McLp Asset Company, Inc. v. Blanca María Hernández Calderón T/C/C Blanca M. Hernández Calderón T/C/C Blanca Hernández Calderón Y Otros

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided June 4, 2026·No. TA2026AP00449·Published

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL II

Apelación

MCLP ASSET COMPANY, INC. procedente del Tribunal de

Parte Apelada Primera Instancia, TA2026AP00449 Sala Superior de v. Toa Alta

BLANCA MARÍA HERNÁNDEZ Caso Núm. CALDERÓN t/c/c BLANCA M. TA2023CV01018 HERNÁNDEZ CALDERÓN t/c/c BLANCA HERNÁNDEZ Sobre: Ejecución CALDERÓN Y OTROS de Hipoteca (propiedad

Parte Apelante residencial)

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rodríguez Flores y la Jueza Díaz Rivera

Rodríguez Flores, Juez Ponente RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 4 de junio de 2026.

El 3 de mayo de 2026, Andrés, Wilfredo, Manuel y Juan Vicente, todos de apellidos Cotto Hernández, por sí y como miembros de la Sucesión de Blanca María Hernández Calderón t/c/c Blanca M. Hernández Calderón t/c/c Blanca Hernández Calderón (en adelante, los Cotto-Hernández) incoaron el presente recurso de certiorari1 y solicitan que revoquemos la Resolución Final emitida y notificada el 29 de abril de 2026, por el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala Superior de Toa Alta. Mediante el referido dictamen, el TPI declaró no ha lugar a la Moción [de] … Nulidad de Sentencia y Subasta por Falta de Notificación y Falta de Jurisdicción sobre la Persona por Emplazamiento Defectuoso, presentada por los Cotto-Hernández. Así, el TPI confirmó la sentencia en rebeldía dictada el 3 de febrero de 2025 a favor de MCLP Asset Company, Inc. (MCLP Asset), la validez de los

1 Aunque la parte peticionaria presentó correctamente un recurso de certiorari, la

Secretaría de este Tribunal lo identificó como una apelación. Por motivos de economía procesal, mantenemos inalterada la numeración alfanumérica asignada.

procedimientos de subasta, la adjudicación de la Finca 2663, Toa Alta, a favor de dicho acreedor hipotecario por la suma de $11,000.00, y ordenó al Alguacil a proceder con el diligenciamiento del mandamiento de lanzamiento, entregando la posesión material del inmueble a MCLP Asset.

Los Cotto-Hernández acompañaron su recurso con una Moción Urgente Sobre Auxilio de Jurisdicción y Solicitud de Paralización de los Efectos de la Sentencia y del Mandamiento de Lanzamiento, cuyo título explica por sí mismo su propósito.

El 4 de mayo de 2026, este Tribunal emitió una Resolución mediante la cual ordenamos la paralización inmediata de la ejecución del Mandamiento de Lanzamiento sobre la Finca 2663, Toa Alta. También concedimos término a MCLP Asset para presentar su oposición al recurso presentado. Dicha parte presentó su Alegato en Oposición a Petición de Certiorari el 22 de mayo de 2026.

Examinado el recurso y el escrito en oposición, y tras un estudio detenido del expediente de autos, denegamos la expedición del auto de certiorari. En su consecuencia, se deja sin efecto la paralización de los procedimientos que fue ordenada por este Tribunal mediante Resolución del 4 de mayo de 2026.

I.

El 5 de octubre de 2023, Legacy Mortgage Asset Trust 2019-

PR1 (Legacy Mortgage) demandó a la señora Blanca María Hernández Calderón t/c/c Blanca M. Hernández Calderón t/c/c Blanca Hernández Calderón; Andrés Cotto Hernández; Wilfredo Cotto Hernández; Manuel Cotto Hernández; Juan Vicente Cotto Hernández t/c/c Juan V. Cotto Hernández, su esposa Madeline Rolón Rodríguez y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta entre ambos, en una acción de ejecución de hipoteca in

rem.2 Según consta en la copia del pagaré hipotecario, la dirección de la propiedad objeto de la demanda es: “Barrio Contorno, Sector Cielito, SR 165, k.m. 10.6, Toa Alta, PR 00953”.3 El 9 de noviembre de 2023, Legacy Mortgage diligenció el emplazamiento mediante entrega personal al codemandado Juan Vicente Cotto Hernández t/c/c/ Juan V. Cotto Hernández, por sí y como representante y administrador de la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta con Madeline Rolón Rodríguez, en la siguiente dirección física: “Carr. 165, Esq. Ave. BLVD Levittown, Toa Baja, PR (estacionamiento de Burger King)”.4 El 13 de noviembre de 2023, el codemandado Wilfredo Cotto Hernández también fue emplazado mediante entrega personal en la siguiente dirección física: “Calle José Abad 1217, San Juan, PR (frente al Hogar Plenitud Dorada)”.5 Más adelante, y por motivo del fallecimiento de las codemandadas Blanca María Hernández Calderón y Madeline Rolón Rodríguez, el 13 de diciembre de 2023, el TPI notificó la orden que autorizó la sustitución de partes y la correspondiente demanda enmendada que incluyó como parte demandada a los miembros de las sucesiones de Blanca María Hernández Calderón y Madeline Rolón Rodríguez -quienes ya formaban parte del pleito- y al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM), como parte con interés en las sucesiones.6 El CRIM fue emplazado personalmente.

