Las Finqueras, Corp. v. Global Treding, Inc. H/N/C Generators, & More

Tribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico·Decided March 26, 2026·No. TA2026AP00137·Published

Opinion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VIII

LAS FINQUERAS, CORP. Apelación procedente del

Apelada Tribunal de Primera Instancia, Sala

V. Superior de Fajardo

GLOBAL TREDING, INC. Caso Núm.: H/N/C GENERATORS, TA2026AP00127 RG2025CV00111 & MORE Sobre:

Apelante Resolución de Consolidado con Contrato;

Saneamiento por

LAS FINQUERAS, CORP. Defectos

Apelante TA2026AP00137 V.

GLOBAL TRENDING, INC. H/N/C GENERATORS, & MORE

Apelada

Panel integrado por su presidenta; la Juez Lebrón Nieves, el Juez Pagán Ocasio y la Jueza Álvarez Esnard

Lebrón Nieves, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de marzo de 2026.

El 8 de febrero de 2026, compareció ante este Tribunal de Apelaciones, Global Trending Inc. H/N/C Generators & More (en adelante, Global Trending), mediante un recurso de Apelación Civil.1 Por medio de este, nos solicita la revisión de la Sentencia emitida el 9 de diciembre de 2025, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo. En virtud del aludido dictamen, el foro a quo declaró Ha Lugar la Demanda presentada por Las Finqueras, Corp. (en adelante, Las Finqueras) el 6 de marzo de 2025. En

1 Este recurso está identificado con el alfanumérico TA2026AP00127.

consecuencia, ordenó a Global Trending a pagarle una suma ascendente a $34,495.00; $19,495.00 en virtud de un incumplimiento contractual, $10,000 en concepto de honorarios y $5,000 por concepto de gastos y costas.

Por su parte, el 9 de febrero de 2026, compareció Las Finqueras mediante un Recurso de Apelación.2 De igual forma, solicitan que revisemos la Sentencia del 9 de diciembre de 2025. También solicitan la revisión de la Orden emitida el 9 de enero de 2026, la cual declaró No Ha Lugar una Moción Solicitando Intereses Presentencia y Otra de Reconsideración. A través del escrito antes mencionado, Las Finqueras solicitó al foro primario que le concedieran una partida por intereses presentencia y una indemnización en concepto de daños y perjuicios sufridos como consecuencia del incumplimiento contractual.

Por los fundamentos que adelante se exponen, se modifica la Sentencia a los fines de eliminar la partida de cinco mil dólares ($5,000) en concepto de costas y diez mil dólares ($10,000) en concepto de honorarios de abogados. Además, se le concede a Las Finqueras diez (10) días contados a partir de la notificación de esta sentencia, para presentar ante el Tribunal de Primera Instancia un memorándum de costas, de modo que pueda cumplirse con lo establecido en la Regla 44.1 de las Reglas de Procedimiento Civil. Así modificada, se confirma la Sentencia.

I

Los hechos que suscitaron la controversia de epígrafe tienen su lugar en una Demanda sobre resolución de contrato y saneamiento por defectos, instada por Las Finqueras en contra de Global Trending. A través de dicha demanda, Las Finqueras alegó haber adquirido de Global Trending un vehículo para usarlo en su

2 Este recurso está identificado con el alfanumérico TA2026AP00137.

finca agrícola. Específicamente, se aduce en la Demanda que, el día en que el vehículo fue entregado, el mismo dejó de prender y que posteriormente, no pudo ser reparado, pese a los esfuerzos de diversos mecánicos.

Como parte de sus intentos de reparar el auto, se alega en la demanda que, el 20 de septiembre de 2024, Global Trending se lo llevó y permaneció en posesión del mismo. Luego, presuntamente, el 21 de octubre de 2024, Global Trending le comunicó a Las Finqueras que, entre otros asuntos, el vehículo no era uno diseñado para el uso que las Finqueras le habían dado y que los daños que este sufrió no estarían cubiertos por la garantía, ya que el auto se había excedido del millaje de la póliza. Posterior a esto, Las Finqueras exigió la devolución del dinero que pagaron, a lo cual Global Trending se negó. En virtud de la incapacidad de Global Trending de reparar el vehículo, su alegación de que el mismo no estaba cubierto por la garantía y su negativa de devolverle el dinero a Las Finqueras, se presentó la Demanda señalada.

