Ricoh Puerto Rico, Inc. v. Administracion De Servicios Generales

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedAugust 23, 2024
DocketKLRA202400433
StatusPublished

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Ricoh Puerto Rico, Inc. v. Administracion De Servicios Generales, (prapp 2024).

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL X

RICOH PUERTO Revisión de RICO, INC. Decisión Administrativa Recurrente procedente de la Administración de V. Servicios Generales

JUNTA REVISORA DE KLRA202400433 Caso Núm.: SUBASTAS DE LA RFP 24J-01599 ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS GENERALES, Sobre: JUNTA DE SUBASTAS Y Revisión Judicial LA ADMINISTRACIÓN DE de Adjudicación SERVICIOS GENERALES

Recurridos

Panel integrado por su presidenta; la Juez Lebrón Nieves, la Jueza Romero García y el Juez Rivera Torres

Lebrón Nieves, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de agosto de 2024.

El 7 de agosto de 2024, compareció ante este Tribunal de

Apelaciones, Ricoh Puerto Rico, Inc. (en adelante, Ricoh Puerto Rico

o parte recurrente), por medio de Solicitud de Revisión.1 Mediante

esta, nos solicita que revisemos la Resolución de Adjudicación

emitida y notificada por la Junta de Subastas de la Administración

de Servicios Generales (ASG) (en adelante, Junta de Subastas o

parte recurrida), el 17 de junio de 2024. En virtud de la aludida

Resolución, la Junta de Subastas le adjudicó la buena pro a Xerox

Corporation, Inc. (en adelante, Xerox).

Por los fundamentos que se exponen a continuación, se

desestima el recurso por falta de jurisdicción, por notificación

defectuosa.

1 Traído ante nuestra atención el 19 de agosto de 2024.

Número Identificador SEN2024 ________________ KLRA202400433 2

I

El 23 de agosto de 2024, la ASG emitió el Pliego de Solicitud

de Propuestas Selladas RFP 24J-01599 (en adelante, RFP 24J-

01599). El propósito de esta era “[e]stablecer contrato de selección

múltiple para la digitalización de indexación de documentos de los

expedientes de participantes y comerciantes de los programas que

maneja la Administración de Desarrollo Socioeconómico de la

Familia (ADSEF)”. De acuerdo al pliego, la fecha de la reunión pre-

propuesta sería el 1 de septiembre de 2023, a las 2:00 pm; la fecha

límite para presentar solicitud de aclaración (RFC) en o antes del

lunes, 4 de septiembre de 2023, a las 4:00 pm; la fecha límite para

la entrega de propuesta en o antes del viernes, 15 de septiembre de

2023, a las 9:00 am, y la fecha del acto de apertura el viernes, 15 de

septiembre de 2023, a las 9:30 am. El pliego contenía las

instrucciones, requisitos, términos y condiciones generales para

participar del proceso de licitación.

Respecto a los criterios de evaluación, estableció lo siguiente:

4.1 EVALUACIÓN

La Junta de Subastas, el Especialista en Compras y Subastas de la ASG o el Comité Evaluador de Subastas y Propuestas, según sea el caso, evaluarán las propuestas basadas en el cumplimiento con especificaciones, términos y condiciones, desempeño pasado, capacidad financiera, capacidad técnica, término de entrega, garantía, precio y lo que representa el mejor valor para el Gobierno de Puerto Rico.

En la primera fase se llevará a cabo una evaluación preliminar, en la cual se examinarán las propuestas para verificar que en las mismas cumplan con l[o]s términos y condiciones insubsanables o compulsorios establecidos en el pliego de este RFP. Si del resultado de la evaluación surge que el Proponente incumplió en uno o más de los criterios dispuesto[s] en el Anejo IV, su propuesta será rechazada de plano por la Junta, sin ulteriores procedimientos.

Las propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos en el Anejo IV continuarán en el proceso de evaluación.

