Lloréns Becerra v. Mora Monteserín

2010 TSPR 72
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedMay 12, 2010
DocketCC-2007-872
StatusPublished

This text of 2010 TSPR 72 (Lloréns Becerra v. Mora Monteserín) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Lloréns Becerra v. Mora Monteserín, 2010 TSPR 72 (prsupreme 2010).

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Eileen Llorens Becerra

Peticionario Certiorari

v. 2010 TSPR 72

Ildefonso Mora Monteserín 178 DPR ____

Recurrido

Número del Caso: CC-2007-872

Fecha: 12 de mayo de 2010

Tribunal de Apelaciones:

Región Judicial de San Juan

Jueza Ponente: Hon. Emmalind García García

Abogada de la Parte Peticionaria:

Lcda. Beatríz Vázquez Acarón

Abogado de la Parte Recurrida:

Lcdo. Fidel Vélez Arcelay

Materia: Alimentos

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correccione s del proceso de compilación y publicación oficial de las decisio nes del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Peticionaria

v. CC-2007-872

Ildefonso Mora Monteserín

Opinión del Tribunal emitida por la Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez

San Juan, Puerto Rico, a 12 de mayo 2010

El caso ante nuestra consideración presenta

varias controversias relacionadas con el concepto de

ingreso bruto aplicable en el contexto de la

fijación de una pensión alimentaria para beneficio

de un menor alimentista. De una parte, tenemos la

oportunidad de resolver si, en dicho contexto,

constituye parte del ingreso bruto de la madre

custodio: el dinero que ésta obtuvo por un préstamo

hipotecario o el aumento en el valor del inmueble

con el que se garantizó dicha obligación

prestataria. Además, debemos resolver si –por

disposición de las Guías para Determinar y Modificar CC-2007-872 2

Pensiones Alimentarias en Puerto Rico de 1989- para

establecer el ingreso bruto de un alimentante que trabaja

“por cuenta propia”, deben restarse como gastos ordinarios

y necesarios aquellos deducibles para fines contributivos.

En tercer lugar, debemos evaluar si procede intervenir con

la partida de honorarios de abogado que el foro primario

concedió en favor de las menores alimentistas.

Veamos los hechos que originan las controversias que

están ante la consideración de este Tribunal.

I.

El 4 de marzo de 1996, la señora Eileen Llorens

Becerra (en adelante la señora Llorens) presentó una

demanda sobre reclamación de alimentos en representación de

sus dos hijas menores, las cuales procreó con el demandado,

el señor Ildefonso Mora Monteserín (en adelante señor

Mora). El 12 de diciembre de ese mismo año, el Tribunal de

Primera Instancia fijó una pensión provisional de $800

mensuales, la cual sería efectiva desde el 1 de diciembre

de 1996. Posteriormente, el tribunal modificó la pensión

alimentaria provisional para aumentarla a $1,357.27. Dicha

modificación sería efectiva desde el 1 de diciembre de

1998.

Transcurridos casi diez (10) años desde que se

presentó la demanda, el 3 de noviembre de 2005, el Tribunal

de Primera Instancia dictó una sentencia parcial por

estipulación de las partes. Mediante dicha sentencia

dispuso que, conforme a lo estipulado, quedaría satisfecha CC-2007-872 3

la obligación alimentaria del señor Mora para el periodo

comprendido desde el 1 de enero de 2000. Tras emitirse la

sentencia por estipulación, la controversia en el pleito

quedó limitada a establecer la obligación alimentaria del

señor Mora para el periodo comprendido desde el 4 de marzo

de 1996, hasta el 31 de diciembre de 1999.

El foro primario celebró una vista evidenciaria, la

cual se extendió por varios días, para recibir prueba

referente a la controversia que quedó pendiente de

adjudicar. En la vista sólo se presentó como testigo a la

señora Llorens quien testificó, entre otros aspectos, sobre

sus ingresos y los gastos personales de ella y sus hijas,

según surgían de sus planillas de información personal y

económica, y de las planillas de contribución sobre

ingresos que presentó desde el 1996 hasta el 1999.

Particularmente, las planillas de contribución sobre

ingresos fueron ofrecidas en evidencia, y admitidas por

estipulación de las partes, a los efectos de que incluían

los ingresos y gastos informados por la señora Llorens.