Posteriormente, según orden notificada el 10 de enero de 2024, el TPI autorizó el emplazamiento por edictos de Andrés Cotto Hernández y Manuel Cotto Hernández, por sí y como miembros de

2 Demanda, expediente electrónico del caso TA2023CV01018 en el Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC) del TPI, entrada 1. 3 Íd., entrada 1, anejo 1. 4 Moción Solicitando Sustitución de Parte y Otros Remedios, Íd., entrada 13, anejo

1. 5 Íd., entrada 13, anejo 2. 6 Orden de 8 de diciembre de 2023, y Orden de 11 de diciembre de 2023, ambas

notificadas el 13 de diciembre de 2023, Íd., entradas 16 y 17.

la sucesión de Blanca María Hernández Calderón, a los herederos desconocidos de dicha sucesión y a los herederos desconocidos de la sucesión de Madeline Rolón Rodríguez.7 El emplazamiento por edictos de los codemandado Andrés y Manuel Cotto Hernández, y los herederos desconocidos de las sucesiones Blanca María Hernández Calderón y Madeline Rolón Rodríguez se expidió el 10 de enero de 20248, y el edicto fue publicado el 16 de enero de 2026, en el periódico El Vocero de Puerto Rico9. Además, se envió copia del edicto, el emplazamiento y la demanda a todos los mencionados codemandados por edicto, por correo certificado con acuse de recibo, a las siguientes direcciones informadas por Legacy Mortgage: (1) Barrio Contorno, Sector Cielito, Buzón 5030, SR 165, k.m. 10.6, Toa Alta, PR 00953; (2) RR 02 Box 5030, Barrio Contorno, Toa Alta, PR 00953; (3) Villa Carolina 112-Calle 34, Carolina, PR 00985. El codemandado Andrés Cotto Hernández y los herederos desconocidos de las sucesiones de Blanca María Hernández Calderón y Madeline Rolón Rodríguez fueron notificados, además, en el 572 Travis Way, Harrisburg, PA 17110.10 Así las cosas, el 6 de febrero de 2024, notificada el 7 de febrero de 2024, el TPI emitió Orden de Referido al Centro de Mediación de Conflictos en Casos de Ejecución de Hipotecas, en cumplimiento con la Ley Núm. 184-2012. Conforme surge del Formulario Único de Notificación, esta orden se remitió a cada uno de los demandados, a la dirección que ubica en el RR 02 Box 5030 Barrio Contorno Toa Alta, PR 00953.11 De igual forma, la citación a mediación original y su recalendarización fueron notificadas a cada codemandado a la

7 Orden emitida el 9 de enero de 2024, y notificada al día siguiente. Íd., entrada

21. 8 Emplazamiento por Edicto e Interpelación, Íd., entrada 23. 9 Moción Sometiendo Evidencia de Emplazamiento por Edicto y en Solicitud de

Referido a Mediación Compulsoria, Íd., entrada 24, anejo 2. 10 Íd., entrada 24, anejo 1. 11 Orden de Referido al Centro de Mediación de Conflictos en Casos de Ejecución de

Hipotecas de 6 de febrero de 2024, notificada al día siguiente, Íd., entrada 25.

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

McLp Asset Company, Inc. v. Blanca María Hernández Calderón T/C/C Blanca M. Hernández Calderón T/C/C Blanca Hernández Calderón Y Otros, (prapp 2026).

McLp Asset Company, Inc. v. Blanca María Hernández Calderón T/C/C Blanca M. Hernández Calderón T/C/C Blanca Hernández Calderón Y Otros (McLp Asset Company, Inc. v. Blanca María Hernández Calderón T/C/C Blanca M. Hernández Calderón T/C/C Blanca Hernández Calderón Y Otros) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.

Related

Ortiz Serrano v. Ortiz Díaz
106 P.R. Dec. 445 (Supreme Court of Puerto Rico, 1977)
Rodríguez v. Nasrallah
118 P.R. Dec. 93 (Supreme Court of Puerto Rico, 1986)
Olmeda Nazario v. Sueiro Jiménez
123 P.R. Dec. 294 (Supreme Court of Puerto Rico, 1989)
Ortiz Quiñones v. Administración de Reglamentos y Permisos
146 P.R. Dec. 720 (Supreme Court of Puerto Rico, 1998)
Rivera Báez v. Jaume Andújar
157 P.R. Dec. 562 (Supreme Court of Puerto Rico, 2002)
Caro Ortiz v. Cardona Rivera
158 P.R. Dec. 592 (Supreme Court of Puerto Rico, 2003)
Náter Cardona v. Ramos Muñiz
162 P.R. Dec. 616 (Supreme Court of Puerto Rico, 2004)
R & G Mortgage Corp. v. Sustache Rivera
163 P.R. Dec. 491 (Supreme Court of Puerto Rico, 2004)
Vélez Seguinot v. Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico
164 P.R. Dec. 772 (Supreme Court of Puerto Rico, 2005)
Dávila Pollock v. R.F. Mortgage & Investment Corp.
182 P.R. Dec. 86 (Supreme Court of Puerto Rico, 2011)
Yumac Home Furniture, Inc. v. Caguas Lumber Yard, Inc.
194 P.R. Dec. 96 (Supreme Court of Puerto Rico, 2015)
Kucher v. Fischer
167 F.R.D. 397 (E.D. Pennsylvania, 1996)
In re: Aprobación de enmiendas al Reglamento del Tribunal de Apelaciones
2025 TSPR 42 (Supreme Court of Puerto Rico, 2025)