En la segunda fase el Comité Evaluador de Subastas y Propuestas o el Especialista en compras, evaluarán KLRA202400433 3

mediante la otorgación de puntos el desempeño pasado, capacidad financiera, capacidad técnica, término de entrega, garantía y precio de la Propuesta del Proponente, y le someterán a la Junta de Subastas su recomendación debidamente fundamentada. Los puntos otorgados se basarán en el desempeño de los Proponentes en los criterios dispuestos a continuación, y servirán de guía a la Junta de Subastas al momento de evaluar. La Junta de Subastas aprobará, en coordinación con la Agencia Requirente o el Comité Evaluado, según sea el caso, la distribución de la puntuación para los distintos criterios, que se utilizará en la evaluación de las propuestas.

Puntuación Criterio Máxima Capacidad Técnica 45 Desempeño Pasado 25 Precio 20 Capacidad Financiera 10 TOTAL 100 Tabla 2 Desglose de la Evaluación

Recibid[a] en la Junta la correspondiente recomendación, esta procederá a realizar un análisis de las propuestas y las recomendaciones iniciales para determinar si las acoge o no.

En aquellos casos en los que ninguno de los Proponentes cumpla con alguno de los criterios establecidos en este pliego, la Junta de Subastas podrá eliminar la puntuación reservada para ese criterio para todos los proponentes y utilizar como puntuación base la suma de los restantes criterios. De ser este el caso, la Junta así lo expresar[á] y fundamentará su decisión en la Resolución donde se adjudique la “buena pro”.

La Junta rechazará cualquier propuesta cuando un proponente obtenga cero (0) puntos en cualquiera de los criterios de evaluación establecidos en esta Sección.

Las propuestas que, en la segunda fase, obtengan como resultado de la evaluación de la Junta de Subastas, al menos, la mitad de los puntos en la suma de todos los criterios, sin tomar en cuenta el criterio de precio, serán Proponentes Calificados para continuar en el proceso. Las propuestas que no obtengan en la segunda fase, como resultado en su evaluación la puntuación mínima aquí requerida, serán rechazadas.

Culminada esta segunda fase la Junta podrá determinar si a base de la existencia de una competencia completa y abierta, o a base de experiencia previa en torno al costo del producto o servicio, la adjudicación se puede realizar sin discusión adicional de las propuestas iniciales.

En caso de que la Junta de Subastas determine que se deben llevar a cabo discusiones o negociaciones de propuestas, deberá iniciar el proceso de BAFO, en cumplimiento con lo dispuesto en este pliego y en el KLRA202400433 4

Reglamento Núm. 9230. La Junta de Subastas deberá convocar para el BAFO aquellos proponentes que cumplan con las disposiciones establecidas en el pliego, otorgándoles un trato justo e igual en cuanto a la oportunidad de discutir y revisar las propuestas. Sin embargo, como la información que se trata en dichas reuniones podrá variar en relación a cada proponente, las revisiones o discusiones estarán basadas en hechos y circunstancias particulares de cada propuesta.

Recibidas las propuestas finales, se procederá con la evaluación final por parte del Comité Evaluador de Subastas y Propuestas o el Especialista en Compras, quienes remitirán a la Junta de Subastas su recomendación final. La Junta analizará ponderadamente las ofertas y las recomendaciones recibidas, para entonces determinar cuál o cuáles propuestas cumplen con todos los términos, condiciones, especificaciones, requisitos y disposiciones establecidos en este RFP, y cuál o cuáles representan el mejor valor para el Gobierno de Puerto Rico.

Así las cosas, el 21 de septiembre de 2023, Ricoh Puerto Rico

presentó la Propuesta para el RFP 24J-01599. Mientras que, el 22 de

septiembre de 2023, Xerox presentó Proposal for Digitalization and

Indexation of Documents for Puerto Rico Government.

El 17 de junio de 2024, la Junta de Subastas emitió la

Resolución de Adjudicación sobre el Aviso de Adjudicación de la

Solicitud de Propuestas Selladas Núm. 24J-01599. En la Resolución,

la Junta de Subastas expresó que, había recibido tres (3)

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