Surge de las planillas de contribución sobre ingresos

admitidas en evidencia que para 1996 la señora Llorens

informó que obtuvo un ingreso anual de $9,766 como empleada

de American Airlines. Además, en el anejo correspondiente

a los ingresos de industria o negocio, informó que obtuvo

un ingreso anual de $2,836 producto de venta de ropa. En

segundo lugar, para el 1997 la señora Llorens informó los

siguientes ingresos: $11,412 obtenido como empleada de CC-2007-872 4

American Airlines; $1,502 producto de la venta de ropa; y

$11,180 de ganancia de capital por la venta de un inmueble.

Para el 1998, la señora Llorens informó el ingreso de

$14,518 generado como empleada de American Airlines y el

ingreso de $1,775 correspondiente al negocio de venta de

ropa. Por último, para el año 1999, informó el ingreso de

$15,260 obtenido como empleada de American Airlines y otro

ingreso de $4,414 por ganancia de capital. Para este

último año informó pérdidas de $1,132, en el negocio de

venta de ropa.

Cabe mencionar que de los ingresos antes indicados,

los informados en relación con el negocio de venta de ropa,

constituyen las ganancias calculadas por la señora Llorens

luego de que ésta dedujera ciertos gastos en los que alega

incurrió para el manejo del referido negocio. Entre las

deducciones informadas por la señora Llorens se encuentran

partidas de gastos sobre: vehículo de motor, reparaciones,

comida y entretenimiento, anuncios, depreciación, servicios

públicos como agua, luz y teléfono, materiales, y otros

gastos.

La representación legal del señor Mora inquirió,

durante el contrainterrogatorio, sobre lo informado por la

señora Llorens en sus planillas de contribución sobre

ingresos. Particularmente, cuestionó el que la señora

Llorens no reportara ingresos producto del arrendamiento de

varios inmuebles de su propiedad. Por el contario, en las

planillas de contribución sobre ingresos del 1996 al 1999 CC-2007-872 5

la señora Llorens reportó pérdidas en el anejo

correspondiente a los ingresos por renta o alquiler.

En respuesta a las preguntas de la representación

legal del señor Mora, la señora Llorens expuso que ello se

debió a que los pagos de las contribuciones sobre la

propiedad y de los préstamos hipotecarios, sumados a los

gastos de operación informados en las planillas de

contribución sobre ingresos, excedían la renta que recibía

por el arrendamiento de sus propiedades. Afirmó que aunque

arrendó varias propiedades durante el periodo en cuestión,

dicho arrendamiento le generaba pérdidas.

Entre los gastos de operación informados por la señora

Llorens, en los anejos de las planillas de contribución

sobre ingreso correspondientes a ingreso por renta, se

encuentran partidas de gastos por: vehículos de motor,

servicios públicos como agua, luz y teléfono, tapicería,

jardinería, depreciación y amortización, contribuciones

sobre la propiedad, mantenimiento, materiales, anuncios,

seguros y otros gastos.

Luego de celebrar la referida vista, el 31 de mayo de

2006, el Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia.

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Related

James v. United States
366 U.S. 213 (Supreme Court, 1961)
Commissioner v. Tufts
461 U.S. 300 (Supreme Court, 1983)
Commissioner v. Indianapolis Power & Light Co.
493 U.S. 203 (Supreme Court, 1990)
Gilbertson v. Graff
477 N.W.2d 771 (Court of Appeals of Minnesota, 1991)
Shearn v. Shearn
717 A.2d 793 (Connecticut Appellate Court, 1998)
Vega v. Vega Oliver
85 P.R. Dec. 675 (Supreme Court of Puerto Rico, 1962)
Fernández v. Secretario de Hacienda
95 P.R. Dec. 429 (Supreme Court of Puerto Rico, 1967)
Viñas Sorbá v. Secretario de Hacienda
97 P.R. Dec. 282 (Supreme Court of Puerto Rico, 1969)
Guadalupe Viera v. Morell
115 P.R. Dec. 4 (Supreme Court of Puerto Rico, 1983)
López v. Rodríguez
121 P.R. Dec. 23 (Supreme Court of Puerto Rico, 1988)
Chévere v. Levis Goldstein
150 P.R. Dec. 525 (Supreme Court of Puerto Rico, 2000)
Argüello López v. Argüello García
155 P.R. Dec. 62 (Supreme Court of Puerto Rico, 2001)
Martínez Vázquez v. Rodríguez Laureano
160 P.R. Dec. 145 (Supreme Court of Puerto Rico, 2003)

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
2010 TSPR 72, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/llorens-becerra-v-mora-monteserin-prsupreme-2010.