Superado varios trámites procesales, innecesarios de pormenorizar, Global Trending presentó su Contestación a Demanda el 6 de junio de 2025. Subsiguientemente, Las Finqueras presentó una Moción de Sentencia Sumaria Parcial el 26 de noviembre de 2025, en la cual solicitó que se suspendiera el juicio en su fondo, por entender que no habían hechos materiales en controversia. Ese mismo día, radicó una Moción de Suspensión de Vista en su fondo. El 29 de noviembre de 2025, el foro a quo declaró ambas mociones No Ha Lugar.

Luego de culminado el descubrimiento de prueba, el foro primario celebró un Juicio Plenario el 3 de diciembre de 2025. El 9 de diciembre de 2025, el Tribunal de Primera Instancia emitió su Sentencia, objeto de los recursos ante nuestra consideración, en la que realizó treinta y siete (37) determinaciones de hechos y declaró

Con Lugar la Demanda. Citamos aquí aquellas determinaciones de hecho:

1. La Demandante Las Finqueras, Corp., es una corporación dedicada a la crianza y engorde de ganado bovino para la venta de carne con finca ubicada en Río Grande, Puerto Rico.

2. La parte demandante Las Finqueras, Corp está representada por su presidenta Brenda Ayala Sullivan y su vicepresidenta Rosely Hernández Hernández.

3. El Demandado Global Trending, Inc., haciendo negocios como Generators & More es una corporación dedicada al negocio de generadores eléctricos, sistemas solares, vehículos de motor, entre otros.

4. Durante el juicio en su fondo, la parte Demandada Globan [sic] Trending estuvo representada por su Gerente de Operaciones Felix G. Guardiola Rodríguez.

5. En o alrededor del 21 de noviembre de 2023, Rosely Hernández se comunicó con tienda de Generators & more en Plaza Carolina con el propósito de comparar un vehículo utilitario terrestre “UTV”, por sus siglas en ingles. [Exhibit 6 Parte Demandante].

6. Ese día fue atendida por la vendedora Tays Borges Collazo.

7. Rosely Hernández se identificó como agricultora Bonafine e indicó que estaba buscando un terreno con ciertas especificaciones para el trabajo de la agricultura.

8. Indicó específicamente que necesitaba un vehículo para trabajar en una finca agrícola con motor fuerte para transportar equipo pesado, que incluía entre otras cosas, los novillos que nacían, dado que estos pesaban sobre 70 libras. De igual forma necesitaban un vehículo con winche o cable de remolque, dado que el terreno era húmedo y necesitaban el cable para desatorar el vehículo en caso de que se estancara.

9. El viernes 24 de noviembre de 2023 se completó la compraventa. Ese día el viernes negro o conocido comercialmente como “Black Friday”. (Énfasis en original).

10. Como parte del proceso de compraventa, Rosely Hernández mostró su certificado de Agricultor Bonafinde. [Exhibit 1 Parte Demandante].

11. El vehículo vendido a la parte demandante era marca Massimo, modelo Warrior 1000 MXD.

[Exhibit 3 Parte Demandada].

12. El precio de venta fue $19,495. [Exhibit 2 Parte Demandada].

13. La venta se llevó a cabo en la tienda del Demandado en Plaza Carolina, del Municipio de Carolina.

14. El referido vehículo fue comprado a nombre de la corporación Las Finqueras, Corp., con fondos federales conocidos como “Regrow” que fueron otorgados a la parte demandante por el Departamento de la Vivienda específicamente para la compra de un vehículo a ser utilizado en la industria agrícola.

15. El vehículo le fue entregado a la demandante el domingo 26 de noviembre de 2023 ya que se requería un permiso especial del centro comercial Plaza Carolina para sacar el vehículo por unas puertas especiales y estaban en la espera del marbete. (Énfasis en original).

16. El vehículo fue llevado directamente a la finca y fue utilizado por primera vez en la finca el mismo día que le fue entregado 26 de noviembre de 2023.

(Énfasis en original).

17. Ese mismo día se utilizó el vehículo por unas horas y éste se apagó y no volvió a prender.

18. Rosely Hernández llamó a la vendedora Tays Borges Collazo para explicarle la situación.

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Las Finqueras, Corp. v. Global Treding, Inc. H/N/C Generators, & More, (prapp 2026).

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