación imparcial, en violación al debido proceso de ley. Por ello, solicitó la revocación del laudo parcial de arbitraje, notificado el 31 de enero de 2020, y que se le conceda su indemnización.

Luego de varias incidencias procesales, el 9 de septiembre de 2020, FirstBank solicitó la desestimación de la Demanda al amparo de la Regla 10.2 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, sin

3 Tomamos conocimiento judicial del expediente del caso SJ2020CV02974 en el Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), Entrada Núm. 1.

someterse a la jurisdicción del TPI.4 En esta, FirstBank alegó que el señor Rivera Sanfeliz renunció a su puesto, dado que su patrono se acogió a las siguientes leyes de estímulo económico: American Reinvestment and Recovery Act (AARA), Emergency Economic Stabilization Act (EESA) y TARP. Argumentó que, a tenor con los aludidos estatutos federales, el señor Rivera Sanfeliz carecía de derecho para exigir su reclamación dado que la terminación de la relación laboral ocurrió durante el periodo de inversión de TARP. A su vez, aseveró que al señor Rivera Sanfeliz se le requirió firmar un Waiver Agreement, en el que relevó al Departamento del Tesoro federal y a FirstBank de toda reclamación que pudiera tener como resultado de su contrato de empleo. Por otro lado, FirstBank sostuvo que el señor Rivera Sanfeliz estaba impedido de impugnar el laudo arbitral, ya que la revisión judicial de un laudo sólo está disponible cuando las partes convienen que la controversia se resuelva conforme a derecho y ello no se dispuso en el contrato de empleo del señor Rivera Sanfeliz, en el cual se estableció la siguiente cláusula de arbitraje:

[…]

22. “Arbitration. Any controversy as to the interpretation of this contract must be submitted before three (3) arbitrators to be appointed by the American Arbitration Association (“AAA”). The rules and regulations of the AAA shall govern the procedures of said arbitration. The award of a majority of arbitrators shall be binding and final on the parties”.

[…]

FirstBank alegó que conforme con las determinaciones de hechos estipuladas por ambas partes en el Joint Statement of Uncontested Material Fact, la demanda no aduce hechos que ameriten la concesión de un remedio a favor del señor Rivera Sanfeliz. A su vez, FirstBank solicitó que el señor Rivera Sanfeliz le

4 Apéndice de Apelación, Anejo 31, págs. 0794-0822.

reembolsara los honorarios de abogados y el pago de gastos incurridos en los procedimientos de arbitraje.

Por su parte, el 28 de septiembre de 2020, el señor Rivera Sanfeliz presentó su oposición a la solicitud de desestimación de FirstBank.5 El señor Rivera Sanfeliz señaló que en el contrato de empleo, las partes acordaron que en los laudos arbitrales debía gobernar las Reglas de la AAA. Expuso que las conclusiones de derecho del laudo emitido por el Panel de Árbitros debían ser revisables de novo dado que no se resolvieron conforme a derecho y las controversias se dispusieron sumariamente. Por otro lado, especificó que el TPI no debía otorgar deferencia a las determinaciones de hechos del Panel de Árbitros, puesto que las Reglas de la AAA establecen que:

The award shall be in writing and shall be signed by a majority of the arbitrators and shall provide the written reasons for the award unless the parties agree otherwise. It shall be executed in the manner required by law.

Además, el señor Rivera Sanfeliz discutió que nada en la reglamentación federal sobre AARA, EESA y TARP enuncia que al culminar la participación del Departamento del Tesoro federal sobre los activos de FirstBank, no se podía indemnizar por concepto de severance payment y por despido injustificado, cuando expresamente estaba establecido en su contrato de empleo. Esto, dado que en la enmienda al contrato de empleo se dispuso la siguiente cláusula:

[…] the limitations imposed herein shall apply during the period that the Treasury holds the TARP investment in the Corporation pursuant to the provision of Section 101(a) of EESA; accordingly upon the repayment of the TARP Investment the provisions of the Employment Agreement shall revert to its original terms and conditions.

5 Íd., Anejo 38, págs. 0917-0930.

Por entender que las restricciones del TARP tuvieron un efecto temporero, el señor Rivera Sanfeliz razonó que, desde el 10 de mayo de 2017, fecha en que finalizó el periodo de inversión de TARP, su contrato de empleo revirtió a sus términos y condiciones originales, haciendo efectivo su derecho a exigir la indemnización contractual convenida.

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Rivera Sanfeliz, Randolfo v. Firstbank Puerto Rico, Inc., (prapp 2024).

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