In re Torres Viera
Opinion
El Ledo. Roberto Torres Viera fue admitido al ejercicio de la abogacía en 1989. El 9 de septiembre de 2003, el Contralor de Puerto Rico presentó una queja ante este Tribunal alegando que el licenciado Torres Viera había incurrido en una conducta violatoria de los Cánones 21 y 38 del Código de Ética Profesional, 4 L.P.R.A. Ap. IX.
La alegada conducta violatoria de dichos cánones consiste en que durante el tiempo que el licenciado Torres Viera ejerció como asesor legal del Municipio de Juncos, éste presentó una demanda contra terceros en representación de la parte demandada en un pleito civil, para traer como tercero demandado al municipio. En ese pleito la parte demandante alegó que la parte demandada le había privado ilegalmente del uso y el disfrute de determinada franja de terreno colindante a su propiedad. Alegadamente el municipio de Juncos era el dueño de los terrenos en controversia y, por esto, el licenciado Torres Viera presentó la demanda contra terceros para exigirle al municipio que pusiera en vigor una ordenanza municipal que requería la separación de colindancias entre los terrenos.
El 23 de febrero de 2004 el licenciado Torres Viera contestó la queja alegando que sólo había incurrido en conducta violatoria del Canon 38, supra, ya que la demanda presentada contra el municipio no constituyó la divulgación de secretos y confidencias de su cliente, no reclamaba compensación económica y únicamente exigía lo establecido en una ordenanza municipal. La queja fue referida al Procurador General, quien posteriormente fue autorizado a presentar una querella contra el licenciado Torres Viera por conducta violatoria de los Cánones 21 y 38 del Código de Ética Profesional, supra.
[309] En su contestación a la querella, el licenciado Torres Viera alegó lo mismo que en su primera comparecencia en contestación a la queja, por lo que procedimos a nombrar un Comisionado Especial para que rindiera un informe con las determinaciones de hechos y recomendaciones que estimara pertinentes. El Comisionado rindió su informe y como parte de sus determinaciones de hechos informó que desde el 15 de abril de 1997 hasta el 22 de mayo de 2000, el licenciado Torres Viera mantuvo contratos de servicios profesionales con el Municipio de Juncos.
Footnotes
170 P.R. 306 (In re Torres Viera) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.